Juzgado de Garantía de La Calera.

MIGUEL ANGEL ESPINOZA DONOSO C/ ROBINSON RENÉ ÁLVAREZ TORO

Rol

O-2277-2019

Fecha

13 de abril de 2021

Materia

CONDUC.EBRIEDAD RESUL.LESIONES MENOS GRAVE.A196 I.2LEY.TRANS

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 02 de mayo de 2019, aproximadamente a las 21:30 horas, el acusado ROBINSON RENE ALVAREZ TORO condujo la motocicleta marca Yamaha, placa patente única DBK-68 por calle Lautaro de la comuna de La Calera, y al llegar frente a la numeración 949 de la referida vía, perdió el control del móvil colisionando con el cierre perimetral de la casa habitación de la víctima doña Duilde Edith Espinoza Astorga, ocasionando daños en dicho cierre perimetral, el que resultó parcialmente derrumbado, avaluados por la víctima en la suma de 200.000 pesos. Al lugar concurrió personal de carabineros quienes se pudieron percatar que el acusado presentaba un fuerte hálito alcohólico, rostro congestionado e incoherencia al hablar, motivo por el cual fue sometido a la prueba respiratoria intoxilazer, arrojando este como resultado la presencia de 1.81 gramos por mil de alcohol en la sangre del acusado. Luego el acusado fue trasladado hasta el hospital de la Calera donde se le tomó muestra de sangre para el examen de alcoholemia, informando posteriormente el Servicio Médico Legal que el imputado presentaba 1.90 gramos por mil de alcohol en la sangre al momento de ser sorprendido conduciendo el ya referido móvil, según da cuenta el informe de alcoholemia n° 4528/19 de fecha 27 de mayo de 2019. Es del caso que a la fecha de ocurrencia de estos hechos el imputado no había obtenido ningún tipo de licencia de conducir, y además el día 03 de diciembre de 2018 el acusado don ROBINSON RENE ALVAREZ TORO fue además condenado como autor del delito de conducción en estado de ebriedad en causa RIT 1311/2018 del Juzgado de Garantía de La Ligua, imponiéndose en esta condena la suspensión de su licencia de conducir por el lapso de dos años a contar de la misma fecha. VISTO Y OÍDOS LOS INTERVINIENTES: EPXTXGVXXK Roberto Pablo Lizana Mora Juez de garantía Fecha: 23/04/2021 17:07:11 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMIT

Fallo

se declara: I.- Se condena a ROBINSON RENE ALVAREZ TORO, Cédula Identidad 17.563.881-4, ya individualizado, por ser autor el delito consumado de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad sin haber obtenido licencia de conducir y daños, hecho cometido con fecha 02 de mayo del 2019, en territorio jurisdiccional de este Tribunal a sufrir las siguientes penas de 541 días de presidio menor en su grado medio, a una multa de 2 Unidades Tributarias Mensuales, accesoria legal suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y la inhabilidad para obtener licencia de conducir por el plazo de 5 años, sin costas de la causa. II.- Que reuniéndose en la especie los requisitos establecidos en el artículo 8° de la ley 18.216, se sustituye la pena impuesta por la reclusión parcial domiciliaria nocturna o en recinto de gendarmería, por el término de 541 noches, debiendo permanecer en su domicilio o en recinto de gendarmería entre las 22:00 horas y las 06:00 horas del día siguiente. Atendido que la Defensa no cuenta en esta audiencia con informe de factibilidad técnica para determinar la forma de control de esta pena sustitutiva, el tribunal establece un plazo de 10 días para que la Defensa remita vía oficina judicial virtual el respectivo informe en el domicilio del sentenciado. Se fija fecha de audiencia para verificar la forma de cumplimiento el día 23 de abril del 2021, a las 11:00 horas, todos los intervinientes quedan notificados personalmente en este ac

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SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO La Calera, a trece de abril del dos mil veintiuno Hechos: El día 02 de mayo de 2019, aproximadamente a las 21:30 horas, el acusado ROBINSON RENE ALVAREZ TORO condujo la motocicleta marca Yamaha, placa patente única DBK-68 por calle Lautaro de la comuna de La Calera, y al llegar frente a la numeración 949 de la referida vía, perdió el control del móvil colisiona

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