7º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ SEBASTIÁN ANDRÉS GALLARDO CONTRERAS

Rol

O-14360-2018

Fecha

8 de abril de 2021

Materia

TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 9 de agosto de 2018, a las 19:10 horas aproximadamente, en la intersección de Mensia de Los Nidos con Paseo Bulnes, comuna de Santiago, el imputado SEBASTIAN ANDRES GALLARDO CONTRERAS portaba y mantenía en su poder para traficar, tres bolsas de nylon contenedoras de 3 gramos 800 miligramos de marihuana, además de $39.000 en billetes de diversa denominación. Momentos antes de ser detenido, fue observado por personal policial efectuando una transacción de una bolsa de nylon contenedora de 1 gramo 500 miligramos de marihuana al comprador Johan Antonio Espinal Rivera. SE DECLARA: I.- Que se condena a SEBASTIAN ANDRES GALLARDO CONTRERAS, ya individualizado, a la pena temporal de TRESCIENTOS DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, a la pena de multa de UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL y a la pena accesoria de suspensión para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad como AUTOR del delito de TRÁFICO EN PEQUEÑAS CANTIDADES, previsto y sancionado en el artículo 4° de la Ley 20.000, en grado de ejecución de CONSUMADO, cometido el día 09 de agosto del año 2018, en la comuna de Santiago. II.- La pena pecuniaria y la pena temporal se tienen ambas por CUMPLIDAS con el tiempo que ha permanecido privado de libertad en esta causa en régimen cautelar de arresto domiciliario nocturno desde el 10 de agosto de 2018. III.- Se decreta el comiso de las drogas incautadas y especies asociadas en el YLSXXBXWKN FREDDY ANTONIO CUBILLOS JOFRE Juez de garantía Fecha: 12/04/2021 11:41:59 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación cons

Fallo

SE DECLARA: I.- Que se condena a SEBASTIAN ANDRES GALLARDO CONTRERAS, ya individualizado, a la pena temporal de TRESCIENTOS DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, a la pena de multa de UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL y a la pena accesoria de suspensión para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad como AUTOR del delito de TRÁFICO EN PEQUEÑAS CANTIDADES, previsto y sancionado en el artículo 4° de la Ley 20.000, en grado de ejecución de CONSUMADO, cometido el día 09 de agosto del año 2018, en la comuna de Santiago. II.- La pena pecuniaria y la pena temporal se tienen ambas por CUMPLIDAS con el tiempo que ha permanecido privado de libertad en esta causa en régimen cautelar de arresto domiciliario nocturno desde el 10 de agosto de 2018. III.- Se decreta el comiso de las drogas incautadas y especies asociadas en el YLSXXBXWKN FREDDY ANTONIO CUBILLOS JOFRE Juez de garantía Fecha: 12/04/2021 11:41:59 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl procedimiento, autorizando al Ministerio Publico para pro

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PROCEDIMIENTO Simplificado. FECHA: Santiago, ocho de abril de dos mil veintiuno TRIBUNAL: SÉPTIMO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: FREDDY ANTONIO CUBILLOS JOFRÉ RUC: 1800774807-4 RIT: 14360 – 2018 IMPUTADO: SEBASTIÁN ANDRÉS GALLARDO CONTRERAS C.I. 0017103963-0 DELITO Tráfico en pequeñas cantidades ARTICULO 4° de la Ley 20.000. PARTICIPACIÓN AUTOR G. DE DESARROLLO CONSUMADO ATENUANTES

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