JAIME RUBEN DIAZ PEZO C/ ISMAEL WILLY MAMANI SÁNCHEZ
Rol
O-58-2020
Fecha
28 de abril de 2021
Materia
OTROS DELITOS CONTRA LA LEY DEL TRANSITO.
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS “El día 17 de noviembre del año 2018, siendo aproximadamente las 09:30 horas, en circunstancias de que personal de Carabineros de Chile realizaba labores de fiscalización en la intercepción de calle Isluga con avenida Comercio de la comuna de Pozo Almonte fiscalizó al imputado ISMAEL WILLY MAMANI SÁNCHEZ, quien conducía el vehículo placa patente única GJTD-78, pudiendo verificar el personal policial que se encontraba en manifiesto estado de ebriedad, lo que les consto por su fuerte hálito alcohólico, rostro congestionado e incoherencia al hablar, motivo por el cual procedieron a su detención y traslado hasta el Servicio de Atención de Urgencia donde se le practicó la alcoholemia de rigor la que en definitiva arrojo 1,75 gramos de alcohol por mil en la sangre del imputado, quien, además, al tiempo de los hechos no mantenía licencia de conducir alguna que lo habilitara en la conducción del vehículo”. Pozo Almonte, veintiocho de abril del año dos mil veintiuno. Visto y
Fundamentos
considerando
Fallo
Se declara: Que se condena a don ISMAEL WILLY MAMANI SÁNCHEZ, cédula de identidad N° 16.199.596-7, domiciliado en calle Río Lluta Nº 4421, comuna de Alto Hospicio, como autor del delito consumado de CONDUCCION DE VEHÍCULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD SIN HABER OBTENIDO LICENCIA DE CONDUCIR, previsto y sancionado en los artículos 110, 196 y 209 de la ley 18.290, ocurrido en territorio jurisdiccional de este tribunal, el día 17 noviembre del año 2018, a sufrir la pena de: PENA CORPORAL Extensión Pena Abonos 541 días Presidio menor en su grado medio ----------- Pena Sustitutiva Extensión Lugar de cumplimiento Reclusión parcial nocturna 541días CRS Alto Hospicio Observación: Que reuniéndose en la especie los requisitos del artículo 7 y 8 de la Ley 18.216, se sustituye al sentenciado el cumplimiento la pena privativa de libertad impuesta, por la de RECLUSIÓN PARCIAL NOCTURNA DOMICILIARIA, en un centro de Gendarmería de NPCXXXXERN Horacio Manuel Andrade Aguilante Juez de garantía Fecha: 29/04/2021 13:07:46 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .ho
Texto Completo (Preview)
. SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO “Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal. La Presente acta solo constituye un registro administrativo que contiene una relación resumida de lo obrado
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