Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua.

MP C/ ROBINSON MAURICIO RIVADENEIRA PIZARRO

Rol

O-67-2021

Fecha

24 de marzo de 2021

Materia

INFRINGIR NORMAS HIGIÉNICAS Y DE SALUBRIDAD, ROBO EN BIENES NACIONALES DE USO PUBLICO O SITIOSNO DESTIN.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos descritos son constitutivos del delito consumado de robo en bienes nacionales de uso público, descrito y sancionado en los artículos 432 y 443 inciso 1°, ambos del Código Penal; y el ilícito descrito en el artículo 318 del Código Penal. En ambos delitos le cabría al imputado participación en calidad de autor ejecutor según los términos del artículo 15 N° 1 del Código Penal. A juicio de la Fiscalía, no concurren atenuantes y perjudica al acusado la agravante señalada en el artículo 12 N° 16 del Código Penal. Por lo anterior, la Fiscalía requiere se imponga al imputado la pena de 4 y un día años de presidio menor en su grado máximo, por el delito de Robo en Bines Nacionales de uso público; y por el delito del artículo 318 del Código del Luis Cristian Fredes Hernandez Juez Presidente Fecha: 24/03/2021 14:14:20 TMMQTVXFMG Paulina Alejandra Chaparro Bossy Juez Redactor Fecha: 24/03/2021 14:50:30 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl Tribunal de Juicio Oral en lo Penal Rancagua ramo, la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, incluidas las accesorias del artículo 29 del Código Penal, y se le condene al pago de las costas. En su alegato de cierre señaló que lo debatido no es la existencia del delito sino la participación del acusado él; resultando clave la declaración del operador de la cámara de seguridad quien dio cuenta de antecedentes que permiten condenar. Los hechos ocurrieron durante la cuarentena, por lo que de acuerdo al video exhibido se vieron muy pocas personas transitando, solo a la familia del acusado; y al rebobinar el video obtenido por las cámaras el único hecho de releva

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 7, 318 y 443 del Código Penal; 48, 52, 295, 296, 297, 340, 341, 342, 343, 344, 346 y 347 del Código Procesal Penal; se declara: I.- Que, se absuelve a ROBINSON MAURICIO RIVADENEIRA PIZARRO ya individualizado, de la acusación formulada por el Ministerio Público de ser el presunto autor de un delito de robo en bienes nacionales de uso público y del delito sanitario del artículo 318 del Código Penal, supuestamente ocurridos con fecha 26 de septiembre de 2020 en la comuna de Rancagua. II.- Que no se condena en costas al Ministerio Público, por estimar que no hizo un ejercicio abusivo de su deber de persecución. Una vez ejecutoriada la presente sentencia, remítase los antecedentes al Juzgado de Garantía de Rancagua, para el cumplimiento y ejecución de la sentencia y, además, de conformidad a lo establecido en el artículo 17 de la ley 20.568, una vez ejecutoriada la presente sentencia, ofíciese al Servicio Electoral a fin que se deje sin efecto la eventual suspensión del derecho a sufragio que se pudo haber decretado respecto del acusado, ya que, en definitiva, fue absuelto de dicho ilícito. Luis Cristian Fredes Hernandez Juez Presidente Fecha: 24/03/2021 14:14:20 TMMQTVXFMG Paulina Alejandra Chaparro Bossy Juez Redactor Fecha: 24/03/2021 14:50:30 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem br

Texto Completo (Preview)

Tribunal de Juicio Oral en lo Penal Rancagua Rancagua, veinticuatro de marzo de dos mil veintiuno. PRIMERO: Ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua, constituido por los magistrados don Cristian Fredes Hernández quien presidió, don Felipe Cortés Ibacache y doña Paulina Chaparro Bossy, se llevó a efecto la audiencia de Juicio Oral en la causa RIT 67-2021, seguida en contra del acu

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