SEBASTIAN IGNACIO ESCAMILLA MARTINEZ C/ CARLOS JAVIER MOREIRA SÁNCHEZ
Rol
O-2062-2020
Fecha
23 de marzo de 2021
Materia
RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos y oídos: Primero: Que Adelina Barriga Araneda, Fiscal Adjunto de Temuco presentó acusación en contra de Carlos Javier Moreira Sánchez, cédula de identidad N° 19.809.505-2, nacido el día 3 de enero de 1998, se desconoce profesión u oficio, domiciliado en calle Laraquete 0858 de Temuco, representado por la abogado defensora Valeria Basiio Rudige. La acusación se fundamentó en los siguientes hechos: “El día 18 de mayo de 2019, alrededor de las 22:30 horas, el imputado Carlos Moreira Sanchez fue sorprendido por personal de Carabineros circulando en la motocicleta marca Loncin, modelo LX125, PPU. OD-0254 por la calle Sergio Gajardo de Temuco, vehículo que mantenía encargo por robo, por lo cual el imputado al verse sorprendido por el personal policial dejó abandonada la motocicleta y huyó del lugar. Dicha motocicleta había sido sustraída el mismo día a la víctima S.I.E.M. quien realizó la denuncia respectiva en la Segunda Comisaría de Temuco, y cuyo avalúo fiscal al momento de los hechos asciende a $ 400.000. El imputado sabía o no podía menos que conocer el origen ilícito del vehículo en cuestión”. Según la Fiscalía los hechos descritos son constitutivos del delito de receptación de vehículo, en grado de consumado, ilícito previsto y sancionado en el artículo 456 bis A del Código Penal. Invocó respecto del acusado las agravantes de los artículos 12 N° 15 y 12 N° 16 del Código Penal y solictó imponerle una pena de cinco años de presidio menor en su grado máximo y multa de $400.000, además de las penas accesorias que correspondan y las costas de la causa. Segundo: Que según la Fiscalía los antecedentes que acreditan el hecho punible y la participación son los siguientes: 1.- Declaración de S.I.E.M. quien señaló que le fue sustraída su motocicleta marca Loncin, modelo LX125, PPU. OD-0254 y que hizo denuncia en la Segunda Comisaría de Temuco. 2.- Declaración de los empleados públicos Diego Dorador Vitali, Terko Ivo Martinovic, Diego Segundo Telles Villanueva seña
Fallo
SE DECLARA: 1.- Que se acoge la acusación del ministerio público, solo en cuanto se condena a Carlos Javier Moreira Sánchez, ya individualizados, a cumplir la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena y al pago de una multa de un tercio de unidad tributaria mensual como autor del delito de receptación de vehículo motorizado, perpetrado el día 18 de mayo de 2019 en esta ciudad, sin costas, por haber aceptado un procedimiento abreviado. 2.- La pena impuesta debe ser cumplida en forma efectiva, contándose desde que se de ingreso para su cumpliemiento, ya que se encuentra en prisión preventiva en la causa RIT 8282-2019 de este mismo tribunal. 3.- La multa se sustiute por reclusión, se imputa el día de l reclusión y se da por cumplida. Ténganse por notificados los intervinientes presentes en esta audiencia y a todo aquel que haya debido asistir a la misma. Cúmplase en su oportunidad con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese, comuníquese y archívese cuando corresponda. RUC 1900531736-6 RIT 2062-2020 Dictada por Federico Eugenio Gutiérrez Salazar, Juez del Juzgado de Garantía de Temuco. XLHDXBFGRM Federico Eugenio Gutierrez Salazar Juez de garantía Fecha: 12/04/2021 11:04:06 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VER
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[Escriba texto] [Escriba texto] Temuco, veintitrés de marzo de dos mil veintiuno. Vistos y oídos: Primero: Que Adelina Barriga Araneda, Fiscal Adjunto de Temuco presentó acusación en contra de Carlos Javier Moreira Sánchez, cédula de identidad N° 19.809.505-2, nacido el día 3 de enero de 1998, se desconoce profesión u oficio, domiciliado en calle Laraquete 0858 de Temuco, representado por la abog
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