Juzgado de Garantía de la Serena.

PATRICIA ALEJANDRA MATURANA BASCU¥AN C/ NICOLÁS BRAVO SOHRENS

Rol

O-10115-2020

Fecha

23 de abril de 2021

Materia

DAÑOS SIMPLES.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS LOS ANTECEDENTES Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Garantía de La Serena, el Ministerio Público, representado por un fiscal adjunto de la Fiscalía Local de La Serena, domiciliado en calle Eduardo de La Barra N° 315, de esta ciudad, interpuso requerimiento en procedimiento simplificado, en contra de don NICOLÁS BRAVO SOHRENS, cédula nacional de identidad N° 15.315.033-8, chileno, ignora profesión u oficio, domiciliado en Quebrada de Monardez S/N°, comuna de La Serena, representado por un abogado defensor penal público de esta ciudad, y solicitó se la sancionara por su responsabilidad como autor de un delito de daños simples, sancionado en el artículo 487 del Código Penal, señalando que en la especie concurría la circunstancia atenuante de responsabilidad criminal, señalada en el artículo 11 N° 6 del Código Penal, solicitando por ello la imposición de una pena de 300 días de presidio menor en su grado mínimo, más las accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, y las costas de la causa. SEGUNDO: Que, los hechos en virtud de los cuales el Ministerio Público dedujo requerimiento, son los siguientes, que se reproducen literalmente de su presentación: “El día 04 de enero de 2018, a las 15:30 horas aproximadamente, en la vía pública, calle Regidor Muñoz frente al N° 372, La Serena el imputado Nicolás Bravo Sohrens, tomó dos bloques de cemento y lo tiró encima del techo del vehículo marca Mazda, modelo CX-5, placa patente JHSC.99 de propiedad de la víctima Patricia Alejandra Maturana Bascuñán, que lo dejó estacionado en el lugar, el cual resultó con daños consistentes en abolladuras y desprendimiento de pintura en techo, los que fueron avaluados en la suma de $700.000.” TERCERO: Que, informada de sus derechos y advertido de las consecuencias legales de su decisión, según consta en la audiencia respectiva, el acusado no admitió su responsabilidad en los hechos contenidos en el requerimiento, por lo que el Tribunal, realizó la preparación del juicio oral simplificado y citó a los intervinientes a la audiencia de juicio oral, como lo prescribe para estos casos la ley procesal penal. XZTCXGXZGL Pedro Alvaro Rojas Castro Juez de garantía Fecha: 23/04/2021 17:50:39 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl Poder Judicial Juzgado de Garantía de La Serena. PROCEDIMIENTO: JUICIO ORAL SIMPLIFICADO RUC Nº: 1800.029.183-4. RIT Nº: 10.115-2021. DELITO: Daños simples. SENTENCIADO: Nicolás Bravo Sohrens. 2 CUARTO: Que, en la audiencia de juicio oral simplificado y con el objeto de

Fallo

Por estas consideraciones y teniendo presente además lo dispuesto en los artículos 48, 296, 297, 339, 340, 342, 343, 344, 388 y siguientes del Código Procesal Penal y artículos 1 y 487 del Código Penal, se declara: I.- Que, SE ABSUELVE al ciudadano don NICOLÁS BRAVO SOHRENS, cédula nacional de identidad N° 15.315.033-8, ya individualizado, de los cargos formulados por el Ministerio Público como autor de un supuesto delito de daños simples, previsto y sancionado en el artículo 487 del Código Penal, acaecido supuestamente en esta comuna, el día cuatro de enero del año dos mil dieciocho. II.- Que, no se condena al Ministerio Público al pago de las costas de esta causa, por haber tenido motivo plausible para litigar. Anótese, regístrese en copia autorizada, y archívese en su oportunidad. RUC Nº 1800.029.183-4. RIT Nº 10.115-2021. Dictada por don Pedro Rojas Castro, Juez de Garantía. XZTCXGXZGL Pedro Alvaro Rojas Castro Juez de garantía Fecha: 23/04/2021 17:50:39 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 2021-04-23T18:47:34-0300 Cor

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Poder Judicial Juzgado de Garantía de La Serena. PROCEDIMIENTO: JUICIO ORAL SIMPLIFICADO RUC Nº: 1800.029.183-4. RIT Nº: 10.115-2021. DELITO: Daños simples. SENTENCIADO: Nicolás Bravo Sohrens. 1 La Serena, a veintitrés de abril del año dos mil veintiuno. OIDOS LOS INTERVINIENTES, VISTOS LOS ANTECEDENTES Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Garantía de La Serena, el Ministerio P

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