MINISTERIO PUBLICO . . C/ CARLOS HUMBERTO ACUÑA CUBILLOS
Rol
O-9316-2019
Fecha
13 de abril de 2021
Materia
HURTO FALTA (494 BIS CODIGO PENAL)., ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION.
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS HECHO 1 Que el 01 de diciembre de 2020, en horas de la mañana, los acusados GENARO ANTONIO GONZÁLEZ ESPINACE, FELIPE ANDRÉS OLAVE CERNA, CARLOS HUMBERTO ACUÑA CUBILLOS y JOSÉ ALFONSO PAVEZ PRADENAS concertados para cometer delito, ingresan mediante fractura de la puerta a la casa habitación, ubicada en la Ruta N 545, km. 27, comuna de Coihueco, de propiedad de la víctima, José Soriano Duarte, sustrayendo con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño, diversas especies, entre ellas, un bolso, un minicomponente, dos los lentes de sol, set de cuchillería y productos de aseo personal, acopiándolas para huir del lugar, siendo sosprendidos por Carabineros, quienes proceden a su detención. HECHO 2: Que el 06 de marzo de 2020, en horas de la mañana el acusado GENARO ANTONIO GONZÁLEZ ESPINACE, ingresó al Supermercado Acuenta, ubicado en Avenida Los Puelches Nº 1691, Chillán, sustrayendo desde las estanterías dos shampoo marca Head and Shoulders, avaluados en la suma de catorce mil novecientos ochenta pesos, apropiándoselos con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño. DELITO Robo en Lugar habitado Hurto Falta PARTICIPACIÓN Autor GRADO EJECUCIÓN Frustrado / Consumado CIRCUNSTANCIAS MODIFICATORIAS DE RESPONSABILIDAD PENAL ATENUANTES 11 N° 9 del C.P. AGRAVANTES No concurren EJECUTORIA DE SENTENCIA RENUNCIA A PLAZOS Y RECURSOS LEGALES SI, por lo que se tiene la presente sentencia como firme y ejecutoriada para todos los efectos legales. DEJA SIN EFECTO MEDIDAS CAUTELARES EL TRIBUNAL atendido lo resuelto, dispone DEJAR SIN EFECTO la medida cautelar decretada. CUMPLIMIENTO ART. 468 DEL C.P.P. - SERVICIO REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACIÓN DE SANTIAGO - CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DE SANTIAGO - CENTRO DE REINSERCIÓN SOCIAL DE CHILLÁN - SERVICIO REGISTRO ELECTORAL DE SANTIAGO - TRIBUNAL ELECTORAL REGIONAL DE ÑUBLE Remítase copia de sentencia, vía correo electrónico, a las instituciones que corresponda. OBSERVACIONES DEL TRIBUNAL - SIN OBSERVACIONES COPIA DE AUD
Fallo
Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los arts. 1, 11 N° 9, 14, 15, 21, 24, 29, 50, 67 y siguientes, 432, 440 N° 1, 494 bis del Código Penal; art. 45, 47, 297, 388, 340, 341, 406, 407, 410, 411, 412, 413 y 415 del Código Procesal Penal, y Ley N° 18.216, SE DECLARA: I.- Que se CONDENA sin costas a GENARO ANTONIO GONZÁLEZ ESPINACE, CEDULA DE IDENTIDAD N° 0016463351-9, ya individualizado, como autor de un delito de Robo en Lugar Habitado cometido el día 01 de diciembre de 2020 en esta ciudad en perjuicio de José Soriano Duarte y como autor de la falta de hurto del art. 494 bis del Código Penal ocurrido el 6 de marzo de 2020 en perjuicio de supermercado A Cuenta a sufrir la pena única de TRES AÑOS Y UN DÍA de presidio menor en su grado máximo, más las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena. II.- Que reuniéndose los requisitos del art. 15 bis de la Ley N° 18.216, se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena sustitutiva de LIBERTAD VIGILADA INTENSIVA por igual termino que el de la pena impuesta, debiendo presentarse al CRS de Chillán y, además, cumplir durante el tiempo de control con el programa de intervención individual que se apruebe en su momento y las condiciones legales de las letras a), b) y c) del art. 17 de la Ley N° 18.216, adicionalmente se impone al sentenciado las condici
Texto Completo (Preview)
________________________________________________________________________________________________________ ____________ Juzgado de Garantía de Chillán - Av. Ecuador #1167, Chillán - (42) 2249459 - e-mail: jgchillan@pjud.cl AUDIENCIA DE PREPARACIÓN DE JUICIO ORAL Fecha Chillán, trece de abril de dos mil veintiuno Ruc N° 1901295220-4 Rit N° 9316 - 2019 Magistrado: CARLOS ANTONIO BENAVENTE GARCIA.
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica