MARIANA ASTRID CAMARGO TORRES C/ JAIME ARTURO GALLEGOS BURGOS
Rol
O-7-2021
Fecha
3 de abril de 2021
Materia
CONDUC.BAJO INFLUEN DEL ALCOHOL CON O SIN DAÑOS O LES.LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos precedentemente descritos son constitutivos del delito consumado de manejo en estado de ebriedad causando lesiones graves y daños, previsto y sancionado en el inciso 2° del artículo 196, en relación con el artículo 110 de la Ley N°19.290; correspondiéndole al imputado participación en calidad de autor, conforme a lo previsto en el artículo 15 Nº 1 del código punitivo. Luego, en relación a las circunstancias modificatorias de responsabilidad, sostuvo que beneficia al acusado la minorante de irreprochable conducta anterior. Por lo que solicitó se le imponga por el delito de conducción en estado de ebriedad con resultado de lesiones graves y daños materiales la pena de 818 días de presidio menor en su grado medio, multa de PAULINA ANDREA ROSALES GONZALEZ Juez Redactor Fecha: 03/04/2021 12:13:40 VXLRTYTKGS PEDRO HUMBERTO SUAREZ NIETO Juez Presidente Fecha: 05/04/2021 11:19:57 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 3 doce (12) Unidades Tributarias Mensuales, suspensión de la licencia o inhabilitación para conducir vehículos motorizados por el término de cinco (5) años, más las penas accesorias del artículo 30 del Código Penal y se le condene al pago de las costas según lo prescrito en el artículo 45 y siguientes del Código Procesal Penal. SEGUNDO: Alegaciones de apertura de los intervinientes. Al inicio el Ministerio Público manifestó que acreditará más allá de toda duda razonable que los hechos ocurrieron como se proponen y califican, como a su vez la participación culpable de acusado en ellos. Expuso que la prueba s
Fundamentos
CONSIDERANDO: Que durante el estado de catástrofe imperante en el país desde el 18 de marzo del año 2020, vigente -por ahora- hasta el 30 de junio del presente año, este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal, ha desarrollado sus funciones basándose en lo dispuesto en la Ley N°21.226, Actas N°41-2020 y N°53-2020, ambas de la Excma. Corte Suprema, Resolución de 28 de mayo del año en curso dictada por la Excma. Corte Suprema en los Antecedentes Administrativos N°335-2020, Protocolos de Manejo y Prevención Ante Covid- 19 en Tribunales y Unidades Judiciales, Protocolo Operativo de Funcionamiento Telemático, Protocolo Común de los Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, Actas de Comité de Jueces N° 16, 20, 21, 24 y 27, todas del año 2020 y, Decreto Económico N°198-2020, entre otros instrumentos dictados con ocasión de la contingencia. Realizándose vía remota los días 26 y 29 de marzo del año en curso, ante este Tercer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, en Sala integrada por las magistrados Pedro Suárez Nieto, quien presidió, Carolina Paredes Arizaga y Paulina Rosales González, la audiencia de juicio oral Rol Interno N°7-2021, seguido en contra de Jaime Arturo Gallegos Burgos, cédula de identidad N°18.910.624-6, casado, chileno peruano, nacido el Lima el 23 de abril de 1966, de actuales 54 años de edad, técnico de administración de empresas, domiciliado en calle Teresa Salas N°834, comuna de Providencia de esta ciudad. La acción penal fue sostenida por el Ministerio Público representado por la Fiscal Adjunta Lucía Torres Durán, en tanto la Defensa del acusado estuvo a cargo del Defensor Penal Público Francisco Díaz Yubero; PAULINA ANDREA ROSALES GONZALEZ Juez Redactor Fecha: 03/04/2021 12:13:40 VXLRTYTKGS PEDRO HUMBERTO SUAREZ NIETO Juez Presidente Fecha: 05/04/2021 11:19:57 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 2 intervinientes con domicilio y forma de notificación ya registrada en el Tribunal. PRIMERO: Acusación. Que la imputación efectuada por el Ministerio Público fue del siguiente tenor: “El día 28 de agosto de 2019, alrededor de las 19:30 horas, el acusado Jaime Arturo Gallegos Burgos conducía en estado de ebriedad el vehículo tipo station wagon marca Haval modelo H6 sport placa patente única HJWG-77, por Avenida Francisco Bilbao dirección al poniente. Al llegar a la intersección de Avda. Pedro de Valdivia, en la comuna de Providencia, debido a su estado de intemperancia y no estar atento a las condiciones del tránsito del momento, choca por la parte posterior a la motocicleta mar
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad además, con lo dispuesto en los artículos 1, 11 N°6, 14, 15, 18, 29, 50 y 67 del Código Penal; 1, 3, 34, PAULINA ANDREA ROSALES GONZALEZ Juez Redactor Fecha: 03/04/2021 12:13:40 VXLRTYTKGS PEDRO HUMBERTO SUAREZ NIETO Juez Presidente Fecha: 05/04/2021 11:19:58 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 43 36, 41, 42, 45,47, 181, 259, 295,296, 297, 298, 309, 323, 325, 326, 328, 333, 338, 339, 340, 341, 343, 346, 348 y 468 del Código Procesal Penal y Ley N°18.290; se declara que: I.- Se condena a Jaime Arturo Gallegos Burgos, anteriormente individualizado, a cumplir la pena de 61 (sesenta y un) días de reclusión menor en su grado mínimo, más el pago de una multa a Beneficio Fiscal equivalente a 2 (dos) Unidades Tributarias Mensuales y a la suspensión de su licencia de conducir por el término de 20 meses, contados desde que la presente sentencia quede firme y ejecutoriada, más la sanción accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena; en tanto su calidad de autor
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1 PODER JUDICIAL TERCER TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE SANTIAGO C/ : JAIME ARTURO GALLEGOS BURGOS Delito: MANEJO EN ESTADO DE EBRIEDAD CON RESULTADO DE LESIONES GRAVES Y DAÑOS. RUC : 1900933439-7 RIT : 7-2021 ______________________________________________________/ Santiago, tres de abril de dos mil veintiuno. VISTOS, OIDOS LOS INTERVINIENTES Y CONSIDERANDO: Que durante el estado de catást
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