M.P. C/ WILSON ANDRÉS CORREA ARRIAZA
Rol
O-982-2020
Fecha
29 de marzo de 2021
Materia
CONDUC.SIN LA LICENCIA DEBIDA ART 194 LEY DE TRANSITO.
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS ACREDITADOS: El día 11 marzo 2020 aproximadamente a las 16:00 horas, en la vía pública sector Avda. León Bustos a la altura del 051 Linares, el imputado WILSON ANDRÉS CORREA ARRIAZA fue sorprendido por personal de carabineros conduciendo un vehículo de transporte de pasajeros bus marca Mitsubishi modelo rosa con capacidad de 19 asientos placa patente TD7850 sin contar con licencia profesional que lo habilitara para dicha conducción. Linares, veintinueve de marzo de dos mil veintiuno. Teniendo presente lo dispuesto en los artículos 1°, 11 N° 9, 12 N° 16, 14, 15 N° 1, 18, 21, 25, 30, 50, 68 del Código Penal, 194 de la Ley 18.290; 45, 46, 47, 295, 297, 340, 343, 406 y siguientes del Código Procesal Penal; artículo 8° y siguientes de la Ley 18.216, se declara: I.- Que se CONDENA a WILSON ANDRES CORREA ARRIAZA, ya individualizado, a la pena de SESENTA Y UN DÍAS de presidio menor en su grado mínimo, a la suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por la responsabilidad que le cabe como autor del delito de conducción de vehículo motorizado sin licencia profesional, hecho YPXBTYPBXX Evelyn Del Carmen Pérez Jaña Juez de garantía Fecha: 05/04/2021 16:25:36 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl perpetrado en la comuna de Linares con fecha 11 de marzo de 2020 en grado de desarrollo consumado. II.- Reuniéndose en este caso con los requisitos del artículo 8° de la Ley 18.216, se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de RECLUSIÓN PARCIAL DOMICI
Fallo
se declara: I.- Que se CONDENA a WILSON ANDRES CORREA ARRIAZA, ya individualizado, a la pena de SESENTA Y UN DÍAS de presidio menor en su grado mínimo, a la suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por la responsabilidad que le cabe como autor del delito de conducción de vehículo motorizado sin licencia profesional, hecho YPXBTYPBXX Evelyn Del Carmen Pérez Jaña Juez de garantía Fecha: 05/04/2021 16:25:36 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl perpetrado en la comuna de Linares con fecha 11 de marzo de 2020 en grado de desarrollo consumado. II.- Reuniéndose en este caso con los requisitos del artículo 8° de la Ley 18.216, se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de RECLUSIÓN PARCIAL DOMICILIARIA NOCTURNA por igual término que el de la pena privativa de libertad que se sustituye, consistente en el encierro en el domicilio del condenado, ubicado en calle María Graham N° 1023, Dpto. 33 de la comuna de San Bernardo, durante un lapso de ocho horas diari
Texto Completo (Preview)
RUC : 2000278663-0 RIT : 982-2020 DELITO : Conducción sin la licencia debida GRADO DESARROLLO: Consumado. IMPUTADO : WILSON ANDRES CORREA ARRIAZA RUT N° : 15.473.136-9 DOMICILIO : Calle María Graham N° 1023, Dpto. 33 Comuna de San Bernardo. FISCAL : Mario Villagra García DEFENSOR : Francisco Díaz Orellana PROCEDIMIENTO : Abreviado ATENUANTES : Artículo 11 N° 9 Código Penal AGRAVANTES : Artículo
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