3º TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE SANTIAGO

C/ CARLOS ANDRÉS MUÑOZ SILVA

Rol

O-13-2021

Fecha

11 de abril de 2021

Materia

CONTRA SALUD PÚBLICA. ARTS. 313 D AL 315 Y ART. 317., ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que el día seis de abril del año en curso, ante la Sala del Tercer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, conformada por los jueces doña Nelly Villegas Becerra como juez presidente, doña Paola Orellana Torres en calidad de juez redactor y don Julio Castillo Urra como tercer juez integrante, todos ellos subrogando legalmente, se llevó a efecto el Juicio Oral Rol Único de Causa Nº 2000777945-4, Rol Interno del Tribunal Nº 13-2021, seguido en contra de los acusados CARLOS ANDRÉS MUÑOZ SILVA, cédula de identidad N° 14.160.151- 2, nacido en Santiago el 27 de mayo de 1981, de 39 años de edad, soltero, mueblista, domiciliado en Avenida Américo Vespucio N° 8729, Villa O’Higgins, comuna de La Florida y PEDRO EMILIO BURGOS MUÑOZ, cédula de identidad N° 12.898.383-k, nacido en Santiago el 01 de enero de 1974, de 47 años de edad, soltero, conductor de locomoción colectiva, domiciliado en Avenida Américo Vespucio N° 8836, Block 27, departamento 24, comuna de La Florida. Sostuvo la acusación el Ministerio Público, representado por la Fiscal Adjunto doña Carmen Gloria Guevara Mendoza, en tanto la defensa de los acusados, estuvo a cargo del abogado Defensor Penal Público don Cristian Parodi Herrera, ambos con domicilio y forma de notificación ya registrados en el Tribunal. Oídos los intervinientes en juicio oral y

Fundamentos

considerando: PRIMERO: Acusación Fiscal. Que el Ministerio Público, según se lee en el auto de apertura del juicio oral, fundó la acusación en los siguientes hechos: “Con fecha 31 de julio de 2020 aproximadamente a las 15:55 horas, los acusados CARLOS ANDRES MUÑOZ SILVA y PEDRO EMILIO BURGOS MUÑOZ, se dirigieron a la propiedad que habitan las víctimas Erick Astorga, Aníbal Aranda y Vanessa Pérez, ubicada en calle Francisco Bilbao n° 925, comuna de Providencia, e ingresaron a la misma forzando con un elemento apto para ello, la chapa de la reja perimetral del inmueble. Luego atravesaron una reja peatonal que no mantenía seguro, y se dirigieron a un patio trasero, desde donde sustrajeron un PAOLA ALEJANDRA ORELLANA TORRES Juez Redactor Fecha: 12/04/2021 10:34:11 NELLY MAGDANELA VILLEGAS BECERRA Juez Presidente Fecha: 12/04/2021 11:15:14 PDCPXBNDCN JULIO CESAR CASTILLO URRA Juez Integrante Fecha: 12/04/2021 11:24:50 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl parlante grande marca Phillips, un casco de motocicleta color negro y tres botellas de vino que estaban en un refrigerador que las víctimas mantienen en ese patio. Especies avaluadas en la suma de $560.000-. Los acusados huyeron del lugar con las especies sustraídas, y fueron detenidos minutos más tarde tanto por las víctimas con ayuda de transeúntes y funcionarios municipales en la calle Elena Blanco, cercana al domicilio de las víctimas. Carabineros llegó al lugar de detención y encontró en poder del imputado Carlos Muñoz un destornillador tipo paleta de 12 cm de largo marca Stanley. Los acusados no contaban con permiso temporal para transitar por la vía pública, infringiendo con ello la medida de aislamiento sanitario que impone la obligación de los habitantes de algunas comunas de la Provincia de Santiago de permanecer en sus residencias decretada por la autoridad mediante resolución del Ministerio de Salud estableciendo la cuarentena para la comuna de Providencia bajo la vigencia del estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública ante la pandemia COVID19, poniendo con ello en peligro la salud pública frente a la posibilidad de contagio y propagación de la enfermedad.” A juicio de la Fiscalía, tales hechos configuran el delito de robo en lugar habitado o destinado a la habitación, descrito y sancionado en los arts. 440 Nº 1° en relación al 432 del Código Penal y el ilícito contemplado en el artículo 318 del Código Penal, ambos cometidos en grado de ejecución consumados, en los cuales ha correspondido participación a los acusado

Fallo

En mérito de lo expuesto, se encuentra fehacientemente acreditado que dos sujetos ingresaron al interior del inmueble mediante la fractura del cierre perimetral, que se encontraba totalmente cerrado y una vez en su interior procedieron a sustraer diversas especies, huyendo con ellas del lugar. De lo anterior se colige, que los sujetos activos ingresaron mediante escalamiento, hipótesis fáctica que se ajusta plenamente a lo establecido en la circunstancia primera del artículo 440 del Código Penal. Otro punto en discusión en el presente juicio fue la naturaleza del inmueble donde se produjeron los hechos, resultando crucial, entonces, determinar si éste corresponde efectivamente a un lugar habitado o destinado a la habitación o a sus dependencias. Al efecto, se contó en primer término con el testimonio de Erick Alejandro Astorga Arancibia, quien refirió que en esa época vivía en el lugar junto con Vanessa Pérez y Aníbal Aranda, que es una casa de tres pisos, donde ellos arriendan habitaciones y todos los espacios son compartidos y públicos. Al Tribunal, aclaró que los tres vivían juntos, el espacio del primer piso era común de los tres, en la primera planta, atrás, había habitaciones que en el momento de los hechos no estaban ocupadas y a la defensa señaló que se trataba de una casa común, todos utilizaban los baños y la cocina, además de todas las especies, ya PAOLA ALEJANDRA ORELLANA TORRES Juez Redactor Fecha: 12/04/2021 10:34:11 NELLY MAGDANELA VILLEGAS BECERRA Juez Presi

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RUC N° 2000777945-4 RIT N° 13-2021 C/ CARLOS ANDRÉS MUÑOZ SILVA Y OTRO ROBO EN LUGAR HABITADO E INFRACCIÓN ARTÍCULO 318 CODIGO PENAL Santiago, once de abril de dos mil veintiuno. VISTOS: Que el día seis de abril del año en curso, ante la Sala del Tercer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, conformada por los jueces doña Nelly Villegas Becerra como juez presidente, doña Paola Orellana

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