Tribunal de Juicio Oral en lo Penal Viña del Mar.

MINISTERIO PUBLICO C/ DANIEL HUGO NÚÑEZ CUETO

Rol

O-268-2020

Fecha

27 de abril de 2021

Materia

LESIONES GRAVES.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Antecedentes: Que ante la Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de esta ciudad, presidida por el juez Sr. Fernán Rioseco Pinochet, e integrada además por la jueza Sra. Mónica del Rosario López Castillo y Sr. Alonso Arancibia Rodríguez, se lleva a efecto la audiencia de juicio oral RIT Nº 268-2020 en contra de Daniel Hugo Núñez Cueto, sin apodos, soltero, sin oficio, nacido en Viña del Mar, el 22 de julio de 1986, 34 años de edad, R.U.N. N° 16.499.648-4, domiciliado en Ortiz Vega con Colón N° 0710, Quilpué. Es parte acusadora en el presente juicio el Ministerio Público representado por la Fiscal Jefe de Quilpué Sra. Mónica Arancibia Farías. La defensa del acusado es ejercida por la Abogada Defensora penal público Sra. Tania Zavala Munizaga, ambas con domicilio y forma de notificación registrados en el Tribunal. SEGUNDO: Acusación: Que los acusadores fundan sus pretensiones punitivas en los siguientes hechos: “El día 21 de enero de 2020, aproximadamente a las 19:30 horas, en circunstancias que se produjo un problema de agresión en contexto de violencia intrafamiliar en el domicilio de calle Frodden N° 01321, Quilpué, lugar en el cual Guillermo Bernal Cifuentes profirió amenazas en contra de su ex conviviente Jéssica Del Carmen Nuñez Cueto y en el exterior de ese domicilio agredió con un golpe de pie en la cabeza a su hija Katherine Bernal Núñez, Guillermo Bernal Cifuentes fue perseguido por el acusado Daniel Hugo Núñez Cueto, hermano de su ex conviviente, en compañía de otro sujeto de nombre Héctor Gumera y fue agredido por el imputado Daniel Hugo Núñez Cueto en la vía pública con golpes de pie y puño en distintas partes del cuerpo y también con objeto contundente, resultando la víctima Guillermo Bernal Cifuentes con lesiones de carácter grave, consistentes según la hoja médica de urgencia en contusiones múltiples en cráneo, tórax, extremidades superiores e inferiores y fractura costal izquierda con neumotórax. Siendo detenido posteriormente por Carabineros de la SIP el imputado.” Los hechos descritos, a juicio de la Fiscalía, son constitutivos del delito de lesiones graves, previsto y sancionado en el artículo 397 N° 2 del Código Penal, delito que se encuentra consumado, en los que imputa al acusado participación en calidad de autor del artículo 15 Nº 1º del Código Penal. De esta suerte, la Fiscalía solicita se le imponga la pena de tres años de presidio menor en su grado medio, accesorias legales y costas, al no concurrir circunstancias modificatorias de responsabilidad penal a su respecto. En su alegato de apertura el Ministerio Público anticipa que con la prueba que rendirá acreditará los hechos de la acusación, por lo que al final del juicio estará en condiciones de solicitar su condena. En su clausura insiste en su pretensión condenatoria, sobre la base de la prueba vertida ante estrados, la que analiza. Explica que no se cuenta con informe del Servicio Médico Legal, atendida la pandemia, en la que se ha susp

Fallo

se acuerda más, solo que Daniel iba con una especie de cuchillo o algo y lo golpeó en la cabeza, y el otro joven iba con un fierro y lo golpeó en las piernas, juntos a las vez los dos lo golpearon en la piernas y cabeza y todas sus extremidades, el cayó al suelo, se paró y otra vez “le dieron” y cuando recobró el conocimiento estaba en el hospital, eso es lo único que recuerda de ese día, parece que despertó en la noche, estaba con vendas y parches en la cabeza, le habían sacado radiografías y la piernas también las tenía todas rotas, eso es lo que se acuerda. El domicilio que tenía en esa época es distinto a su domicilio actual, porque ahora vive con su madre. Ese domicilio estaba ubicado en Froden 01321, esquina Lluta, que es un pasaje, comuna de Quilpué, población Pompeya Norte. En ese domicilio también vivía Daniel, que es hermano de su ex pareja, y Héctor, que era un amigo de su ex pareja, no sabe, allí también estaba su ex pareja que había vuelto a la casa y él le dio acogida en su hogar, ella se llama Jessica Núñez Cueto, en ese tiempo también había venido su hija, que estaba de visita hacía unas dos semanas, pero vivía en casa de su abuela, ella se llama Katherine Andrea Bernal Núñez, que actualmente tiene 18 años. Con su ex pareja, Jessica Núñez tiene tres niños en común, ellos primero fueron pololos y después convivientes. El salió de su domicilio a comprar y llegó cerca de las 2:30, y ahí “se desató el infierno”. Primero conversaron unos 5 minutos, terminaron de

Texto Completo (Preview)

1 Acusador(es): Ministerio Público de Quilpué Acusado(s): Daniel Hugo Núñez Cueto R.U.N.: 16.499.648-4, Delito(s) imputado(s): Lesiones graves RUC: 2000083662-2 RIT: 268-2020 Viña del Mar, a veintisiete de abril de dos mil veintiuno. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Antecedentes: Que ante la Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de esta ciudad, presidida por el juez Sr. Fernán Rioseco Pinoc

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica