ARAYA/PASTELERIA JUAN BARRAZA MARTINES EIRL
Rol
O-749-2020
Fecha
20 de enero de 2021
Materia
Asignación de colación, Asignación de locomoción, Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Recargos
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos Tribunal Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Fecha 20 DE ENERO DE 2021 RIT O-749-2020 Caratulado ARAYA / PASTELERÍA JUAN BARRAZA MARTÍNEZ Tipo de procedimiento Ordinario Parte demandante y domicilio ANDRÉS CEFERINO ARAYA CORTÉS Abogado demandante TAMARA ANTONIETA YAÑEZ GUZMAN Parte demandada y domicilio PASTELERIA JUAN BARRAZA MARTINES EIRL Representante legal ---------------------------------------------------------------------- Abogado parte demandada DAVID EDUARDO SANTANA COÑAS Conforme a lo dispuesto en el acta 71-2016 de la E. Corte Suprema y lo acordado en acta de Comité de Jueces N° 77-2016, la sentencia es pronunciada íntegramente en la audiencia, como consta en el registro de audio, correspondiendo la transcripción únicamente de su parte resolutiva y la debida individualización de las partes. Resolutivo: Y de acuerdo además con lo que disponen los artículos 1, 3, 5, 7, 9, 41, 42, 160, 162, 172, 173, 420, 445, 453, 454, 459 todos del Código del Trabajo se resuelve: I. Hacer lugar en todas sus partes a la demanda, condenándose a PASTELERIA JUAN BARRAZA MARTINES EIRL representada por Juan Barraza Martínez a las prestaciones que más adelante se indican, declarándose que el despido de 31 de diciembre de 219 es injustificado y nulo a efectos del artículo 162 inciso 5° y 7° del Código del Trabajo. II. La demandada debe pagar al actor las sumas de: a) $550.000 por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo. b) $2.200.000 por concepto de indemnización por años de servicios. c) $660.000 por concepto de recargo sobre la indemnización ascendente al 30%. d) 550.000 correspondientes asignaciones de colación y movilización debidas a contar de febrero de 2019. III. Declarado además el despido como nulo, la demandada deberá pagar las remuneraciones devengadas desde el 01 de enero de 2002 hasta la convalidación con el pago de las cotizaciones de fondos de cesantía y pensiones correspondientes a todo el año 2018 y 201
Fundamentos
fundamentos de las declaraciones entregadas por los testigos señalados constan en el correspondiente registro de audio. Prueba demandada: Confesional: La parte demandada se desiste de rendir este medio de prueba, lo cual consta en el correspondiente registro de audio. Testimonial: La parte demandada se desiste de rendir este medio de prueba, lo cual consta en el correspondiente registro de audio. Oficio: Se procede a incorporar la respuesta del oficio solicitado a la Inspección del Trabajo, lo cual consta en el correspondiente registro de audio. Observaciones a la prueba: Las partes proceden a incorporar las observaciones a la prueba, fundamentos que constan en el correspondiente registro de audio. Este Tribunal decreta SENTENCIA En Santiago a veinte de enero de dos mil veintiuno Vistos Tribunal Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Fecha 20 DE ENERO DE 2021 RIT O-749-2020 Caratulado ARAYA / PASTELERÍA JUAN BARRAZA MARTÍNEZ Tipo de procedimiento Ordinario Parte demandante y domicilio ANDRÉS CEFERINO ARAYA CORTÉS Abogado demandante TAMARA ANTONIETA YAÑEZ GUZMAN Parte demandada y domicilio PASTELERIA JUAN BARRAZA MARTINES EIRL Representante legal ---------------------------------------------------------------------- Abogado parte demandada DAVID EDUARDO SANTANA COÑAS Conforme a lo dispuesto en el acta 71-2016 de la E. Corte Suprema y lo acordado en acta de Comité de Jueces N° 77-2016, la sentencia es pronunciada íntegramente en la audiencia, como consta en el registro de audio, correspondiendo la transcripción únicamente de su parte resolutiva y la debida individualización de las partes. Resolutivo: Y de acuerdo además con lo que disponen los artículos 1, 3, 5, 7, 9, 41, 42, 160, 162, 172, 173, 420, 445, 453, 454, 459 todos del Código del Trabajo
Fallo
se resuelve: I. Hacer lugar en todas sus partes a la demanda, condenándose a PASTELERIA JUAN BARRAZA MARTINES EIRL representada por Juan Barraza Martínez a las prestaciones que más adelante se indican, declarándose que el despido de 31 de diciembre de 219 es injustificado y nulo a efectos del artículo 162 inciso 5° y 7° del Código del Trabajo. II. La demandada debe pagar al actor las sumas de: a) $550.000 por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo. b) $2.200.000 por concepto de indemnización por años de servicios. c) $660.000 por concepto de recargo sobre la indemnización ascendente al 30%. d) 550.000 correspondientes asignaciones de colación y movilización debidas a contar de febrero de 2019. III. Declarado además el despido como nulo, la demandada deberá pagar las remuneraciones devengadas desde el 01 de enero de 2002 hasta la convalidación con el pago de las cotizaciones de fondos de cesantía y pensiones correspondientes a todo el año 2018 y 2019, y las del fondo de salud correspondientes a todo el año 2015, 2016, 2017 con excepción de diciembre, 2018 con excepción de mayo y junio, y 2019 con excepción de enero sobre una base imponible de $500.000. IV. Las sumas ordenadas pagar deberán serlo con las actualizaciones de los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo según corresponda y las cotizaciones de seguridad con las actualizaciones que dispongan los estatutos pertinentes. V. Se impone las costas personales de la causa a al demandad por haber sido
Texto Completo (Preview)
ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 20 DE ENERO DE 2021 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO LUGAR SANTIAGO RUC 20- 4-0248004-2 RIT O-749-2020 SALA 10 MAGISTRADO ÁLVARO FLORES MONARDES ADMINISTRATIVO DE ACTAS SERGIO MARTÍNEZ TOLEDO HORA DE INICIO 08:33 HORA DE TERMINO 16:00 Nº REGISTRO DE AUDIO 2040248004-2-1349-210119-00 PARTE DEM
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica