MP C/ JORGE DOMINGO RONDON OLIVOS
Rol
O-5390-2020
Fecha
12 de abril de 2021
Materia
FALTA DE RESPETO A AUTORIDAD PÚBLICA (495 Nº 4 CÓDIGO PENAL)
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 20 de mayo de 2020 alrededor de las 17,40 horas, en circunstancias que el cabo Patricio Riquelme González y el carabinero Nicolás Jiménez Cid; funcionarios de carabineros de la Subcomisaria Diego Portales, adoptaba un procedimiento por el delito de robo con intimidación en la afueras del domicilio ubicado en Isla Mocha, block 01432 de Villa Parque Isluga de esta ciudad, la imputada Walkiria Yanere Olmos Ochoa , quien se encontraba en estado de ebriedad, se descontrolo lanzando golpes de pies y puños con claras intenciones de agredir al personal policial señalándole posteriormente “me los voy a pitiar pacos culiaos”. El Ministerio Público recalifica los hechos a la falta de respeto a la autoridad. Circunstancias modificatorias de responsabilidad penal: No se invocan Sentencia Rancagua, doce de abril de dos mil veintiuno Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, la resolutiva es del siguiente tenor: Y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos pertinentes, se declara: I.- Que se CONDENA A WALKIRIA YANERE OLMOS OCHOA, ya individualizada, al pago de una MULTA DE UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL por su responsabilidad en calidad de autora del ilícito de falta de respeto a la autoridad, consumada previsto y sancionado en el artículo 495 N° 4 del Código Penal, hecho cometido en Rancagua en grado consumado el día 20 de mayo de 2020. II.- Que la pena de multa impuesta se le da por cumplida con los días que permaneció privada de liberta con ocasión de estos antecedentes. III.- Teniendo presente que ha admitido responsabilidad en los hechos materia del requerimiento, permitiendo la aplicación de este procedimiento breve y concentrado, se le exime del pago de las costas de la causa. Ejecutoriada que sea esta sentencia, certifíquese ese hecho por el jefe de Unidad de Causas y cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su opor
Fallo
se declara: I.- Que se CONDENA A WALKIRIA YANERE OLMOS OCHOA, ya individualizada, al pago de una MULTA DE UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL por su responsabilidad en calidad de autora del ilícito de falta de respeto a la autoridad, consumada previsto y sancionado en el artículo 495 N° 4 del Código Penal, hecho cometido en Rancagua en grado consumado el día 20 de mayo de 2020. II.- Que la pena de multa impuesta se le da por cumplida con los días que permaneció privada de liberta con ocasión de estos antecedentes. III.- Teniendo presente que ha admitido responsabilidad en los hechos materia del requerimiento, permitiendo la aplicación de este procedimiento breve y concentrado, se le exime del pago de las costas de la causa. Ejecutoriada que sea esta sentencia, certifíquese ese hecho por el jefe de Unidad de Causas y cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Téngase presente la renuncia que los intervinientes han hecho a los plazos para recurrir de la sentencia, por lo que ella se encuentra EJECUTORIADA. Remítase copia simple del acta de esta audiencia vía correo electrónico a los intervinientes. RUC: 2000512607-0 RIT: 5390 - 2020 Dictada por GIANNI RICARDO LIBRETTI PEÑA, Juez de Garantía de Rancagua. Audiencia tramitada: ecm sala 3 NRJEXCMCXG Gianni Ricardo Libretti Peña Juez de garantía Fecha: 13/04/2021 19:40:54 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP:/
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Juzgado de Garantía de Rancagua Avda. Libertador Bernardo O´Higgins # 720 Fono: 72 220 77 00 jgrancagua@pjud.cl / www.poderjudicial.cl ACTA DE AUDIENCIA doce de abril de dos mil veintiuno Ruc: 2000512607-0 Rit: 5390 - 2020 Hora Inicio: 10:49 Hora Término: 11:01 Juez: Gianni Ricardo Libretti Peña Tipo Audiencia: Preparación juicio simplificado Imputado: Walkiria Yanere Olmos Ochoa C.I. N° 33.211.38
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