ALEJANDRO IGNACIO INOSTROZA SILVA C/ CÉSAR ARMANDO MONTECINOS LAGOS
Rol
O-1858-2019
Fecha
12 de abril de 2021
Materia
FALSIFICACION LICENCIA DE CONDUCIR Y OTRAS FALSIFICACIONES.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: “Los
Fundamentos
fundamentos y consideraciones constitutivos de la presente sentencia se encuentran íntegramente registrados en el audio de la audiencia relativa a esta causa”. Y con lo expuesto y visto lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 11 N°9, 14 N°1, 15 N°1, 24, 25, 30, 49, 51, 67, 69, 70, del Código Penal. 36, 45, 47, 49, 295, 296, 297, 340, 341, 342, 346, 348, 406 y siguientes del Código Procesal Penal, 192 letra B) de la ley 18.290,
Fallo
se declara: I.- Que se condena a don CÉSAR ARMANDO MONTECINOS LAGOS, cédula de identidad 13.061.829-4, domiciliado en CALLE RIO RAHUE, VILLA SANTA ELENA Nº 1394, LA FLORIDA, a la pena de 541 DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, accesoria de suspensión de cargo u oficio público mientras dure la condena, a pagar una MULTA A BENEFICIO FISCAL DE UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUALES y a la suspensión de su licencia de conducir por el periodo de 18 meses, en su calidad de autor de un delito de conducción de vehículo motorizado utilizando a sabiendas licencia de conductor falsa, delito que se encuentra descrito y sancionado en el artículo 192 letra b) la ley 18.290, cometido el día 21 de diciembre del año 2018, en la comuna de La Ligua, territorio jurisdiccional de este tribunal. II.- Que no reuniéndose en este caso los requisitos de la Ley N°18.216 la pena deberá cumplirse de manera efectiva. III.- Se otorga al sentenciado la posibilidad de pagar la multa impuesta en plazo de 30 días. Contados desde que el fallo se encuentre ejecutoriado. IV.- Que en atención a la naturaleza del procedimiento desarrollado, se exime al sentenciado del pago de las costas del proceso. V.- Se deja constancia que el imputado no hace entrega su licencia de conducir para su debida custodia. Se deja constancia que los intervinientes renuncian a los plazos y recursos legales. Certifíquese en su oportunidad que la sentencia definitiva se encuentra ejecutoriada, y el cumplimiento de lo dispuest
Texto Completo (Preview)
Juzgado de Garantía La Ligua – Uribe N° 10 – Fono/Fax: (33) 713045 – 713054 correo electrónico: jglaligua@pjud.cl SENTENCIA, PROCEDIMIENTO ABREVIADO. La Ligua, doce de abril de dos mil veintiuno. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: “Los fundamentos y consideraciones constitutivos de la presente sentencia se encuentran íntegramente registrados en el audio de la audiencia relativa a esta causa”. Y con lo
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