Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta.

MINISTERIO PÚBLICO ANTOFAGASTA C/ FRANCO SALVADOR CALUPPI FLORES

Rol

O-71-2020

Fecha

10 de abril de 2021

Materia

LESIONES MENOS GRAVES.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el día seis de abril recién pasado, ante la Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal, de esta ciudad, integrada por los jueces Claudia Lewin Arroyo, quien presidió, Israel Fuentes Gutiérrez y Luz Oliva Chávez, se celebró la audiencia de juicio oral en causa RUC Nº 1801063041-6, RIT Nº 71- 2020, seguida en contra del acusado FRANCO SALVADOR CALUPPI FLORES, cédula nacional de identidad N° 15.975.114-7, soltero, chileno, de 36 años de edad, nacido el 6 de diciembre de 1984, obrero, domiciliado en Nicolás González N° 9242, Población Bonilla de Antofagasta. Que, compareció el Ministerio Público, representado por el fiscal don Rodrigo Cusó Segura, mientras que la defensa del acusado estuvo a cargo del abogado defensor de la Defensoría Penal Licitada don Justo Veneros Palta. La audiencia de juicio se celebró a través de modalidad telemática, mediante la plataforma Zoom, al inicio de su realización se hizo presente al defensor que se contaba con una sala virtual contigua a efectos de salvaguardar la comunicación directa y privada entre el acusado y el profesional. Además, durante el desarrollo del juicio se llevaron a efecto los interrogatorios y contrainterrogatorios realizados tanto al acusado como a los testigos de manera fluida y regular son ningún tipo de intervención o contratiempos que hubieran podido afectar la inmediación. Israel Antonio Fuentes Gutierrez Juez Redactor Fecha: 12/04/2021 13:43:59 Luz Adrina Oliva Chavez Juez Integrante Fecha: 12/04/2021 14:13:42 XXMTXBQWVQ Claudia Solange Lewin Arroyo Juez Presidente Fecha: 12/04/2021 15:18:52 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 2 SEGUNDO: Que, los hechos y circunstancias que fueron objeto de la acusación, contenida en el auto de apertura del juicio oral proveniente del Juzgado de Garantía de Antofagasta, fueron los siguientes: “El día 29 de octubre de 2018, a las 20:12 horas aproximadamente, en la intersección de las calles Tarapacá con Calama de Antofagasta, el imputado ya individualizado procedió a abordar a la victima de iniciales G.H.C., de 71 años de edad, a quien intentó arrebatarle el bolso que portaba, ante la resistencia de la víctima y, para lograr su objetivo, procedió a agredirla con golpes para que lo soltara, no logrando su objetivo y huyendo del lugar, para ser luego detenido por Carabineros en Avenida Iquique a la altura del N° 4772, a sindicación de la propia víctima. Producto de la violencia ejercida por el imputado, la victima resulto con contusión de nariz y laceraciones y contusión a nivel lab

Fallo

por tanto el tipo base y residual, y conforme al artículo 494 N° 5 del mismo cuerpo legal se castiga al que causare lesiones leves, entendiéndose por tales las que, en concepto del tribunal, no se hallaren comprendidas en el art. 399, atendidas la calidad de las personas y circunstancias del hecho, es decir, nuestro sistema no utiliza un criterio basado en los días de recuperación -como lo hace al establecer las lesiones simplemente graves- para distinguir entre lesiones menos graves y leves, y corresponde al juez establecer esa distinción utilizando dos elementos normativos del tipo, la calidad de las personas involucradas y las circunstancias del hecho, pues no existe diferencia en el resultado lesivo. (Lecciones de Derecho Penal Chileno, Jean Pierre Matus, Tomo I, Editorial Legal Publishing, año 2014, páginas 120-121). En cuanto a la calidad de las personas, citando a Etcheberry, este requisito puede referirse al parentesco que exista entre el hechor y la víctima, o también a las particulares condiciones de salud, edad, sexo y condición física de ambos. En el caso sub-lite, la víctima tenía 71 años, casi doblando la edad del hechor, existiendo una notoria desigualdad y mayor peligro para su salud por esa condición. En cuanto a las circunstancias del hecho, siguiendo al mismo autor, el factor puede aludir a las agravantes que concurran o al Israel Antonio Fuentes Gutierrez Juez Redactor Fecha: 12/04/2021 13:43:59 Luz Adrina Oliva Chavez Juez Integrante Fecha: 12/04/2021 1

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1 Antofagasta, diez de abril de dos mil veintiuno. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el día seis de abril recién pasado, ante la Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal, de esta ciudad, integrada por los jueces Claudia Lewin Arroyo, quien presidió, Israel Fuentes Gutiérrez y Luz Oliva Chávez, se celebró la audiencia de juicio oral en causa RUC Nº 1801063041-6, RIT Nº 71- 2020, seguida en c

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