7º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ EDUARDO ALEJANDRO BUCAREY CARCAMO

Rol

O-2959-2019

Fecha

9 de abril de 2021

Materia

ESTAFAS Y OTRAS DEFRAUDACIONES CONTRA PARTICULARES

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 09 de octubre de 2018, mientras la víctima María Javiera Fernández Burmester, se encontraba en su lugar de trabajo ubicado en Esmeralda N° 678, comuna de Santiago, recibió un llamado telefónico de un sujeto quien le señaló ser ejecutivo de cuentas de su banco, solicitándole diversos datos personales supuestamente para efectos de habilitar restricciones de seguridad en sus transacciones bancarias; de esta forma, sujetos desconocidos a través de una conexión fraudulenta vía internet, accedieron en forma subrepticia a la cuenta corriente N° 65500566 del Banco Santander de titularidad de la víctima, procediendo a efectuar tres transferencias electrónicas sin conocimiento ni autorización de ésta, según el siguiente detalle: - Transferencia de fondos por $1.700.000 con destino a la cuenta RUT del Banco Estado N° 18205552 correspondiente al imputado EDUARDO ALEJANDRO BUCAREY CÁRCAMO, cédula de identidad N° 18.205.552-2. - Transferencia de fondos por $1.700.000 con destino a la cuenta RUT del Banco Estado N° 19675426 correspondiente al imputado JOSHUA STEFAN MÁRQUEZ ESPAÑA, cédula de identidad N° 19.675.426-1. - Transferencia de fondos por $1.600.000 con destino a la cuenta RUT del Banco Estado N° 17630028 correspondiente al imputado EDUARDO EFRAIN SUBIABRE COLI, cédula de identidad N° 17.630.028-0. Estas transferencias electrónicas fueron efectuadas por terceros mediante la LBFMXBSXPM DARWIN ERIC BRATTI JORQUERA Juez de garantía Fecha: 12/04/2021 11:00:01 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl utilización de las

Fallo

SE DECLARA: I.- Que se condena a EDUARDO EFRAÍN SUBIABRE COLI, ya individualizado, a la pena de 21 DÍAS DE PRISIÓN EN SU GRADO MEDIO, pena de MULTA de 1/3 UTM y a la accesoria y suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad que le cabe como AUTOR del delito de ESTAFA y en grado de desarrollo de CONSUMADO, cometido en Santiago, el día 09 de octubre del 2018. II.- Se le concede la pena sustitutiva de reclusión domiciliaria nocturna en su domicilio, a contar del día 15 de abril del año en curso, en horario desde las 22:00 a las 06:00 horas. III.-.Se exime al imputado del pago de las costas por la regulación del artículo 600 del Código Orgánico de Tribunales. IV.-El tribunal se declara incompetente para conocer de la ejecución de la setencia y ordena remitir los antecedentes al Juzgado de Garantía de Puerto Montt. V.- Dese oportuno cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Los intervinientes no renunciaron a los plazos. Dictada por don DARWIN ERIC BRATTI JORQUERA Juez Titular del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago. “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal”. LBFMXBSXPM DARWIN ERIC BRATTI JORQUERA Juez de garantía Fecha: 12/04/2021 11:00:01 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA

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PROCEDIMIENTO Simplificado. FECHA: Santiago., nueve de abril de dos mil veintiuno. TRIBUNAL: SÉPTIMO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: DARWIN ERIC BRATTI JORQUERA RUC: 1800997846-8 RIT: 2959 - 2019 IMPUTADO: EDUARDO EFRAÍN SUBIABRE COLI C.I. 0017630028-0 DELITO ESTAFA ARTICULO 473 del Código Penal. PARTICIPACIÓN AUTOR G. DE DESARROLLO CONSUMADO ATENUANTES 11 N°9 AGRAVANTES Hechos: El

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