Juzgado de Garantía de Osorno.

MINISTERIO PUBLICO C/ FELIPE ANDRÉS ZÚÑIGA CAILEO

Rol

O-2250-2021

Fecha

18 de marzo de 2021

Materia

INFRINGIR NORMAS HIGIÉNICAS Y DE SALUBRIDAD

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos acreditado: El día 17 de marzo del año 2021, aproximadamente las 18.35 horas, el requerido FELIPE ZUÑIGA CAILEO fue sorprendido por personal de Carabineros transitando en la vía pública por calle Arturo Prat de la ciudad de Osorno, sin contar con el respectivo salvoconducto o permiso que lo habilite para ello, poniendo así en peligro la salud pública por infringir las reglas higiénicas o de salubridad dispuestas por la autoridad para prevenir el contagio de la población del virus COVID-19, tras haberse decretado estado de excepción constitucional el cual se encuentra vigente y que impone restricción de movilidad y tránsito para la comuna, medidas que duraran indefinidamente hasta que las condiciones epidemiológicas permitan su suspensión, lo que no ha ocurrido a la fecha Calificación jurídica: Infracción a la salud pública, artículo 318 del Código Penal, autor, consumado. Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 1°, 3°, 5°, 15 n°1, 30, 49, 68, 318 y demás pertinentes del Código Penal, 388 y siguientes del Código Procesal Penal: se declara: I.- Que se condena a FELIPE ANDRÉS ZÚÑIGA CAILEO, cédula de identidad 17.890.988-6, ya individualizado, a sufrir la pena de multa de seis Unidades Tributarias Mensuales, como autor del delito consumado del artículo 318 del Código Penal, perpetrado el día 17 de marzo de 2021, en la comuna de Osorno. II.- Que se decreta la suspensión de la pena y sus efectos por el lapso de seis meses, conforme lo dispuesto en el art. 398 del Código Procesal Penal. Transcurrido XMSTTVBSBN Gabriel Felipe Ortiz Salgado Juez de garantía Fecha: 25/03/2021 09:35:43 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform aci

Fundamentos

Considerando Hechos acreditado: El día 17 de marzo del año 2021, aproximadamente las 18.35 horas, el requerido FELIPE ZUÑIGA CAILEO fue sorprendido por personal de Carabineros transitando en la vía pública por calle Arturo Prat de la ciudad de Osorno, sin contar con el respectivo salvoconducto o permiso que lo habilite para ello, poniendo así en peligro la salud pública por infringir las reglas higiénicas o de salubridad dispuestas por la autoridad para prevenir el contagio de la población del virus COVID-19, tras haberse decretado estado de excepción constitucional el cual se encuentra vigente y que impone restricción de movilidad y tránsito para la comuna, medidas que duraran indefinidamente hasta que las condiciones epidemiológicas permitan su suspensión, lo que no ha ocurrido a la fecha Calificación jurídica: Infracción a la salud pública, artículo 318 del Código Penal, autor, consumado.

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 1°, 3°, 5°, 15 n°1, 30, 49, 68, 318 y demás pertinentes del Código Penal, 388 y siguientes del Código Procesal Penal: se declara: I.- Que se condena a FELIPE ANDRÉS ZÚÑIGA CAILEO, cédula de identidad 17.890.988-6, ya individualizado, a sufrir la pena de multa de seis Unidades Tributarias Mensuales, como autor del delito consumado del artículo 318 del Código Penal, perpetrado el día 17 de marzo de 2021, en la comuna de Osorno. II.- Que se decreta la suspensión de la pena y sus efectos por el lapso de seis meses, conforme lo dispuesto en el art. 398 del Código Procesal Penal. Transcurrido XMSTTVBSBN Gabriel Felipe Ortiz Salgado Juez de garantía Fecha: 25/03/2021 09:35:43 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl dicho plazo sin que el imputado haya sido formalizado o requerido por un hecho diverso, se dejara sin efecto la presente sentencia, reemplazándola por el sobreseimiento definitivo de esta causa. III.- Que se le exime del pago de las costas atendida su aceptación de responsabilidad y al haberse evitado la realización de un juicio oral y público y los gast

Texto Completo (Preview)

RUC 2100257207-6 RIT 2250-2021 IMPUTADO (S) FELIPE ANDRÉS ZÚÑIGA CAILEO DOMICILIO: GUILLERMO MATTA N°554 (interior), OSORNO. PROCEDIMIENTO: SIMPLIFICADO Osorno, dieciocho de marzo de dos mil veintiuno. Vistos, Oído y Considerando Hechos acreditado: El día 17 de marzo del año 2021, aproximadamente las 18.35 horas, el requerido FELIPE ZUÑIGA CAILEO fue sorprendido por personal de Carabineros trans

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