2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

ALEGRÍA/CENTRO DE INFORMACIÓN DE RECURSOS NATURALES

Rol

O-3393-2020

Fecha

11 de enero de 2021

Materia

Despido injustificado, Indemnización por años de servicios, Recargos

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos no controvertidos: 1) Existencia de una relación laboral desde el día 02 de marzo de 2015. 2) Que la labor desempeñada por la actora era de analista de control de gestión. 3) Que la remuneración para efecto de cálculo de indemnizaciones es de $1.272.623. 4) Que el término de la relación laboral se produce el día 14 de febrero de 2020 por la causal de necesidades de la empresa del artículo 161 del Código del Trabajo. A probar: 1) Los presupuestos fácticos de la excepción finiquito y falta de legitimación activa, hechos y circunstancias. 2) Los presupuestos fácticos de la excepción de compensación o demanda reconvencional, hechos y circunstancias. 3) Efectividad de los hechos contenidos en la carta de despido. 4) Efectividad de ser procedente el descuento del empleador por su aporte al seguro de cesantía. CUARTO: En juicio se incorpora: Demandada-documental 1.- Acta de Conciliación ante la inspección del Trabajo, de fecha 18 de febrero 2020; 2.- Copia de carta aviso de término contrato de trabajo, de fecha 14 de febrero 2020; 3.- Copia de Certificado de pago de Cotizaciones Previsionales de fecha 19 de febrero 2020; 4.- Copia Contrato de trabajo N°08/2015, de fecha 09 de marzo 2015 y anexos de contrato; 5.- Copia de finiquito del contrato de trabajo N°08/2015, de fecha 26 de febrero 2020; 6.- Copia del cheque pagado a la demandante por término servicios de fecha 25 de febrero 2020; 7.- Copia de registro de cálculo de Indemnización de fecha 19 de febrero 2020; 8.- Copia Comprobante contable pago de red de jardines infantiles de fecha 27 de febrero 2020. 9.- Certificado de Certificado de Saldo Aporte Empleador al Seguro de Cesantía para imputar a Indemnización, de fecha 17 de febrero 2020. Documento da cuenta aporte a la cuenta individual de la demandante por la suma de $ 1.384.426.- 10.- Carta emitida por CORFO a CIREN, con fecha 15 de noviembre 2017, mediante la cual se “Comunica adjudicación de postulación presentada del Programa de Fortalecimiento y Creació

Fallo

se resuelve: I.- Se rechaza la excepción de finiquito, falta de legitimación activa y compensación o demanda reconvencional opuesta por la demandada. II.- Se acoge la demanda interpuesta por Francisca Alegría Astudillo en contra de CIREN y se declara que el despido de 14 de febrero de 2020 es injustificado motivo por el cual la demandada deberá pagar las siguientes prestaciones: 1.- La suma de $1.757.435 por concepto de 30% de recargo. 2.- Devolución aporte AFC por la suma de $1.384.426. Con los intereses y reajustes contemplados en el artículo 173 del Código del trabajo. II.- Totalmente vencida la demandada se la condenará en costas en la suma de $300.000. IV.- Ejecutoriada la presente sentencia dese cumplimiento a ella dentro de quinto día, en caso contrario certifíquese dicha circunstancia y pasen los antecedentes al Juzgado de Cobranza para su ejecución. Regístrese y archívese en su oportunidad. RIT O-3393-2020 Dictado por Yelica Marianella Montenegro Galli Jueza Titular del Segundo Juzgado del trabajo de Santiago.

Texto Completo (Preview)

Santiago a once de enero de dos mil veintiuno PRIMERO: Que ha comparecido FRANCISCA JOSE ALEGRIA ASTUDILLO cédula de identidad 17.923.197-3 domiciliada en Silvina Hurtado 1733 departamento 309 Providencia e interpone demanda en procedimiento de aplicación general por despido injustificado en contra de CENTRO DE INFORMACIÓN DE RECURSOS NATURALES (CIREN) RUT 71.294.800-0 representada por Félix Viver

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