MP C/ CAMILA VICTORIA BRAVO AMIGO
Rol
O-261-2021
Fecha
19 de abril de 2021
Materia
ALTERACIÓN ORDEN PÚBLICO
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: El día 16 de febrero del año 2021, a las 04:09 horas aproximadamente, en calle Victoria frente al número 1764 de la comuna de Cauquenes, la imputada CAMILA VICTORIA BRAVO AMIGO, fue sorprendida circulando sin salvoconducto y quebrantando el aislamiento social nocturno decretado por la autoridad sanitaria MINSAL, mediante Resoluciones Exentas 202 y 212, las cuales establecen un toque de queda sanitario, en territorio nacional, con la finalidad de frenar la propagación de la pandemia Covid-19 afectando la salud pública. A continuación se transcribe la parte resolutiva del fallo dictado de forma verbal en la audiencia de hoy. La sentencia íntegra se encuentra contenida en los registros de audio creados con ésta fecha. RIT : 261 - 2021 RUC : 2100152469-8 IMPUTADO : CAMILA VICTORIA BRAVO AMIGO PROCEDIMIENTO : SIMPLIFICADO Cauquenes, diecinueve de abril de dos mil veintiuno. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos N° 1, 11 N°6, 14, 15, 18, 19, 20, 30, 50, 67, 495 N°1 del Código Penal; 388 y siguientes del Código Procesal Penal, SE DECLARA: I. Que, SE CONDENA a CAMILA VICTORIA BRAVO AMIGO, Cédula Nacional de Identidad N°19.045.467-3, domiciliado en VILLA LOS POETAS, LEONCIO VELOZO CISTERNA Nº 09, Cauquenes., ya individualizada, a la pena de multa de UNA Unidad Tributaria Mensual, como autor en grado de desarrollo consumado de la falta penal del articulo 495 N°1 del Código Penal, hecho que fuera perpetrado en esta jurisdicción el pasado 16 de febrero del año 2021. II. Que, en atención a que la sentenciada no posee anotaciones prontuariales pretéritas antecedente favorable que no hacen aconsejable la imposición de la sanción y con lo dispuesto en el artículo 398 del Código Procesal penal, se decreta la suspensión de la condena y sus efectos por el lapso de 6 meses, es decir la imputada no deberá pagar la multa. Si transcurrido el plazo de seis meses sin que se haya informado por parte de la fiscalía local de Cauquenes, que la imputada ha sido objeto de un nu
Fallo
fallo dictado de forma verbal en la audiencia de hoy. La sentencia íntegra se encuentra contenida en los registros de audio creados con ésta fecha. RIT : 261 - 2021 RUC : 2100152469-8 IMPUTADO : CAMILA VICTORIA BRAVO AMIGO PROCEDIMIENTO : SIMPLIFICADO Cauquenes, diecinueve de abril de dos mil veintiuno. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos N° 1, 11 N°6, 14, 15, 18, 19, 20, 30, 50, 67, 495 N°1 del Código Penal; 388 y siguientes del Código Procesal Penal, SE DECLARA: I. Que, SE CONDENA a CAMILA VICTORIA BRAVO AMIGO, Cédula Nacional de Identidad N°19.045.467-3, domiciliado en VILLA LOS POETAS, LEONCIO VELOZO CISTERNA Nº 09, Cauquenes., ya individualizada, a la pena de multa de UNA Unidad Tributaria Mensual, como autor en grado de desarrollo consumado de la falta penal del articulo 495 N°1 del Código Penal, hecho que fuera perpetrado en esta jurisdicción el pasado 16 de febrero del año 2021. II. Que, en atención a que la sentenciada no posee anotaciones prontuariales pretéritas antecedente favorable que no hacen aconsejable la imposición de la sanción y con lo dispuesto en el artículo 398 del Código Procesal penal, se decreta la suspensión de la condena y sus efectos por el lapso de 6 meses, es decir la imputada no deberá pagar la multa. Si transcurrido el plazo de seis meses sin que se haya informado por parte de la fiscalía local de Cauquenes, que la imputada ha sido objeto de un nuevo requerimiento o formalización el tribunal de oficio sobreseerá la presente causa.
Texto Completo (Preview)
LOS HECHOS: El día 16 de febrero del año 2021, a las 04:09 horas aproximadamente, en calle Victoria frente al número 1764 de la comuna de Cauquenes, la imputada CAMILA VICTORIA BRAVO AMIGO, fue sorprendida circulando sin salvoconducto y quebrantando el aislamiento social nocturno decretado por la autoridad sanitaria MINSAL, mediante Resoluciones Exentas 202 y 212, las cuales establecen un toque de
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