CARABINERO ALTO DEL CARMEN C/ NELSON DAVID ORELLANA ESPOZ
Rol
O-523-2021
Fecha
26 de marzo de 2021
Materia
INFRINGIR NORMAS HIGIÉNICAS Y DE SALUBRIDAD
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: “El día 26 de marzo de 2021 a las 01:30 de la madrugada aproximadamente en la Ruta C-495 Km. 10 CRISTIAN ALEXIS MILLACURA ALFARO y NELSON DAVID ORELLANA ESPOZ se encontraban en dicho lugar, en la vía pública y al ser fiscalizados por Carabineros conforme al Art. 85 del Código Procesal Penal, se percataron que ninguno permiso o salvo conducto expedido por la autoridad que los habilitara para estar en dicho lugar y horario, con ello infringiendo de manera flagrante las reglas dictadas por la autoridad sanitaria, poniendo en peligro la salud pública norma dictada en estado de excepción constitucional; razón por la cual fueron detenidos por carabineros”. SE DECLARA: I. Que los imputados ya individualizados CRISTIAN ALEXIS MILLACURA ALFARO y NELSON DAVID ORELLANA ESPOZ, son culpables de los cargos formulados en el requerimiento verbal del Ministerio Público y, en consecuencia se les condena en calidad de AUTORES del simple delito previsto y sancionado en el ARTÍCULO 318 INCISO 1° DEL CÓDIGO PENAL, en grado CONSUMADO, hecho perpetrado el día 26 de marzo del año 2021, en la ciudad de Vallenar, a sufrir cada uno de ellos la pena de multa CERO COMA TRES (0,3) UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES. II. Que las penas de multa impuestas, se tienen por CUMPLIDAS con el tiempo que han permanecido privados de libertad con ocasión de estos hechos durante el día 26 de marzo de 2021. III. Se exime a los sentenciados al pago de las costas del procedimiento. La presente sentencia se encuentra firme y ejecutoriada para todos los efectos legales. Dese CUMPLIMIENTO a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal”. XYBTTWFDJJ Virgilio Ricardo Pérez Carrizo Juez de garantía Fecha: 27/03/2021 10:12:15 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SE
Fallo
SE DECLARA: I. Que los imputados ya individualizados CRISTIAN ALEXIS MILLACURA ALFARO y NELSON DAVID ORELLANA ESPOZ, son culpables de los cargos formulados en el requerimiento verbal del Ministerio Público y, en consecuencia se les condena en calidad de AUTORES del simple delito previsto y sancionado en el ARTÍCULO 318 INCISO 1° DEL CÓDIGO PENAL, en grado CONSUMADO, hecho perpetrado el día 26 de marzo del año 2021, en la ciudad de Vallenar, a sufrir cada uno de ellos la pena de multa CERO COMA TRES (0,3) UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES. II. Que las penas de multa impuestas, se tienen por CUMPLIDAS con el tiempo que han permanecido privados de libertad con ocasión de estos hechos durante el día 26 de marzo de 2021. III. Se exime a los sentenciados al pago de las costas del procedimiento. La presente sentencia se encuentra firme y ejecutoriada para todos los efectos legales. Dese CUMPLIMIENTO a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal”. XYBTTWFDJJ Virgilio Ricardo Pérez Carrizo Juez de garantía Fecha: 27/03/2021 10:12:15 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establ
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SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO FECHA: Vallenar, veintiséis de marzo de dos mil veintiuno TRIBUNAL: Juzgado de Garantía de Vallenar. MAGISTRADO: VIRGILIO RICARDO PEREZ CARRIZO RUC: 2100287614-8 RIT: 523 - 2021 IMPUTADO: CRISTIAN ALEXIS MILLACURA ALFARO C.I. 0015753626-5 FECHA DE NAC. 01-02-1984 DIRECCIÓN Calle La Planchada Nº 4118 Block 10 Depto. 22 - COMUNA: VALPARAISO
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