4º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ LUIS ARMANDO NORAMBUENA MARTÍNEZ

Rol

O-1564-2020

Fecha

15 de abril de 2021

Materia

CONTRA SALUD PÚBLICA. ARTS. 313 D AL 315 Y ART. 317., TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

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Hechos

visto lo dispuesto en los artículo 1, 3, 11 N° 9, 14, 15, 18, 21, 25, 30, 31, 49, 50, 67, 68, 70 y 318 del Código Penal; 4 de la Ley 20.000; 388 y siguientes del Código Procesal Penal, resuelvo: I. Que, se condena a LUIS ARMANDO NORAMBUENA MARTÍNEZ, ya individualizado, a la pena de TRESCIENTOS VEINTICINCO DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, a pagar una multa de UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, al comiso de la droga incautada y de la suma de $22700, y a la medida accesoria de suspensión de cargo u oficio público, como autor del delito de tráfico de pequeñas cantidades de sustancias o drogas estupefacientes o psicotrópicas, sancionado en el artículo 4 de la ley 20.000, perpetrado en la comuna de Lo Barnechea el 13 de febrero de 2020. II. Que, asimismo, se condena a LUIS ARMANDO NORAMBUENA MARTÍNEZ, ya individualizado, a pagar una multa a beneficio fiscal de SEIS UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, como autor del delito sancionado en el artículo 318 del Código Penal, cometido en la comuna de Lo Barnechea el 29 de mayo de 2020. La sanción corporal y las multas aplicadas se tendrán por cumplidas con arreglo al mayor tiempo de privación de libertad impuesto al sentenciado en este proceso, en razón de los periodos de privación de libertad aplicados: arresto domiciliario entre el 14 de febrero y el 29 de mayo de 2020, prisión preventiva entre el 30 de mayo y el 04 de junio de 2020, y arresto domiciliario entre el 05 de junio de 2020 y el 15 de abril de 2021. III. Atendida la admisión de responsabilidad expresada por el condenado, exímasele del pago de las costas del juicio. Téngase presente la renuncia al término para la interposición de recursos, cúmplase con lo prescrito en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese. “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal”. KRSVXEDXKE DANIELA VERON

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4° Juzgado de Garantía de Santiago Av. Pedro Montt 1606, 9º piso, Edificio B. Fono: (02) 29757300 Fax: (02) 29757353 Centro de Justicia de Santiago Pág. 1 COMPLEMENTO DE SENTENCIA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO FECHA: Santiago, quince de abril de dos mil veintiuno. TRIBUNAL: Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago. MAGISTRADO: Daniela Guerrero González RUC: 2000172913-7 RIT: 1564-2020 IMPU

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