Juzgado de Letras y Garantía de Pozo Almonte.

FISCALIA POZO ALMONTE C/ WILDER ALZATE GARCIA

Rol

O-357-2021

Fecha

31 de marzo de 2021

Materia

RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

HECHOS “El día 25 de enero de 2021, a eso de las 20:30 hrs., mientras personal policial se encontraba realizando un patrullaje preventivo por el sector jurisdiccional del retén de La Tirana, se acerca una mujer la cual les comenta que el día anterior al 24 de enero había dejado su vehículo que estaba en pana, marca Chevrolet, modelo cruce, PPU HZJY-78, por el kilómetro 4 a la altura de la ruta A 665, esto en el poblado de la tirana, comuna de Pozo Almonte. Retirándose para concurrir al día siguiente, vale decir el día 25 de enero de 2021 a eso de las 12:00 del día, con objeto de retirar su vehículo no encontrándolo en el lugar en el cual lo había dejado, comenzando a buscarlo en el pueblo de la tirana. Razón por la cual, después de buscarlo por el sector, y al divisar una patrulla de carabineros, se acerca para señalar lo que había pasado y mientras estaba realizando la denuncia la victima divisa su vehículo, en cuyo interior se movilizaban dos hombres, los cuales son detenidos por personal policial siendo identificados como WILDER ALZATE GARCIA y JONAS RODOLFO AIDE PEROZO, habitantes de dicho vehículo, los cuales fueron detenidos en el lugar”. Pozo Almonte, treinta y uno de marzo del año dos mil veintiuno. Visto y

Fundamentos

considerando

Fallo

Se declara: Que se condena WILDER ALZATE GARCIA, de nacionalidad colombiana, cédula de identidad para extranjeros N° 14.879.224-0, domiciliado en Avenida Principal Parcela N°2 del poblado de La Tirana, comuna de Pozo Almonte, como autor del delito consumado de RECEPTACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 456 bis A del Código Penal, ocurrido en territorio jurisdiccional de este tribunal, el día 25 de enero del año 2021, a sufrir la pena de: PENA CORPORAL Extensión Pena Abonos 541 días Presidio menor en su grado medio 59 días VKXXTYGGXJ Edgardo Andres Castro Fuentes Juez de garantía Fecha: 01/04/2021 14:52:28 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl Pena Sustitutiva Extensión Lugar de cumplimiento Remisión condicional de la pena 541 días CRS Pozo Almonte Observación:  Que reuniéndose en la especie los requisitos del artículo 4 de la Ley N°18.216, se sustituye al sentenciado la pena privativa de libertad por la de REMISIÓN CONDICIONAL, debiendo someterse a la observación y vigilancia de Gendarmería de Chile correspondiente a su domicilio, por el periodo de 541 días, debiendo además cumplir durante el período de con

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SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO “Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal. La Presente acta solo constituye un registro administrativo que contiene una relación resumida de lo obrado y

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