ENZO ANDRES PALMA AGUILAR C/ SERGIO FRANCISCO MENA OLIVARES
Rol
O-12375-2020
Fecha
12 de abril de 2021
Materia
INFRINGIR NORMAS HIGIÉNICAS Y DE SALUBRIDAD
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: El día 10 de Septiembre del año 2020, alrededor de las 12:25 horas, los requeridos Sergio Mena Olivares, Víctor Otárola González, Maykol Vega Órdenes y Flavio Chacana Cuello, fueron sorprendidos por personal de Carabineros, caminando por calle San Antonio con intersección de calle 14 Norte, Viña del Mar, sin contar con el permiso de desplazamiento correspondiente, poniendo en peligro con ello la salud pública, al infringir la medida dispuesta por la autoridad sanitaria a través de Resolución Exenta del Ministerio de Salud N°448 de fecha 10 de Junio de 2020, publicada en el Diario Oficial de fecha 11 de Junio de 2020, prorrogada por las Resoluciones Exentas N°467, N° 479, N° 504, 520, 562, 575 y 606, de fechas 17 de Junio de 2020, 24 de Junio de 2020, 01 de Julio, 08 de Julio, 15 de Julio, 22 de Julio y 29 de Julio de 2020, respectivamente, consistente en la obligación para los habitantes de las comunas de Viña del Mar y Valparaíso, entre otras, de permanecer en sus domicilios, como medida de aislamiento, desde las 22:00 hrs del día 12/06/2020. La medida de aislamiento sanitario antes identificada se impartió para dichas comunas, como medida de salubridad, por un plazo de 7 días, prorrogables si la situación epidemiológica lo hace aconsejable, y bajo el alero del DS Nº104, de fecha 18 de marzo de 2020 y publicado en el D.O el mismo día, mediante el cual se decretó el estado de excepción constitucional de catástrofe en todo el territorio nacional, el cual fue prorrogado por DS Nº269, de fecha 12 de junio de 2020 y publicado en el D.O de fecha 16/06/2020, cuyo fundamento se encuentra, a su vez, según consideran ambos decretos, en la circunstancia de propagación a nivel mundial, conocida públicamente, del virus denominado coronavirus -2 (SARS – CoV -2) el que, a su vez, produce la enfermedad del coronavirus (COVID-19), y que tiene a Chile, desde el día 05 de febrero de 2020, en estado de Alerta Sanitaria, establecido mediante el Decreto Nº4 del Ministerio de Sa
Fallo
se resuelve lo siguiente: I. Que se condena a SERGIO MENA OLIVARES y MAYKOL VEGA ÓRDENES, al pago de una multa de un tercio de unidad tributaria mensual, cada uno, como autores del delito consumado previsto y sancionado en el artículo 318 del Código Penal, perpetrado en esta ciudad, el día diez de septiembre del año dos mil veinte. II. Que se suspende la imposición de la multa o del pago de la multa por el término de 6 meses, según lo que dispone el artículo 398 del Código Procesal Penal, pasado dicho plazo se dictará la resolución que en derecho corresponda. III. Para el evento que los imputados se les deje, si alguno de los imputados se les deja sin efecto la aplicación del artículo 398 del Código Procesal Penal, se deberá pagar la multa en el plazo de, en el mes siguiente a que esa resolución se dicte. IV. Que se exime a ambos imputados del pago de las costas de las causas. Regístrese, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Las partes quedan debidamente notificadas. Dirigió la audiencia y resolvió don RODOLFO ARTURO MORENO OSSES, Juez de Garantía de Viña del Mar. CWFXXBLBXW Rodolfo Arturo Moreno Osses Juez de garantía Fecha: 13/04/2021 08:05:14 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A n
Texto Completo (Preview)
Fecha Viña del Mar, doce de abril de dos mil veintiuno RUC 2000932843-3 RIT 12375 - 2020 NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION COMUNA SERGIO FRANCISCO MENA OLIVARES, comparece. 0012822203-0 Sector REÑACA ALTO CALLE LONQUIMAY BLOCK 1 DPTO Nº 22. Viña del Mar. MAYKOL CRISTÓBAL VEGA ÓRDENES, comparece. 0020688548-3 Sector MIRAFLORES GRANADILLA BLOCK 3 DPTO Nº 17. Forma especial de notificación: maykolve
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