Juzgado de Garantía de Temuco.

MP C/ PABLO ANDRÉS MUÑOZ CARO

Rol

O-2058-2021

Fecha

12 de abril de 2021

Materia

INFRINGIR NORMAS HIGIÉNICAS Y DE SALUBRIDAD, ROBO CON INTIMIDACION.

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos y oídos: Primero: Que Patricio Montecinos Hernández, fiscal adjunto de Temuco presentó acusación verbal en contra de Pablo Andrés Muñoz Caro, cédula de identidad N° 19.199.486-8, nacido el día 23 de julio de 1996, se desconoce profesión u oficio, domiciliado en calle Los Costumbristas N° 0517, Fundo El Carmen, Temuco, representado por el abogado Rodrigo Espinoza Muñoz. La acusación se fundamentó en los siguientes hechos: “El día 6 de marzo del año 2021, siendo aproximadamente las 10:00 horas, el acusado Pablo Andrés Muñoz Caro, en circunstancias que se encontraba en la intersección de calles La Tranqueras con Los Arrieros de la ciudad de Temuco, hizo parar el taxi colectivo de la Línea 111 placa patente única HWYP.91, que era conducido por la víctima de iniciales T.E.R.Z, sentándose el acusado en el asiento del copiloto, y al llegar a la intersección de calles Altamira con Javiera Carrera, sacó una cortapluma y procedió a amenazar a la víctima, señalándole a viva voz “para y bájate concha de tu madre o te voy a apuñalar” procediendo después a arrebatarle el teléfono celular marca Huawei, bajándose la víctima del vehículo, dándose a la fuga el acusado en el vehículo de la víctima y demás especies sustraídas por diversas calles, siendo interceptado por Carabineros en calle Chacalluta frente al N°01260 de la ciudad de Temuco, lugar donde fue detenido el acusado encontrando en su poder las especies sustraídas y una cortapluma; estableciéndose además que el acusado Pablo Andrés Muñoz Caro no tenía permiso individual o colectivo que lo autorizara para transitar por la vía pública infringiendo con ello la resolución N°219 exenta del Ministerio de Salud que declaró la cuarentena total para la comuna de Temuco y poniendo con ello en riesgo la salud pública” Según la Fiscalía los hechos descritos son constitutivos de los siguientes delitos: 1) Un delito de robo con intimidación, previsto y sancionado en el artículo 436 del Código Penal, participación en calidad de aut

Fallo

Se declara: 1.- Que se acoge la acusación del ministerio público, solo en cuanto se condena a Pablo Andrés Muñoz Caro, ya individualizados, a cumplir las penas de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena y comiso, como autor del delito de robo con intimidación y al pago de una multa de un tercio de unidad tributaria mensual, como autor de la infracción del artículo 318 del Código Penal, ilícitos perpetrados el día 6 de marzo de 2021 en esta ciudad, sin costas, por haber aceptado un procedimiento abreviado. 2.- Que la pena privativa de libertad impuesta se sustituye por libertad vigilada intensiva, debiendo el sentenciado cumplir las siguientes condiciones, durante el lapso de la pena ya indicado: i.- Residir en la ciudad de Temuco, donde quedará sujeto a la vigilancia y orientación permanentes de un delegado por el término de la pena, debiendo cumplir todas las normas de conducta e instrucciones que aquel imparta respecto a educación, trabajo, morada, cuidado del núcleo familiar, empleo del tiempo libre y cualquiera otra que sea pertinente para un eficaz tratamiento. ii.- Ejercer una profesión, oficio, empleo, arte, industria o comercio, bajo las modalidades que se determinen en el plan de intervención individual, si el condenado careciere de medios conocidos y honestos de subsistencia y no pose

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Temuco, doce de abril de dos mil veintiuno Vistos y oídos: Primero: Que Patricio Montecinos Hernández, fiscal adjunto de Temuco presentó acusación verbal en contra de Pablo Andrés Muñoz Caro, cédula de identidad N° 19.199.486-8, nacido el día 23 de julio de 1996, se desconoce profesión u oficio, domiciliado en calle Los Costumbristas N° 0517, Fundo El Carmen, Temuco, representado por el abogado Ro

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