Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique.

FISCALIA IQQ C/ DARIAN PATRICIO AGUIRRE ESPINOZA

Rol

O-10-2021

Fecha

12 de abril de 2021

Materia

POSESIÓN O TENENCIA DE ARMAS PROHIBIDAS

Resultado

No especificado

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Hechos

visto al peruano; que todos los sábados salía a fiestas, hasta que se acababan, como a las 7 u 8 de la mañana, porque aunque se cierran las discotecas, afuera se mantiene el carrete. Expresó, que en la “T”, el sujeto sacó de la guantera un arma y la exhibió a los pares, que se agruparon, momento en que él no estaba junto al referido, al que habló cuando bajó del pickup pidiéndole irse, mientras Darian seguía dentro del vehículo; que al bajar de Alto Hospicio, el sujeto nunca exhibió, ni habló de un arma, la que sacó de la guantera; que él no tocó el arma, y al subir al vehículo no había mayor peligro, tampoco al ver a los carabineros, y si huyó fue por la amenaza del sujeto de disparar contra Darian, quien siempre estuvo dentro del vehículo, pues no bajó, ni vio el arma. Sostuvo, que nunca sacó su cuerpo por la ventana ni lanzó un objeto a la carretera, porque iba conduciendo, llevando a Darian a su lado, y al sujeto en el asiento del copiloto, quien fumaba con la mano izquierda y apuntaba a Darian con la derecha; que fue él quien detuvo la marcha del vehículo, simulando que se enterraba, para que no se percatara el sujeto y así proteger la integridad de su amigo, ambos huyeron separados, tirándose al piso cuando empezaron los disparos, después los policías los esposaron, uno de ellos en su mano izquierda, y siguió al peruano, escuchando cerca de 8 disparos, y finalmente los revisaron, quedando la camioneta enterrada. Por su parte, Darian Aguirre declaró: que al término de la fiesta en que compartió con Carlos Valenzuela, cerca de las 5 de la madrugada, el peruano preguntó a los dos si tenían licencia, ofreciéndose Carlos, entonces bajaron a Iquique, y como él había bebido y se sentía mal, se puso como a dormir, y después, Carlos dijo que se fueran, y cuando pasaban por el Parque del Sendero aparecieron los carabineros ordenándoles detenerse, entonces el sujeto sacó una cosa desde la guantera, como un cargador de arma y lo puso en su pie derecho, y empezó la perse

Fallo

Por lo expuesto, desestimamos la alegación de la defensa de tratarse el artefacto recogido y periciado de una pieza ajena a los hechos de esta causa, por el testimonio claro del policía Soto, al relatar la búsqueda y hallazgo de la pistola Glock en la carretera con sus daños y municiones, dando continuidad e ilación a lo relatado por el oficial Ibáñez sobre el lanzamiento de la misma por el copiloto del vehículo, resultando explicable la distinta XRFRXBHZTR Juana Rosa Rios Meza Juez oral en lo penal Fecha: 12/04/2021 16:26:01 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 19 ubicación del artefacto, de su cargador y sus municiones, a unos 10 metros de distancia, por la fuerza del impacto, atendida la velocidad de los vehículos, según se desprende del relato policial. Sobre el informe de la autoridad fiscalizadora incorporado, y dando cumplimiento a lo ordenado en el inciso segundo del artículo 297 del Código Procesal Penal, debemos decir que sólo lo consideramos como demostrativo de su contenido, porque respecto del delito imputado no suma

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1 C/ CARLOS SAÚL AHIAS VALENZUELA TAPIA Y OTRO PORTE DE ARMA DE FUEGO PROHIBIDA RUC N° 1901177212-1 RIT N° 10-2021 Iquique, doce de abril de dos mil veintiuno. CON LO PRESENCIADO EN EL JUICIO ORAL. PRIMERO: Que, los días 25 y 26 de marzo pasado y 7 de abril en curso, ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique, integrado por los jueces Sres. Juan Daniel Pozo Araya, Juan Ibacache Cif

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