FISCALIA C/ SERGIO IGNACIO GALLARDO RIQUELME
Rol
O-2730-2020
Fecha
13 de abril de 2021
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES., INFRINGIR NORMAS HIGIÉNICAS Y DE SALUBRIDAD
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 29 de mayo de 2020 cerca de las 04:25 horas de la mañana el ACUSADO conducía en estado de ebriedad y sin licencia de conducir, ya que nunca ha obtenida la misma, el vehículo marca Toyota, modelo Tercel, PPU., LZ-9674, por Av. Granaderos de esta ciudad, además de hacerlo en compañía de 5 ocupantes más. En aquel contexto el ACUSADO no respeta la señal de luz roja existente en la intersección de Av. Prat, con Av. Granaderos, cuestión que fue advertida por personal de Carabineros que estaba en el lugar. En aquellas circunstancias estos comienzan a seguir el vehículo conducido por el ACUSADO y le dan alcance en la intersección de calle Latorre con Antonio Varas. Carabineros lo fiscaliza y cuando le solicita al ACUSADO conductor la documentación observan que se encontraba conduciendo en evidente estado ebriedad, lo que les constó por su fuerte halito alcohólico, rostro congestionado, e incoherencia al hablar, presentando inestabilidad al bajarse del móvil. Por esta condición es trasladado hasta el servicio de urgencia del hospital local, allí le efectuaron una extracción sanguínea la cual se envió al el servicio médico legal de la ciudad de Antofagasta, y a través de la alcoholemia N° 1741/2020, arrojo un resultado de 1.95 gramos de alcohol en litro de sangre. Añadir que tanto el ACUSADO como los acompañantes de aquél no portaban ningún permiso individual obligatorio y/o Salvoconducto, que los habilitaran a transitar y/o circular en dicho horario por calles de esta ciudad. Lo anteriormente expuesto, infringe lo dispuesto por la resolución del Ministerio de Salud N° 202, 203 y 424, que dispone como medida de aislamiento “la prohibición de circulación”, decretado producto del brote de COVID-19 del estado de pandemia mundial que afecta a nuestro país. El imputado acepta el procedimiento abreviado y el Tribunal resuelve: Calama, trece de abril de dos mil veintiuno Y teniendo además presente lo dispuesto en el artículo 110, 196 y 209 inciso segundo de la ley 18
Fallo
se resuelve: I. Que, se condena a SERGIO IGNACIO GALLARDO RIQUELME, cedula de identidad N° 0019090809- 7, ya individualizado, a la pena de 819 días de presidio MENOR en su grado MEDIO, multa de 05 unidades tributarias mensuales, suspensión de Licencia de Conducir por 5 años, pena accesoria de suspensión para cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena en su calidad de autor, por su XEXXXDXLND Jose Luis Ayala Leguas Juez de garantía Fecha: 15/04/2021 14:11:34 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl mailto:tomberryrapstyle@gmail.com responsabilidad a título de autor del delito de CONDUCCION DE VEHICULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD SIN HABER OBTENIDO LICENCIA DE CONDUCIR; y a la pena de multa de 1/3 Unidad Tributaria Mensual, en su calidad de autor, por su responsabilidad a título de autor del delito PONER EN RIESGO LA SALUD PUBLICA POR INFRACCION DE REGLAS HIGIENICAS O DE SALUBRIDAD, ambos delitos tipificados y castigados en el artículo 110, 196 y 209 inciso segundo de la ley 18.290, y 318 del Código Penal encontrándo
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ACTA DE AUDIENCIA PROCEDIMIENTO ABREVIADO RIT : 2730 - 2020 RUC : 2000542600-7 FECHA : trece de abril de dos mil veintiuno HORA INICIO : 10:48 hrs. HORA TÉRMINO : 11:05 hrs. DELITO : CONDUCCION DE VEHICULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD SIN HABER OBTENIDO LICENCIA DE CONDUCIR - PONER EN RIESGO LA SALUD PUBLICA POR INFRACCION DE REGLAS HIGIENICAS O DE SALUBRIDAD JUEZ : JOSÉ LUIS AYALA LEGUAS FISC
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