1º Juzgado de Letras de Quillota

HERRERA/SAAVEDRA

Rol

O-64-2020

Fecha

15 de enero de 2021

Materia

Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido indirecto, Feriado legal, Feriado proporcional, Nulidad del despido, Prestaciones, Reajustes e intereses, Remuneraciones

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos contenidos en el libelo de inicio y se dicta fallo en la forma en la que se dicta a continuación. Se dicta sentencia. Quillota, trece de enero de dos mil veintiuno. VISTO, OIDO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que ante este tribunal compareció, RAÚL FERNANDO HERRERA CÁCERES, dependiente de comercio, domiciliado en calle Molinare, block 3-b, departamento 46, de la ciudad y comuna de Quillota, interponiendo demanda por despido indirecto, nulidad del despido, cobro de cotizaciones previsionales y de prestaciones laborales, en contra de su ex-empleadora VÍCTOR SAAVEDRA MUÑOZ, profesión u oficio ignora, con domicilio para estos efectos en Baldomero Lillo n° 1574, Villa Cervantes, de la ciudad y comuna de Quillota. Solicita por la razones que indica en el libelo pretensor que la demandada incurrió en el incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato al no otorgarle el trabajo convenido, no pagarle las remuneraciones y no declararle y/o pagarle las cotizaciones de seguridad social, según el detalle que indica en su demanda, y que, por consiguiente, es procedente el despido indirecto invocado por su parte. Asimismo señala que es procedente declarar la nulidad del despido indirecto antes indicado, al no haber dado cumplimiento el empleador a su deber de integrar el pago de las cotizaciones previsionales al momento del despido indirecto, según el detalle que indicada. Asimismo solicita que se condene a la demandada al pago de las sumas que reclama por concepto de Indemnización sustitutiva del aviso previo por la suma de $720.000.- Indemnización por 5 años de servicios, equivalente a $3.600.000.- Recargo legal del 50% por la suma de $1.800.000.- Todas las remuneraciones y cotizaciones de seguridad social que se devenguen desde la separación de funciones, desde el día 21 de septiembre de 2020, hasta la fecha de convalidación del despido a razón de $720.000 mensuales. Todas las cotizaciones de seguridad social adeudadas durante el periodo trabajado, en

Fallo

fallo en la forma en la que se dicta a continuación. Se dicta sentencia. Quillota, trece de enero de dos mil veintiuno. VISTO, OIDO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que ante este tribunal compareció, RAÚL FERNANDO HERRERA CÁCERES, dependiente de comercio, domiciliado en calle Molinare, block 3-b, departamento 46, de la ciudad y comuna de Quillota, interponiendo demanda por despido indirecto, nulidad del despido, cobro de cotizaciones previsionales y de prestaciones laborales, en contra de su ex-empleadora VÍCTOR SAAVEDRA MUÑOZ, profesión u oficio ignora, con domicilio para estos efectos en Baldomero Lillo n° 1574, Villa Cervantes, de la ciudad y comuna de Quillota. Solicita por la razones que indica en el libelo pretensor que la demandada incurrió en el incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato al no otorgarle el trabajo convenido, no pagarle las remuneraciones y no declararle y/o pagarle las cotizaciones de seguridad social, según el detalle que indica en su demanda, y que, por consiguiente, es procedente el despido indirecto invocado por su parte. Asimismo señala que es procedente declarar la nulidad del despido indirecto antes indicado, al no haber dado cumplimiento el empleador a su deber de integrar el pago de las cotizaciones previsionales al momento del despido indirecto, según el detalle que indicada. Asimismo solicita que se condene a la demandada al pago de las sumas que reclama por concepto de Indemnización sustitutiva del aviso previo por

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ACTA DE AUDIENCIA PREPARATORIA FECHA 13 de enero de 2021 RUC 20-4-0305026-2 RIT O-64-2020 MAGISTRADO Rolando Alvear Valenzuela ADMINISTRATIVO DE ACTAS Ximena Pereira Orellana HORA DE INICIO 12:20 horas HORA DE TERMINO 12:35 horas Nº REGISTRO DE AUDIO 20-4-0305026-2-96 PARTE DEMANDANTE COMPARECIENTE ABOGADO COMPARECIENTE Francisco Hernán Tromen Rebolledo Fuentes FORMA DE NOTIF

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