MINISTERIO PÚBLICO C/ ÁLVARO RODRIGO JIMÉNEZ MORALES
Rol
O-2286-2020
Fecha
20 de abril de 2021
Materia
INFRINGIR NORMAS HIGIÉNICAS Y DE SALUBRIDAD
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: “El día 16 de diciembre del año 2020 a las 17:20 horas aprox. mientras personal de carabineros se encontraba efectuando labores de fiscalización en la vía pública sorprendieron al imputado que se desplazaba por calle Lautaro frente al número 566 de la comuna de Lautaro y al solicitarle el permiso o salvo conducto manifestó no poseerlo por lo que procedieron a su detención ya que se encontraba infringiendo flagrantemente la resolución exenta N° 946 del Ministerio de Salud de fecha 07 de Noviembre del año 2020 que dispuso que los habitantes de la comuna de Lautaro deberán permanecer en cuarentena o aislamiento en sus domicilios infringiendo además la resolución exenta N° 202 del Ministerio de Salud, el requerido con su accionar puso en peligro la salud pública al aumentar con su desplazamiento en la vía pública el riego de propagación del virus Covid 19. Estas resoluciones han sido publicadas en el diario oficial y además se fundan en el decreto N°4 del Ministerio de Salud que con fecha 05 de febrero del año 2020 decretó alerta sanitaria por emergencia de salud pública de importancia internacional por brote del nuevo coronavirus, a su vez el Ministerio del Interior por decreto 104 declaró estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública en el territorio de chile, resolución renovada de conformidad a los dispuesto en el decreto supremo N° 400 publicada en el diario oficial el día 12 de septiembre del año 2020.” Los hechos precedentemente descritos, en concepto del Ministerio Público, y previa recalificación jurídica, constituyen delito CONTRA SALUD PUBLICA, prescrito y sancionado en el artículo 318 del Código Penal, que sanciona al que pusiere en peligro la salud pública por infracción de las reglas higiénicas o de salubridad, debidamente publicadas por la autoridad, en tiempo de catástrofe, epidemia o contagio, en grado de CONSUMADO, atribuyendo al imputado participación de AUTOR en los mismos. TERCERO: Que, habiendo sido consultado el i
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, se presentó requerimiento en procedimiento simplificado en esta causa en contra de don ÁLVARO RODRIGO JIMÉNEZ MORALES, cédula de identidad N° 19764046-4, con domicilio en Pasaje Millafil Nº 554, Villa Araucanía, Lautaro, Fono 946191609.. SEGUNDO: Que, el fiscal fundó el requerimiento en los siguientes hechos: “El día 16 de diciembre del año 2020 a las 17:20 horas aprox. mientras personal de carabineros se encontraba efectuando labores de fiscalización en la vía pública sorprendieron al imputado que se desplazaba por calle Lautaro frente al número 566 de la comuna de Lautaro y al solicitarle el permiso o salvo conducto manifestó no poseerlo por lo que procedieron a su detención ya que se encontraba infringiendo flagrantemente la resolución exenta N° 946 del Ministerio de Salud de fecha 07 de Noviembre del año 2020 que dispuso que los habitantes de la comuna de Lautaro deberán permanecer en cuarentena o aislamiento en sus domicilios infringiendo además la resolución exenta N° 202 del Ministerio de Salud, el requerido con su accionar puso en peligro la salud pública al aumentar con su desplazamiento en la vía pública el riego de propagación del virus Covid 19. Estas resoluciones han sido publicadas en el diario oficial y además se fundan en el decreto N°4 del Ministerio de Salud que con fecha 05 de febrero del año 2020 decretó alerta sanitaria por emergencia de salud pública de importancia internacional por brote del nuevo coronavirus, a su vez el Ministerio del Interior por decreto 104 declaró estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública en el territorio de chile, resolución renovada de conformidad a los dispuesto en el decreto supremo N° 400 publicada en el diario oficial el día 12 de septiembre del año 2020.” Los hechos precedentemente descritos, en concepto del Ministerio Público, y previa recalificación jurídica, constituyen delito CONTRA SALUD PUBLICA, prescrito y sancionado en el artículo 318 del Código Penal, que sanciona al que pusiere en peligro la salud pública por infracción de las reglas higiénicas o de salubridad, debidamente publicadas por la autoridad, en tiempo de catástrofe, epidemia o contagio, en grado de CONSUMADO, atribuyendo al imputado participación de AUTOR en los mismos. TERCERO: Que, habiendo sido consultado el imputado respecto de estos hechos y habiendo sido advertido previamente, admitió libre y espontáneamente su responsabilidad en ellos, por lo que el tribunal tiene como hecho de la causa a considerar lo señalado en el requerimiento, dado que con dicha aceptación se ha liberado al Ministerio Público de desvirtuar la presunción de inocencia y al Tribunal de ponderar antecedentes o una prueba que no se rinda en esta audiencia. CUARTO: Que, se coincide con el grado de desarrollo y de participación atribuidos al requerido, y con la calificación jurídica de los hechos, respecto de los cuales no ha habido controversia. QUINTO: Que el Ministerio Público ha solicitado
Fallo
se declara: I.- Que, se condena a ÁLVARO RODRIGO JIMÉNEZ MORALES, ya individualizado, en su calidad de AUTOR del delito de PONER EN PELIGRO SALUD PUBLICA (ART 318 CP), en grado de CONSUMADO, perpetrado el día 16 de diciembre del año 2020, en la comuna de Lautaro, a la pena de multa de un TERCIO (1/3) de unidad tributaria mensual; y se le exime del pago de las costas de la causa. II.- Que, la pena de multa se tendrá por cumplida por su conversión en un día de reclusión y el abono de 1 día por el lapso de detención sufrido en la presente causa entre el día 16 y 17 de diciembre del año 2020. III.- Que el condenado no tiene otros abonos que considerar a su favor en razón de la presente causa. Quedan en este acto notificados los intervinientes presentes en la audiencia Regístrese y archívese en su oportunidad. RUC: 2001262803-0 RIT : 2286 – 2020 Sentencia pronunciada por don EDUARDO ANTONIO PEREZ YAÑEZ, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Lautaro. QJXYXXYNXE Eduardo Antonio Perez Yanez Juez de garantía Fecha: 29/04/2021 02:35:54 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform
Texto Completo (Preview)
RUC : 2001262803-0 RIT : 2286 – 2020 MATERIA : PONER EN PELIGRO SALUD PUBLICA ART 318 CP IMPUTADO : ÁLVARO RODRIGO JIMÉNEZ MORALES RESOLUCIÓN : SENTENCIA DEFINITIVA PROCEDIMIENTO : SIMPLIFICADO Lautaro., veinte de abril de dos mil veintiuno OÍDOS LOS INTERVINIENTES Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, se presentó requerimiento en procedimiento simplificado en esta causa en contra de don ÁLVARO RODRIGO JI
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