BARRERA/CLÍNICA UNIVERSITARIA DE CONCEPCIÓN S.A.
Rol
O-1534-2020
Fecha
6 de enero de 2021
Materia
Despido injustificado
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: En mérito de estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 446 y siguientes del Código del Trabajo, se declara: I.- Que se acoge la demanda deducida por doña CAROL JEANNETTE BARRERA OVIEDO, en contra de CLÍNICA UNIVERSITARIA CONCEPCIÓN S.A, declarándose improcedente su despido, y condenándose a la demandada al pago de las siguientes prestaciones: 1.- $1.832.009, por incremento legal del 30% de la indemnización por años de servicios según lo dispuesto en el artículo 168 la letra a) del Código del Trabajo. 2.- $1.465.462, por descuento indebido del aporte del empleador a la cuenta individual de cesantía de la trabajadora demandante. II.- Que las sumas ordenadas pagar deberán serlo con los intereses y reajustes establecidos en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo, según corresponda. . III.- Que no se condena en costas a la demandada al no haberse opuesto a la demanda. Regístrese y en su oportunidad archívese. RIT O-1534-2020 Las partes se entienden personalmente notificadas de todas las resoluciones dictadas en esta audiencia, sin perjuicio de ello se les remitirá copia respectiva a sus correos electrónicos. Dirigió y dictó la sentencia doña VALERIA CECILIA ZUÑIGA ARAVENA, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes.
Fallo
por tanto, llamadas a las partes a conciliación esta no se ha arribado. Y sin que se haya contestado la demanda dentro del plazo legal, se hace uso de la facultad que confiere el artículo 453 N°1 Inciso 7° del Código del Trabajo, dictando sentencia en esta audiencia. Se deja constancia que la Magistrado doña Valeria Zúñiga Aravena, da lectura integra a la sentencia dictada en audio, constando en la presente acta solo la transcripción de la parte resolutiva del fallo. SENTENCIA: Concepción, seis de enero de dos mil veintiuno. VISTOS: En mérito de estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 446 y siguientes del Código del Trabajo, se declara: I.- Que se acoge la demanda deducida por doña CAROL JEANNETTE BARRERA OVIEDO, en contra de CLÍNICA UNIVERSITARIA CONCEPCIÓN S.A, declarándose improcedente su despido, y condenándose a la demandada al pago de las siguientes prestaciones: 1.- $1.832.009, por incremento legal del 30% de la indemnización por años de servicios según lo dispuesto en el artículo 168 la letra a) del Código del Trabajo. 2.- $1.465.462, por descuento indebido del aporte del empleador a la cuenta individual de cesantía de la trabajadora demandante. II.- Que las sumas ordenadas pagar deberán serlo con los intereses y reajustes establecidos en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo, según corresponda. . III.- Que no se condena en costas a la demandada al no haberse opuesto a la demanda. Regístrese y en su oportunidad archívese. RIT O-153
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ACTA DE AUDIENCIA PREPARATORIA PROCEDIMIENTO ORDINARIO (Audiencia efectuada por videoconferencia a través de plataforma digital Zoom) FECHA 6 de enero de 2021 RUC 20-4-0299358-9 RIT O-1534-2020 MAGISTRADO Valeria Cecilia Zúñiga Aravena ADMINISTRATIVO DE ACTAS Carolt Gfell Diaz SALA 3 HORA DE INICIO 09:36 horas HORA DE TERMINO 09:45 horas Nº REGISTRO DE AUDIO 2040299358
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