MPA C/ JUAN ALEJANDRO CASAS-CORDERO CHIRINO
Rol
O-13112-2020
Fecha
18 de marzo de 2021
Materia
INFRINGIR NORMAS HIGIÉNICAS Y DE SALUBRIDAD
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y TENIENTO PRESENTE: I.- Encontrándose suficientemente fundado el requerimiento presentado por el Ministerio Público y la proposición de multa; de conformidad con lo dispuesto en el artículo 318 del Código Procesal Penal, se ACOGE el requerimiento y en consecuencia, se condena a JUAN ALEJANDRO CASAS-CORDERO CHIRINO, cédula de identidad N° 19.969.734-K, ya individualizado, en calidad de autor del delito contemplado en el artículo 318 del Código Penal, a pagar una multa a beneficio fiscal de UNA (01) U.T.M, sin costas, por los hechos acaecidos el día 18 de octubre de 2020. II.- La multa impuesta deberá pagarse en pesos, en el equivalente que tenga la referida unidad en el momento de su pago en la tesorería Regional de la República. Si la multa es pagada en su totalidad, dentro de los 15 días contados desde la notificación, ella será rebajada en un 25%. Instrúyase al imputado, en el acto de su notificación, que le asisten los siguientes derechos: a.- Aceptar el requerimiento y la multa impuesta en cuyo caso se entenderá ejecutoriada esta sentencia. Lo mismo ocurrirá en el evento de que no interponga reclamo dentro del plazo de quince días. b.- Reclamar en contra del requerimiento y de la sanción que le ha sido impuesta en el término referido en la letra precedente, evento en el cual se continuará el juicio de acuerdo a las normas del procedimiento simplificado. c.- En caso de no poseer bienes para satisfacer el pago, podrá en el plazo de quince (15) días de ejecutoriada la presente resolución, acogerse a lo establecido en el artículo 49 del Código Penal y solicitar en forma escrita y fundada ante el Tribunal, adjuntando los antecedentes que acrediten o justifiquen su petición, la sustitución de la multa impuesta por la pena de prestación de servicios en beneficio de la comunidad, equivalente a ocho (8) horas por cada tercio de unidad tributaria mensual, lo cual el Tribunal podrá resolver sin fijar audiencia previa. Si el referido imputado, no ejerce la facu
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Individualización de Audiencia de Prep. de Juicio Oral Simplificado Fecha Antofagasta., dieciocho de marzo de dos mil veintiuno Magistrado SISSI IVONNE BERTOGLIO-TALAP CORTÉS Fiscal CARLOS ANTONIO LILLO ADAOS Defensor MAXIMILIANO GONZALEZ HERRERA Hora inicio 10:20AM Hora termino 10:25AM Sala PRIMERA SALA VIA ZOOM Tribunal Juzgado de Garantía de Antofagasta. Acta Mauret Quintremán Lara RUC 20010595
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