C/ ÁLVARO ANDRÉS BENAVIDES SALAZAR
Rol
O-10943-2019
Fecha
9 de abril de 2021
Materia
LESIONES GRAVES.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS LOS ANTECEDENTES Y,
Fundamentos
CONSIDERANDO: 1°).- Que, ante este Segundo Juzgado de Garantía de Santiago la Fiscalía acusó a ÁLVARO ANDRÉS BENAVIDES SALAZAR, RUT 16199021-3, domiciliado en Alejandro Vial 8719, la Cisterna, fundado además lo anterior en los antecedentes de hecho y de derecho que a continuación se pasa a exponer; 2).- HECHOS: El día 14 de octubre del año 2019, a eso de las 20:20 horas aproximadamente, en el interior del supermercado Santa Isabel, ubicado en avenida Domingo Santa Maria n° 3962, de la comuna de Renca, el imputado Álvaro Benavides Salazar, utilizando un elemento contundente agredió a la víctima Jaime Ortiz Guerra quien resulto con pérdida de piezas dentarias, hematoma perilesional, pérdida total de incisivo central superior izquierdo, lesiones de carácter graves según informe médico legal n° 3634-19, de fecha 16.12.2019, lesiones que suelen sanar salvo complicaciones en 32 a 35 días. Que, se ha calificado estos hechos como lesiones graves del artículo 397 n° 2 del Código Penal, solicitando la imposición de la pena de 541 días de presidio menor en su grado medio, más las accesorias correspondientes. 3°).- Que se da por probado el hecho que se describirá en el motivo siguiente sobre la base de la aceptación que el acusado manifestó respecto a los antecedentes de la investigación que son los siguientes: 1. Parte detenidos n° 4656 de fecha 15.10.2019 de la 7° comisaria de Renca. Al cual se adjunta la declaración de la víctima y del funcionario Pedro Cid Manríquez. 2. Ip n° 231 de fecha 12.02.2020 de la 7° comisaria de Renca. 3. Informe médico legal n° 3634-19 de la Victima Jaime Emmanuel Ortiz Guerra de fecha 16.12.2019. 4. Declaración en fiscalía de fecha 30.10.2019 de la víctima. 5. Certificado de atención medica de la víctima y documentos adjuntos. 6. Informe pericial n° 3905, de fecha 12.07.2020, de las grabaciones del día de los hechos donde se aprecia el lugar y las lesiones de la víctima. 7. Modificatorias: articulo 11 n° 9. Tiene 2 condenas por hurto falta. 4°).- Que, los hechos descritos constituyen delito el delito de lesiones graves pues un tercero hirió a otro provocándole lesiones al ofendido enfermedad o incapacidad para el trabajo por más de treinta días. 5°).- Que los mismos antecedentes de la investigación ya reseñados unidos a YBVBXCXXCR RODRIGO AGUSTIN GARCIA LEON Juez de garantía Fecha: 14/04/2021 13:35:07 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl la aceptación expresa de los mismos y de los hechos formulados en la acusación, son suficientes para tener por acreditada su participaci
Fallo
SE DECLARA: 1º) Que se condena a ÁLVARO ANDRÉS BENAVIDES SALAZAR, RUT 16199021-3, ya individualizado, a la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DIAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, accesoria de suspensión para cargos y oficios durante el tiempo de condena, sin costas, en calidad de autor del delito de lesiones graves, consumado, perpetrado el día 14 de octubre del año 2019. 2) Que, reuniéndose los requisitos del artículo 4 de la ley 18.216 se le concede beneficio de la remisión condicional de la pena fijándose como periodo de observación de 541 días, para cuyo efecto deberá ser presentada dentro de quinto día de ejecutoriado el fallo ante el establecimiento de Gendarmería bajo apercibimiento de revocación. En caso de pérdida del beneficio le servirá de abono el 15 de octubre de 2019 y 5 de enero de 2021. Ejecutoriada que sea esta resolución, dése cumplimiento en su oportunidad a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal RUC 1901111182-6 RIT 10943- 2019 Pronunciada por don Rodrigo Agustín García León, Juez del Segundo Juzgado de Garantía de Santiago. YBVBXCXXCR RODRIGO AGUSTIN GARCIA LEON Juez de garantía Fecha: 14/04/2021 13:35:07 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m
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Santiago, nueve de abril de dos mil veintiuno. OÍDOS LOS INTERVINIENTES, VISTOS LOS ANTECEDENTES Y, CONSIDERANDO: 1°).- Que, ante este Segundo Juzgado de Garantía de Santiago la Fiscalía acusó a ÁLVARO ANDRÉS BENAVIDES SALAZAR, RUT 16199021-3, domiciliado en Alejandro Vial 8719, la Cisterna, fundado además lo anterior en los antecedentes de hecho y de derecho que a continuación se pasa a exponer;
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