C/ DIEGO ANDRÉS GONZÁLEZ LAZO
Rol
O-5574-2020
Fecha
3 de marzo de 2021
Materia
INFRINGIR NORMAS HIGIÉNICAS Y DE SALUBRIDAD
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 28 de mayo de 2020 , alrededor de las 22.09 los requeridos fueron fiscalizados por Carabineros de Chile en calle Pasaje Radal con El Raulí de Viña del Mar por estar circulando por el sector infringiendo con esto el toque de queda decretado, y sin contar con salvoconducto. Con esto el imputado puso en peligro la salud pública al infringir la orden dada a la población por el Jefe de la Defensa Nacional para la región de Valparaíso, Contra Almirante Sr. YERKO MARCIC CONLEY, mediante el bando N° 4 de fecha 22 de marzo de 2020, para que las personas permanezcan en sus domicilios entre las 22:00 horas y las 05:00 horas del día siguiente. La instrucción antes identificada se impartió en la región, como medida de salubridad, bajo el alero del DS nº104, de fecha 18 de marzo de 2020 y publicado en el D.O el mismo día, mediante el cual se decretó el estado de excepción constitucional de catástrofe en todo el territorio nacional, cuyo fundamento se encuentra, a su vez, de acuerdo al primer
Fundamentos
considerando de dicho decreto, en la circunstancia de propagación a nivel mundial, conocida públicamente, del virus denominado coronavirus -2 (SARS – CoV -2) el que, a su vez, produce la enfermedad del coronavirus (COVID-19), y que tiene a Chile, desde el día 05 de enero de 2020, en estado de Alerta Sanitaria, establecido mediante el decreto Nº4 del Ministerio de Salud. Todas las instrucciones y actos administrativos aludidos precedentemente han sido puestos en conocimiento de la población sea mediante la publicación de los mismos en el diario oficial o a través de su amplia e intensa difusión a través de medios de comunicación social, tal como lo establece el Decreto Nº4/2020 del Ministerio de Salud, y se encontraba vigente al momento de ocurrir los hechos. SENTENCIA: Vistos y oídos los intervinientes:: Y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 14, 15, 18, 19, 21, 25, 318 del Código Penal; artículo 41, 47, 297, 333, 341 al 349, 388, 391, 392 y 398 del Código Procesal Penal,
Fallo
se declara: I. Que, se condena a DIEGO ESTEBAN DROGUETT PONCE, ya individualizado, al pago de una multa a beneficio fiscal de una unidad MMYXTYQVRX Erik Gonzalo Espinoza Cerda Juez de garantía Fecha: 05/04/2021 13:29:32 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl tributaria mensual, como autor del delito de la falta de acuerdo al artículo 318 del Código Penal, ocurrido el día 28 de mayo de 2020, en este territorio jurisdiccional. II. Que, se hace rebaja de la multa por las circunstancias del artículo 70 del Código Penal. Para su pago deberá hacerlo mediante depósito en la Tesorería General de la República y cuyo comprobante de pago deberá acompañarlo al Tribunal, dentro del 5° día del pago efectivo, bajo apercibimiento de no tener por cancelada la multa si no acompaña dicho comprobante de pago. III. Que si no tuvieren bienes suficientes para satisfacer el monto de la multa impuesta, se hará la conversión de la multa de acuerdo a los artículos 49 y siguientes del Código Penal, para lo cual deberá solicitar expresamente el querer realiza
Texto Completo (Preview)
Fecha Viña del Mar., tres de marzo de dos mil veintiuno Magistrado ERIK GONZALO ESPINOZA CERDA Acta imc RUC 2000543437-9 RIT 5574 - 2020 NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION COMUNA DIEGO ESTEBAN DROGUETT PONCE, presente, sala 0019154324-6 Calle ACHUPALLAS PARADA 10 CURIÑANCO Nº 289 Viña del Mar. Hechos: El día 28 de mayo de 2020 , alrededor de las 22.09 los requeridos fueron fiscalizados por Carabineros
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