LUIS RAMON QUEZADA GARCIA C/ MANUEL FIDEL ALTAMIRANO DÍAZ
Rol
O-2532-2018
Fecha
26 de marzo de 2021
Materia
ROBO EN BIENES NACIONALES DE USO PUBLICO O SITIOSNO DESTIN.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: El día 06 de febrero de 2018, a las 05:00 horas aproximadamente, en la intersección de calle Santa Victoria con Carmen, comuna de Santiago, los requeridos MANUEL FIDEL ALTAMIRANO DÍAZ y JONATHAN ALEJANDRO IMILAN DÍAZ, previamente concertados y con ánimo de sustraer especies, rompieron el vidrio del costado derecho trasero del vehículo PPU UE-2932, marca Nissan de propiedad de Héctor Acuña Peñaloza, quien lo había dejado estacionado en dicho lugar, ingresando al mismo y siendo sorprendidos por personal policial aun en su interior, quienes los detuvieron sin lograr sustraer especies. SE DECLARA: I.- Que se condena a MANUEL FIDEL ALTAMIRANO DÍAZ, ya individualizado, la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, a la accesoria de suspensión de cargo y oficio público por el tiempo de la condena, por su responsabilidad como autor del delito de robo en bienes nacionales de uso público, previsto y sancionado en el artículo 443 del Código Penal, hecho ocurrido en la comuna de Santiago, cometido el día 06 de febrero de 2018, que se encuentra en grado de ejecución de frustrado. II.- Que se le sustituye la pena privativa de libertad por la de 80 horas de NXNWTWLWCX PATRICIO ERNESTO ALVAREZ MALDINI Juez de garantía Fecha: 29/03/2021 21:54:23 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl _____________________________________________________________________ Pedro Montt 1606 – Torre A – Piso 3° / Fono: 29757550 – Fax: 29757575 prestación de servicios en beneficio de la comunidad, debiendo presentarse ante el CRS de Santiago, a más tardar el día 26 de abril del año en curso. En el evento de que le fuera revo
Fallo
SE DECLARA: I.- Que se condena a MANUEL FIDEL ALTAMIRANO DÍAZ, ya individualizado, la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, a la accesoria de suspensión de cargo y oficio público por el tiempo de la condena, por su responsabilidad como autor del delito de robo en bienes nacionales de uso público, previsto y sancionado en el artículo 443 del Código Penal, hecho ocurrido en la comuna de Santiago, cometido el día 06 de febrero de 2018, que se encuentra en grado de ejecución de frustrado. II.- Que se le sustituye la pena privativa de libertad por la de 80 horas de NXNWTWLWCX PATRICIO ERNESTO ALVAREZ MALDINI Juez de garantía Fecha: 29/03/2021 21:54:23 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl _____________________________________________________________________ Pedro Montt 1606 – Torre A – Piso 3° / Fono: 29757550 – Fax: 29757575 prestación de servicios en beneficio de la comunidad, debiendo presentarse ante el CRS de Santiago, a más tardar el día 26 de abril del año en curso. En el evento de que le fuera revocada la pena sustitutiva, no existen abonos que considerar. III.- Que se exime al sentenciado del
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_____________________________________________________________________ Pedro Montt 1606 – Torre A – Piso 3° / Fono: 29757550 – Fax: 29757575 PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO. FECHA: Santiago, veintiséis de marzo de dos mil veintiuno TRIBUNAL: SEPTIMO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: PATRICIO ERNESTO ALVAREZ MALDINI RUC: 1800130450-6 RIT: 2532 - 2018 IMPUTADO: MANUEL FIDEL ALTAMIRANO DÍAZ C.I.
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