2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

RUBILAR/SANTA ISABEL ADMINISTRADORA S.A.

Rol

O-8742-2019

Fecha

6 de enero de 2021

Materia

Despido injustificado

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos alejados de la realidad, además le solicitan a su jefa de cajas que la acompañe a sacar sus cosas, sintió que además de tener que pasar por esta situación, la trataron como ladrona, al tener que ser acompañada para retirar mis cosas para ver si tenía algo entre sus pertenencias e irse del local. No se le permitió despedirse de sus compañeros quienes en los pasillos del local se le acercaron a darle su apoyo por la injusta situación que tuvo que enfrentar, ya que la jefa de cajas la apuraba para que sacara sus cosas rápido y se retirara del que fue mi lugar de trabajo por varios años, y en el que naturalmente creó lazos de compañerismo y amistad. Solicita tener por interpuesta dentro de plazo legal, demanda en procedimiento de aplicación general por nulidad del despido indebido y cobro de prestaciones en contra de su ex empleadora y, en definitiva, acceder a lo solicitado, en el sentido de declarar: A.- Que su despido es injustificado e indebido; B.- Que la demandada deberá pagarme las siguientes prestaciones: 1. Remuneración por los días trabajados el mes de septiembre por $341.700. 2. Indemnización sustitutiva de aviso previo por $605.472 pesos 3. Indemnización por años de servicio (4 años) por la suma de $2.421.888 4. Recargo legal del articulo 168 letra c del Código del Trabajo por la suma de $1.937.510. 5. Feriado legal correspondiente a 10 días $201.824 6. Feriado proporcional 8 días $161.459 C.- Que las sumas adeudadas deberán pagarse con reajustes e intereses; y D.- Que las demandadas deberán pagar las costas de esta causa. SEGUNDO: Comparece don Javier Soto Solís, Abogado, domiciliado en Avenida El Golf Nº40, Piso 15, Comuna de Las Condes, como mandatario y en representación, según se acreditará de Santa Isabel Administradora S.A., demandada, domiciliada para estos efectos en Avenida Kennedy N°9.001, Piso 4, comuna de Las Condes, Santiago. Contesta la demanda interpuesta solicitando desde luego su total rechazo, con costas. La actora efectivamen

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Comparece doña VALENTINA IGNACIA RUBILAR POBLETE, quien interpone demanda de despido injustificado, indebido o improcedente, y cobro de prestaciones laborales; en contra de su ex empleadora SANTA ISABEL ADMINISTRADORA S.A., representada legalmente por MARCELO GONZALEZ RUIZ, ambos con domicilio en AVDA. KENNEDY N° 9001, COMUNA DE LAS CONDES, Región Metropolitana. La relación laboral con la denunciada de autos, bajo el vínculo de subordinación y dependencia se inició el 08 de junio del año 2015. Dejó de prestar servicios efectivos a partir del 17 de septiembre de 2019. Sus funciones las desempeñaba en la sucursal ubicada en WALKER MARTINEZ N° 1786, COMUNA DE LA FLORIDA, Región Metropolitana. La jornada laboral establecida en el contrato era de 45 horas semanales, distribuidas de lunes a domingos en turnos rotativos de 7:30 a 15:30 horas y 14:30 a 22:30 horas. Su remuneración bruta era de $605.472 pesos. El día 6 de septiembre de 2019, ocurrió un hecho muy desafortunado, había mucha gente en el supermercado, habían pocas cajeras y muchos clientes un día viernes a las 12 del día aproximadamente, paso una clienta por la caja de su compañera que quería pagar con tarjeta “JUNAEB”, beca de alimentación, se había cambiado el sistema por lo que se le explicó a la clienta que debía tener una clave para utilizar que no tenía, al entregarle esta información la clienta por parte de su compañera María Salas, fue agredida verbalmente durante varios minutos, con insultos y gritos, en estos casos debe venir la jefa de cajas o el guardia de seguridad del supermercado, ninguno de los dos se acercó. Al ver que no se encontraba la jefatura, y al ser la cajera más antigua, su compañera la llamó para que le confirmara la información a la cliente que solo con esa clave podía comprar, le explicó de manera amable mientras continuaba atendiendo los clientes de la caja, le ofreció que utilizara el WIFI del supermercado para que obtuviera su clave y poder realizar la compra con JUNAEB, a lo que la clienta se enfureció y comenzó a agredirla a ella también, insultándolas a las dos, mientras continuaba atendiendo a los clientes que pasaban por su caja, y la jefa de cajas no llegaba, al ver que la clienta se retiraba gritando garabatos a su persona, le pidió que no volviera al local. Siguió cumpliendo sus labores de cajera en ese momento una clienta a la que se encontraba atendiendo le dice “párese mejor que está volviendo la joven y le puede pegar, mejor párese” cuando se paró de su silla la clienta se encontraba casi al lado suyo mientras la insultaba, le dijo que por favor se retirara que no provocara más problemas, en ese momento la clienta se acerca a ella y la agrede físicamente dándole un codazo en las costillas, en ese momento reaccionó instintivamente, quiso protegerse poniendo las manos para frenar la agresión, como cualquier persona que está siendo víctima de una agresión, totalmente fuera de lugar e injustificada lo haría, fue todo muy humil

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 1, 2, 5, 7, 63, 67, 162, 163, 168, 172, 173, 415, 420, 423, 425 a 432, 434 a 438, 440 a 462 del Código del Trabajo; se resuelve: I.- Que, SE RECHAZA, la demanda deducida por doña VALENTINA IGNACIA RUBILAR POBLETE, en contra de la ex empleadora, SANTA ISABEL ADMINISTRADORA S.A., representada por don MARCELO GONZALEZ RUIZ en cuanto se declara que el despido del día 17 de septiembre de 2019, se encuentra justificado. II.- Que SE ACOGE la demandada en cuanto se condena a la demandada al pago de las siguientes prestaciones adeudadas: a) Remuneración de 17 días de septiembre de 2019 por $6.442.- b) Feriado legal por 10 días por $192.320.- c) Feriado proporcional por 4 días por $76.928.- III.- Que las sumas ordenadas pagar en forma precedente, deberán serlo con los reajustes e intereses que establecen el artículo 63 del Código del Trabajo. IV.- Que cada parte pagará sus costas. V.- Ejecutoriada que sea la presente sentencia, cúmplase lo resuelto en ella dentro de quinto día hábil, de lo contrario remítanse los antecedentes al Juzgado de Cobranza Laboral Previsional de Santiago para su cumplimiento compulsivo. Regístrese y comuníquese. RIT Nº O-8742-2019 RUC Nº 19-4-0238935-7 Dictada por doña María Verónica Orozco Lobos, Jueza Destinada del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago.

Texto Completo (Preview)

Santiago, seis de enero de dos mil veintiuno. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Comparece doña VALENTINA IGNACIA RUBILAR POBLETE, quien interpone demanda de despido injustificado, indebido o improcedente, y cobro de prestaciones laborales; en contra de su ex empleadora SANTA ISABEL ADMINISTRADORA S.A., representada legalmente por MARCELO GONZALEZ RUIZ, ambos con domicilio en AVDA. KENNEDY N°

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