CARABINEROS DE CHILE C/ ABNER RAMÓN ERNESTO PABLO SALV HURTADO NÚÑEZ
Rol
O-3888-2020
Fecha
6 de abril de 2021
Materia
CONTRA SALUD PÚBLICA. ARTS. 313 D AL 315 Y ART. 317.
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 11 Nº 6, 11 Nº 9, 14 Nº 1, 25, 50, 70, 318, todos del Código Penal; artículos 39, 45,295, 297, 340, 342, 348, 388, 389, 393, 394 y 395 del Código Procesal Penal; se declara: I.- Que, se condena al imputado ABNER RAMÓN ERNESTO PABLO SALVADOR HURTADO NÚÑEZ, ya individualizado, a la pena de multa DE UN TERCIO (1/3) DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL; por su responsabilidad en calidad de autora de un delito consumado previsto y sancionado en el artículo 318 del Código Penal, hecho cometido el día 09 de mayo de 2020 en la comuna de Estación Central. II.- Que, atento a lo dispuesto en el artículo 70 del Código Penal, se concede al imputado el plazo de un mes para que de pago a esta pena de multa, comenzando a correr este mes desde el día hábil siguiente del mes en que quede ejecutoriado el presente fallo, por lo tanto, sí queda ejecutoriado en el mes de abril, tiene todo el mes de mayo para pagar la multa impuesta. III.- Que, teniendo presente que el imputado ha aceptado responsabilidad en los hechos materias del requerimiento, ahorrando recursos al Erario Nacional, se le exime del pago de las costas de la causa. Ejecutoriada que sea esta sentencia certifíquese ese hecho por el Jefe de Unidad de Causas. Cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal en su oportunidad. Regístrese y archívese en su oportunidad. FZXXXBXPRM PABLO ORLANDO CONTRERAS GUERRERO Juez de garantía Fecha: 12/04/2021 11:04:46 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 2021-04-13T11:01:35-0400
Fallo
se declara: I.- Que, se condena al imputado ABNER RAMÓN ERNESTO PABLO SALVADOR HURTADO NÚÑEZ, ya individualizado, a la pena de multa DE UN TERCIO (1/3) DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL; por su responsabilidad en calidad de autora de un delito consumado previsto y sancionado en el artículo 318 del Código Penal, hecho cometido el día 09 de mayo de 2020 en la comuna de Estación Central. II.- Que, atento a lo dispuesto en el artículo 70 del Código Penal, se concede al imputado el plazo de un mes para que de pago a esta pena de multa, comenzando a correr este mes desde el día hábil siguiente del mes en que quede ejecutoriado el presente fallo, por lo tanto, sí queda ejecutoriado en el mes de abril, tiene todo el mes de mayo para pagar la multa impuesta. III.- Que, teniendo presente que el imputado ha aceptado responsabilidad en los hechos materias del requerimiento, ahorrando recursos al Erario Nacional, se le exime del pago de las costas de la causa. Ejecutoriada que sea esta sentencia certifíquese ese hecho por el Jefe de Unidad de Causas. Cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal en su oportunidad. Regístrese y archívese en su oportunidad. FZXXXBXPRM PABLO ORLANDO CONTRERAS GUERRERO Juez de garantía Fecha: 12/04/2021 11:04:46 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establ
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Texto transcrito según lo dispuesto en los incisos 3° y 4° del artículo 62 del Acta 71-2016, de la Excma. Corte Suprema Resumen de sentencia Tribunal Sexto Juzgado de Garantía de Santiago Fecha de sentencia Santiago, seis de abril de dos mil veintiuno Procedimiento Simplificado R.U.C. 2000479503-3 R.I.T. 3888-2020 MAGISTRADO PABLO ORLANDO CONTRERAS GUERRERO FISCAL MARÍA ALEJANDRA BRAVO FIGUEROA DE
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