MPA C/ RAUL TARQUI HUANCA
Rol
O-9256-2019
Fecha
6 de abril de 2021
Materia
SOBORNO FUNC. PUBLICO EXTRANJERO,PERSONA NATURAL ART.251 BIS
Resultado
No especificado
Hechos
hechos de la acusación y los antecedentes de investigación expuestos en audiencia. TERCERO: Que los hechos que dieron lugar a la acusación del Ministerio Público, que fueron libre y expresamente aceptado por el imputado, debidamente asesorado por su defensa, son los siguientes: “El día 19 de agosto de 2019, alrededor de las 18.20 horas, personal de Carabineros que realizaba controles de velocidad en el Km. 1428 de la Ruta 5 Norte, procedieron a fiscalizar al camión placa patente CWHF.69 (que tractaba el semi remolque placa patente JP-3479), el que era conducido por el acusado, y en el momento en que se le cursaba una infracción por conducción a exceso de velocidad y con el objeto de dejar sin efecto el procedimiento y evitar que se le cursara la infracción, el acusado le entregó al personal policial la suma de $10.000.- , siendo incautado el dinero e informado que estaba detenido por soborno.” CUARTO: Que la defensa del imputado expresó que no realizará alegaciones sobre la figura típica, grado de desarrollo, participación que se atribuye, en razón de YJZDXDSZYC Hans Eladio Durán Vásquez Juez de garantía Fecha: 15/04/2021 13:31:10 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl haber aceptado que este proceso continuara su tramitación de acuerdo a las reglas del procedimiento abreviado. Solicitó que se regule la pena en su mínimo por no concurrir agravantes en el caso. En cuanto a pena sustitutiva refirió que su representado cumple con los requisitos del artículo 4 de la Ley N° 18.216, por lo que solicitó la pena sustitutiva de
Fundamentos
CONSIDERANDO: YJZDXDSZYC Hans Eladio Durán Vásquez Juez de garantía Fecha: 15/04/2021 13:31:10 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl PRIMERO: Que ante este Juzgado de Garantía, se ha tramitado la causa RIT 9256-2019, Ruc N° 1900890419-K, de conformidad a las normas del procedimiento abreviado, en virtud de lo dispuesto en los artículos 406 y siguientes del Código Procesal Penal, habiéndose formalizado investigación y luego acusado a Raúl Tarqui Huanca, cédula nacional de identidad Nº 22.574.876-4, domiciliado para efecto de los dispuesto en el artículo 26 del Código Procesal Penal en Quetena N°2270, comuna de Calama, a quien se le atribuye participación en calidad de autor en un delito consumado de cohecho, previsto y sancionado en el artículo 248 bis del Código Penal, legalmente representado por el defensor penal público Mauricio Suazo Araya y requiriendo el Ministerio Público para los efectos del artículo 406 del Código Procesal Penal, se condene a la pena de tres (3) años de presidio menor en su grado medio, multa del duplo de lo ofertado ($20.000), comiso del dinero incautado, accesoria de inhabilitación absoluta temporal para cargos u oficios públicos en su grado medio, más accesorias legales. La pena solicitada por el Ministerio Público se estimó concurrente, en virtud del reconocimiento –propuesto- de las atenuantes del artículo 11 N° 6 y N° 9 del Código Penal, la última en forma instrumental. SEGUNDO: Que el imputado asistido por su abogado, renunció expresamente a su derecho a juicio oral, sin presiones indebidas por parte de la Fiscalía o de terceros y acordó el procedimiento abreviado, aceptando libre e informadamente los hechos de la acusación y los antecedentes de investigación expuestos en audiencia. TERCERO: Que los hechos que dieron lugar a la acusación del Ministerio Público, que fueron libre y expresamente aceptado por el imputado, debidamente asesorado por su defensa, son los siguientes: “El día 19 de agosto de 2019, alrededor de las 18.20 horas, personal de Carabineros que realizaba controles de velocidad en el Km. 1428 de la Ruta 5 Norte, procedieron a fiscalizar al camión placa patente CWHF.69 (que tractaba el semi remolque placa patente JP-3479), el que era conducido por el acusado, y en el momento en que se le cursaba una infracción por conducción a exceso de velocidad y con el objeto de dejar sin efecto el procedimiento y evitar que se le cursara la infracción, el acusado le entregó al personal policial la suma de $10.000.- , siendo incautado el dinero e informado que estaba
Fallo
Se declara: I.- Se condena a Raúl Tarqui Huanca, cédula nacional de identidad Nº 22.574.876-4, ya individualizado, a sufrir la pena quinientos cuarenta y un (541) días de reclusión menor en su grado medio, accesoria legal de suspensión de cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena, las pena de cinco (5) años y un (1) día de inhabilitación absoluta temporal para cargos u oficios públicos en su grado medio, más la multa del duplo del valor ofrecido, esto es veinte mil ($20.000) pesos, por hechos cometidos con fecha 19 de agosto de 2019 en el territorio jurisdiccional de este tribunal. YJZDXDSZYC Hans Eladio Durán Vásquez Juez de garantía Fecha: 15/04/2021 13:31:10 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl II.- Se decreta además como pena accesoria legal del delito de soborno la de tres (3) años y un (1) día de inhabilitación absoluta temporal en su grado mínimo, para ejercer cargos, empleos, oficios o profesiones en empresas que contraten con órganos o empresas del Estado o con empresas o asociaciones en que éste tenga un
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Individualización de Audiencia de lectura de sentencia.. Fecha Antofagasta., seis de abril de dos mil veintiuno Magistrado HANS ELADIO DURAN VASQUEZ Fiscal Alberto Gallegos Morales Defensor Francisco Barahona Olivares Hora inicio 11:33AM Hora termino 11:40AM Sala Video Conferencia/Emergencia Sanitaria/Sala 7 Tribunal Juzgado de Garantía de Antofagasta. Acta Natalia Zamora Santis RUC 1900890419-K R
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