MP C/ ANDRÉS ANTONIO MENDOZA MENDOZA
Rol
O-9957-2020
Fecha
19 de marzo de 2021
Materia
INFRINGIR NORMAS HIGIÉNICAS Y DE SALUBRIDAD
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos y oídos los intervinientes: Que la parte expositiva y considerativa de la presente sentencia se encentra en el audio pertinente y la parte resolutiva es del siguiente tenor: Y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 14, 15, 25, 50 y 318 del Código Penal; artículos 45, 47, 295, 297, 340, 342, 346, 348, 393, 394 y 395 del Código Procesal Penal, se declara: I. Que se absuelve a ANDRÉS ANTONIO MENDOZA MENDOZA, ya individualizado, de los cargos formulados por el ministerio público de ser autor de una infracción al artículo 318 del Código Penal, hecho que habría ocurrido en esta jurisdicción, el día 27 de Agosto del año 2020, por no haberse acreditado los hechos ni la participación ante la inexistencia absoluta de prueba. II. Que atendido lo resuelto, debe dejarse, respecto del imputado, sin efecto el requerimiento y las medidas que se hubieren decretado. III. Que habiéndose absuelto a este imputado, no se le condenará al pago de las costas de la causa, en cuanto al Ministerio Público, no se le condena a ellas por haber obrado en ejercicio de la facultad que le impone imperativamente su ley orgánica respecto de la persecución penal. Regístrese y notifíquese. Dictada por Doña María del Pilar Labarca Rocco, Juez de Garantía de Viña del Mar. XMXXTVWCHE Maria del Pilar Labarca Rocco Juez de garantía Fecha: 24/03/2021 12:19:51 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2021-03-24T12:19:54-0300 Corte Suprema Maria del Pilar Labarca Rocco Verificación Legal
Fallo
se declara: I. Que se absuelve a ANDRÉS ANTONIO MENDOZA MENDOZA, ya individualizado, de los cargos formulados por el ministerio público de ser autor de una infracción al artículo 318 del Código Penal, hecho que habría ocurrido en esta jurisdicción, el día 27 de Agosto del año 2020, por no haberse acreditado los hechos ni la participación ante la inexistencia absoluta de prueba. II. Que atendido lo resuelto, debe dejarse, respecto del imputado, sin efecto el requerimiento y las medidas que se hubieren decretado. III. Que habiéndose absuelto a este imputado, no se le condenará al pago de las costas de la causa, en cuanto al Ministerio Público, no se le condena a ellas por haber obrado en ejercicio de la facultad que le impone imperativamente su ley orgánica respecto de la persecución penal. Regístrese y notifíquese. Dictada por Doña María del Pilar Labarca Rocco, Juez de Garantía de Viña del Mar. XMXXTVWCHE Maria del Pilar Labarca Rocco Juez de garantía Fecha: 24/03/2021 12:19:51 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2021-03-24T12:19:54-0300 Corte Suprema Maria del Pilar Labarca Rocco Verificación Legal
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SENTENCIA: Fecha Viña del Mar., diecinueve de marzo de dos mil veintiuno RUC 2000880151-8 RIT 9957 - 2020 NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION COMUNA ANDRÉS ANTONIO MENDOZA MENDOZA 0021267106-1 Sector Gómez Carreño calle Austral 460 Block 44 Dpto. Nº 11 Viña del Mar. Vistos y oídos los intervinientes: Que la parte expositiva y considerativa de la presente sentencia se encentra en el audio pertinente y l
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