2º TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE SANTIAGO

C/ GEOFREY MARINO JAIME MAURICIO

Rol

O-270-2020

Fecha

14 de abril de 2021

Materia

ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos en que se fundó la acusación fueron los siguientes: “El día 8 de junio de 2019, aproximadamente a las 17:40 horas el acusado GEOFREY MARINO JAIME MAURICIO y el condenado Iván Cristóbal Ibáñez Salinas, junto a un tercer sujeto no identificado y previamente concertados, abordaron el vehículo PPU LJFR-89 que era conducido por la víctima Jonathan Cisternas Santibáñez, en calle Piedra Roja a la altura del numeral 1110, comuna de Quilicura. Una vez adentro del vehículo procedieron a intimidar a la víctima con un objeto con apariencia de arma de fuego corta, exigiéndole que se bajara del auto, golpeándolo con golpes de mano y también con el arma de fuego en la zona nasal. Producto de estas agresiones la víctima resultó con una laceración superficial de moca nasal, fosa izquierda, y escoriación superficial de codo izquierdo de carácter leve. A raíz de la violencia e intimidación ejercida la víctima descendió del vehículo, no obstante lo cual los imputados no pudieron huir en él, por haberse activado el sistema de bloqueo del móvil, huyendo del lugar a pie, sustrayendo el celular de la víctima marca Huawei, modelo Y7 y la suma aproximada de $8.000 en efectivo”. CALIFICACIÓN JURÍDICA DE LA FISCALÍA: A juicio del Ministerio Público, los hechos descritos precedentemente configuran el delito de ROBO CON VIOLENCIA E INTIMIDACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 436 inciso primero del Código Penal, en relación con los artículos 432 y 439 del mismo cuerpo legal. GRADO DE DESARROLLO DEL ILÍCITO: En opinión del ente persecutor, el delito materia de la presente acusación, se encuentra en grado de desarrollo consumado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7° del Código Penal. MXWXXCTBSX PATRICIA MARCELA ERAZO RIVERA Juez oral en lo penal Fecha: 14/04/2021 18:53:09 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al h

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el día viernes nueve de abril de dos mil veintiuno, ante esta Sala del Segundo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, integrada por los magistrados don Carlos Iturra Lizana, en su calidad de Juez Presidente de sala, doña Marlene Lobos Vargas como Juez Redactora y doña Marcela Erazo Rivera como Juez Integrante, se llevó a efecto mediante sistema de videoconferencia, específicamente zoom, la audiencia del juicio oral de la causa rol interno del Tribunal N° 270-2020, seguida en contra de Geofrey Marino Jaime Mauricio, sin apodos, Cédula de Identidad Nro. 23.195.073-7, nacido el día 13 de julio de 1999, de 21 años, estudiante de tercero y cuarto medio, soltero, domiciliado en calle Coposa, Block 582, departamento 221, de la comuna de Quilicura, quien comparece legalmente representado por la abogada defensora penal privada doña Jeanette Cofré Soto, con domicilio y forma de notificación ya registrada ante este Tribunal. Comparece, representando al Ministerio Público durante la audiencia, la fiscal titular doña Claudio González Soto, con domicilio y forma de notificación ya registrada en el Tribunal. ACUSACIÓN DEL MINISTERIO PÚBLICO: SEGUNDO: Que, los hechos en que se fundó la acusación fueron los siguientes: “El día 8 de junio de 2019, aproximadamente a las 17:40 horas el acusado GEOFREY MARINO JAIME MAURICIO y el condenado Iván Cristóbal Ibáñez Salinas, junto a un tercer sujeto no identificado y previamente concertados, abordaron el vehículo PPU LJFR-89 que era conducido por la víctima Jonathan Cisternas Santibáñez, en calle Piedra Roja a la altura del numeral 1110, comuna de Quilicura. Una vez adentro del vehículo procedieron a intimidar a la víctima con un objeto con apariencia de arma de fuego corta, exigiéndole que se bajara del auto, golpeándolo con golpes de mano y también con el arma de fuego en la zona nasal. Producto de estas agresiones la víctima resultó con una laceración superficial de moca nasal, fosa izquierda, y escoriación superficial de codo izquierdo de carácter leve. A raíz de la violencia e intimidación ejercida la víctima descendió del vehículo, no obstante lo cual los imputados no pudieron huir en él, por haberse activado el sistema de bloqueo del móvil, huyendo del lugar a pie, sustrayendo el celular de la víctima marca Huawei, modelo Y7 y la suma aproximada de $8.000 en efectivo”. CALIFICACIÓN JURÍDICA DE LA FISCALÍA: A juicio del Ministerio Público, los hechos descritos precedentemente configuran el delito de ROBO CON VIOLENCIA E INTIMIDACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 436 inciso primero del Código Penal, en relación con los artículos 432 y 439 del mismo cuerpo legal. GRADO DE DESARROLLO DEL ILÍCITO: En opinión del ente persecutor, el delito materia de la presente acusación, se encuentra en grado de desarrollo consumado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7° del Código Penal. MXWXXCTBSX PATRICIA MARCELA ERAZO RIVERA Juez oral en lo penal Fecha: 14/04/2021 18:53:

Fallo

fallo que quedó firme y ejecutoriado el mismo día de su dictación pues las partes renunciaron in actum a los plazos y recursos correspondientes, circunstancia que también se ve reflejada en el certificado emanado del funcionario Cosme Zavala Muñoz, jefe de unidad de causas del 4º Juzgado de Garantía de Santiago, que deja constancia que la sentencia dictada en causa RIT 1510-2018 de fecha 8 de Junio del 2018 se encuentra firme y ejecutoriada, por lo que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal, mientras que, por su parte, también se acompaña audiencia de Ley 18.216, en causa RIT 1510-2018, celebrada el día 06 de Agosto del 2018, presidida por la magistrado doña Francis Fell Franco, en la que se aprueba su plan de intervención individual. Y para contextualizar lo pertinente, en lo que dice relación al comportamiento anterior del inculpado, acompaña sentencia dictada en CAUSA RIT 919-2017 por el Segundo Juzgado de Garantía de Santiago, en procedimiento simplificado de fecha 01 de marzo del 2017, en la que Geofrey Marino Jaime Mauricio, es condenado como autor del delito de robo con intimidación consumado, ocurrido con fecha 21 de Enero del 2017, en la comuna de Quilicura, a sufrir la sanción de 541 días de presidio menor en su grado medio con el beneficio de la libertad asistida simple, fallo que quedó ejecutoriado el mismo día de su dictación por la renuncia de plazos y recursos que hacen los intervinientes, y por su parte se incorpora se

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1 Ministerio Público CONTRA: GEOFREY MARINO JAIME MAURICIO RUC: 1.900.614.925-4 RIT: 270-2020 DELITO: ROBO CON VIOLENCIA E INTIMIDACIÓN Santiago, catorce de abril de dos mil veintiuno. VISTOS, OÍDOS LOS INTERVINIENTES Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el día viernes nueve de abril de dos mil veintiuno, ante esta Sala del Segundo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, integrada por los magis

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