Juzgado de Garantía de Arauco.

MARCOS ANDRÉS MÉNDEZ FLORES C/ LUIS IVÁN BRAVO TOLOZA

Rol

O-1645-2019

Fecha

29 de marzo de 2021

Materia

ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

visto además lo dispuesto en los artículos 1, 15 N°1, 29, 50, 67, 69, 432 y 440 del Código Penal; artículos 45, 47, 297, 406, 407, 412, 413 y, 415 del Código Procesal Penal; se declara: I.- Que, se condena a don LUIS IVÁN BRAVO TOLOZA, ya individualizado, a la pena de TRES (3) AÑOS Y UN (1) DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MAXIMO, inhabilitación absoluta y perpetua para derechos políticos, inhabilitación absoluta de cargo u oficio público por el tiempo que dure la condena, como autor del delito consumado de robo con fuerza en las cosas en lugar habitado, previsto y sancionado en los artículos 440 N°1 en relación al artículo 432 del Código Penal, cometido el día 18 de septiembre de 2019, en esta ciudad. II.- Que respecto de los sentenciados no se reúnen ninguno de los requisitos de la Ley 18.216, debiendo la pena temporal impuesta cumplirse de manera efectiva ejecutoriada que sea la sentencia. Que se abona a favor del sentenciado el tiempo que este pasó privado de libertad en estos antecedentes y que según la defensa asciende a un lapso de 96 días. Sin perjuicio de lo anterior certifíquese dicha situación por el ministro de fe del tribunal. III.- Que, no se condena en costas a los sentenciados, toda vez que asumieron su responsabilidad en los hechos del requerimiento fiscal, ahorrando así costos al Estado. IV.- Practíquese pericia de determinación de huella genética a fin de incorporarla al registro nacional de ADN, ofíciese al servicio médico legal. Ejecutoriada que sea la presente sentencia, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Dirigió la audiencia, doña PERLA ANDREA ROA BORGOÑO, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Arauco. XXLNTWXTXS Perla Andrea Roa Borgono Juez de garantía Fecha: 29/03/2021 14:27:40 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora

Fallo

POR ESTAS CONSIDERACIONES y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 15 N°1, 29, 50, 67, 69, 432 y 440 del Código Penal; artículos 45, 47, 297, 406, 407, 412, 413 y, 415 del Código Procesal Penal; se declara: I.- Que, se condena a don LUIS IVÁN BRAVO TOLOZA, ya individualizado, a la pena de TRES (3) AÑOS Y UN (1) DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MAXIMO, inhabilitación absoluta y perpetua para derechos políticos, inhabilitación absoluta de cargo u oficio público por el tiempo que dure la condena, como autor del delito consumado de robo con fuerza en las cosas en lugar habitado, previsto y sancionado en los artículos 440 N°1 en relación al artículo 432 del Código Penal, cometido el día 18 de septiembre de 2019, en esta ciudad. II.- Que respecto de los sentenciados no se reúnen ninguno de los requisitos de la Ley 18.216, debiendo la pena temporal impuesta cumplirse de manera efectiva ejecutoriada que sea la sentencia. Que se abona a favor del sentenciado el tiempo que este pasó privado de libertad en estos antecedentes y que según la defensa asciende a un lapso de 96 días. Sin perjuicio de lo anterior certifíquese dicha situación por el ministro de fe del tribunal. III.- Que, no se condena en costas a los sentenciados, toda vez que asumieron su responsabilidad en los hechos del requerimiento fiscal, ahorrando así costos al Estado. IV.- Practíquese pericia de determinación de huella genética a fin de incorporarla al registro nacional de ADN, ofíciese al servicio médico

Texto Completo (Preview)

Individualización de Audiencia de preparación juicio oral Fecha Arauco., veintinueve de marzo de dos mil veintiuno Magistrado PERLA ANDREA ROA BORGOÑO Fiscal DENISSE MORALES PARRA Defensor GONZALO MUÑOZ BRAVO Hora inicio 10:42AM Hora termino 11:04AM Sala Sala 1 Tribunal Juzgado de Garantía de Arauco. Acta Alfonso Barra San Martín RUC 1901016764-K RIT 1645 - 2019 NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION COMUN

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica