MINISTERIO PÚBLICO ANTOFAGASTA C/ OLGA DEL CARMEN ROCCA NAVARRO
Rol
O-72-2020
Fecha
25 de abril de 2021
Materia
TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: “Con fecha 03 de noviembre del 2018 , aproximadamente a las 23:45 horas personal de carabineros fue alertado que en la intersección de avenida Padre Hurtado con Pajonales de Antofagasta una pareja se estaría dedicando a la venta de drogas, al llegar al lugar se sorprende a los imputados, manteniendo Olga del Carmen Rocca Navarro un bolso marca Adidas el que en su interior mantenía 95 papelillos contenedores de 11 gramos 820 miligramos de cocaína clorhidrato y la suma de 11.000 en dinero de diversa denominación, en tanto Ángelo Enrique Silva Díaz mantenía en una cartera color negro una bolsa de nylon transparente con 58 gramos 830 miligramos de cocaína base, además de un colador, una cuchara metálica con restos de la misma sustancia..” (sic). A juicio del Ministerio Público, los hechos configuran el delito de tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas en pequeñas cantidades, previsto y sancionado en el artículo 4, en relación con el artículo 1 de la Ley 20.000, atribuyendo participación en calidad de autora conforme el Marcela Alejandra Mesias Toro Juez Presidente Fecha: 26/04/2021 15:25:21 QXDXHEXMS Alfredo Andres Lindenberg Bustos Juez Integrante Fecha: 28/04/2021 08:44:55 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 3 artículo 15 N°1 del Código penal, y sosteniendo que el delito se encuentra en grado de desarrollo de consumado. El Ministerio Público en la acusación señala que le perjudica la circunstancia modificatoria de responsabilidad penal del artículo 12 N°16 del Código Penal. Solicita en defi
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Individualización de los intervinientes: Que el día martes veinte de abril del presente año, ante esta sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta, constituida por doña Marcela Mesías Toro en calidad de jueza presidenta, don Alfredo Lindenberg Bustos en calidad de tercer juez integrante y don Pablo Noziglia Reyes como juez redactor, las dos primeros titulares y el último suplente, se llevó a efecto el Juicio Oral en Rol Único de Causa N° 1801073750-4, Rol Interno del Tribunal Nº 72-2020, seguido en contra de la acusada Olga Del Carmen Rocca Navarro, cédula de identidad N° 12.443.990-6, Chilena, 51 años de edad, nacida el 18 de febrero de 1970, en la ciudad de Antofagasta, soltera, dueña de casa, con domicilio en calle Av. Padre Alberto Hurtado N°2710, Antofagasta. Marcela Alejandra Mesias Toro Juez Presidente Fecha: 26/04/2021 15:25:21 QXDXHEXMS Alfredo Andres Lindenberg Bustos Juez Integrante Fecha: 28/04/2021 08:44:55 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 2 Sostuvo la acusación el Ministerio Público representado por el Fiscal Patricio Martínez Felip. La defensa del acusado estuvo a cargo del Defensor Penal Privado Hessen Cameron Veas todos con domicilio y forma de notificación ya registrados en el tribunal. SEGUNDO: Acusación y alegaciones del Ministerio Público. Que el Ministerio Público al deducir acusación, según se lee en el auto de apertura del juicio oral, la fundó en los siguientes hechos: “Con fecha 03 de noviembre del 2018 , aproximadamente a las 23:45 horas personal de carabineros fue alertado que en la intersección de avenida Padre Hurtado con Pajonales de Antofagasta una pareja se estaría dedicando a la venta de drogas, al llegar al lugar se sorprende a los imputados, manteniendo Olga del Carmen Rocca Navarro un bolso marca Adidas el que en su interior mantenía 95 papelillos contenedores de 11 gramos 820 miligramos de cocaína clorhidrato y la suma de 11.000 en dinero de diversa denominación, en tanto Ángelo Enrique Silva Díaz mantenía en una cartera color negro una bolsa de nylon transparente con 58 gramos 830 miligramos de cocaína base, además de un colador, una cuchara metálica con restos de la misma sustancia..” (sic). A juicio del Ministerio Público, los hechos configuran el delito de tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas en pequeñas cantidades, previsto y sancionado en el artículo 4, en relación con el artículo 1 de la Ley 20.000, atribuyendo participación en calidad de autora conforme el Marcela Alejandra Mesias Toro
Fallo
por tanto la posesión de cada uno es independiente y deben responder en esa forma, sin perjuicio del concierto previo de los acusados. Con la prueba de cargo se acreditarán los hechos, la calificación jurídica y la participación, por lo que pedirá condena. Marcela Alejandra Mesias Toro Juez Presidente Fecha: 26/04/2021 15:25:21 QXDXHEXMS Alfredo Andres Lindenberg Bustos Juez Integrante Fecha: 28/04/2021 08:44:55 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 4 En su Alegato de clausura refiere que después de la prueba de cargo y prestada la declaración de la acusada se probaron los hechos de la acusación. Con la prueba de cargo a pesar que el testigo no pudo reconocer a la acusada, esto fue subsanado con la declaración de la propia enjuiciada, y con ello se pudo establecer su participación. En cuanto a la cantidad fue apenas superior a dos gramos neto, pero por el contexto en el que se produjo el hallazgo se puede suponer que estaba destinada para transferencia a terceros. La pericial establece la naturaleza de la sustancia y los demás
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1 TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE ANTOFAGASTA CONTRA : Olga Del Carmen Rocca Navarro RUC : 1801073750-4 RIT : 72-2020 DELITO : Tráfico ilícito de estupefacientes en pequeñas cantidades. Antofagasta, veinticinco de abril de dos mil veintiuno. VISTOS, OÍDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Individualización de los intervinientes: Que el día martes veinte de abril del presente año, ante esta sala de
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