Juzgado de Garantía de Valparaíso.

ALEXIS AUGUSTO MARTINEZ APABLAZA C/ RICARDO JESÚS ORELLANA VARGAS

Rol

O-5785-2020

Fecha

12 de abril de 2021

Materia

CONTRA SALUD PÚBLICA. ARTS. 313 D AL 315 Y ART. 317.

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No especificado

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Hechos

RUC 2000607690-5 RIT 5785 - 2020 Imputado: RICARDO JESÚS ORELLANA VARGAS, cédula nacional de identidad N°18.568.095-9, domiciliado en calle Trinquete N° 662, Cerro Mariposa, Valparaíso. Valparaíso, doce de abril de dos mil veintiuno. Teniendo además presente lo dispuesto en los artículos, 1, 3 y siguientes del Código Penal; 297, 340, siguientes, 388 y siguientes, del Código de Procesal Penal, se declara: Que se rechaza el requerimiento interpuesto y, en consecuencia, se absuelve a RICARDO JESÚS ORELLANA VARGAS, ya individualizado, de los cargos formulados en su contra de que habría sido autor del delito previsto y sancionado en el artículo 318 del Código Penal y que se habría cometido el día 15 de junio del año 2020. No se condena en costas al Ministerio Público por entender que tuvo

Fundamentos

motivos plausibles para litigar. Regístrese.- Dictada por M. MARISOL GONZÁLEZ VERA, Jueza de Garantía de Valparaíso. TBCBXCLXXP Mirtza Marisol Gonzalez Vera Juez de garantía Fecha: 14/04/2021 12:09:10 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 2021-04-14T13:08:46-0400 Corte Suprema Mirtza Marisol Gonzalez Vera Verificación Legal

Fallo

se declara: Que se rechaza el requerimiento interpuesto y, en consecuencia, se absuelve a RICARDO JESÚS ORELLANA VARGAS, ya individualizado, de los cargos formulados en su contra de que habría sido autor del delito previsto y sancionado en el artículo 318 del Código Penal y que se habría cometido el día 15 de junio del año 2020. No se condena en costas al Ministerio Público por entender que tuvo motivos plausibles para litigar. Regístrese.- Dictada por M. MARISOL GONZÁLEZ VERA, Jueza de Garantía de Valparaíso. TBCBXCLXXP Mirtza Marisol Gonzalez Vera Juez de garantía Fecha: 14/04/2021 12:09:10 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 2021-04-14T13:08:46-0400 Corte Suprema Mirtza Marisol Gonzalez Vera Verificación Legal

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RUC 2000607690-5 RIT 5785 - 2020 Imputado: RICARDO JESÚS ORELLANA VARGAS, cédula nacional de identidad N°18.568.095-9, domiciliado en calle Trinquete N° 662, Cerro Mariposa, Valparaíso. Valparaíso, doce de abril de dos mil veintiuno. Teniendo además presente lo dispuesto en los artículos, 1, 3 y siguientes del Código Penal; 297, 340, siguientes, 388 y siguientes, del Código de Procesal Penal, se

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