Juzgado de Garantía de Lautaro.

MANUEL RICARDO SEPULVEDA GARRIDO C/ JAIME ANDRÉS JOFRÉ JOFRÉ

Rol

O-2164-2020

Fecha

17 de marzo de 2021

Materia

INFRINGIR NORMAS HIGIÉNICAS Y DE SALUBRIDAD

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos: “Que el día sábado 3 de octubre de 2020, alrededor de las 14:45 horas, el requerido JAIME ANDRES JOFRE JOFRE, fue fiscalizado por personal de Carabineros de Chile, mientras transitaba en la vía pública por Calle Baquedano esquina Raussen de la ciudad de Lautaro. El requerido no contaban con permiso temporal de desplazamiento o autorización que los habilitase a transitar a esa hora por la ciudad de Lautaro, rigiendo en la Comuna la Fase Nº 2, infringiendo la Resolución exenta N° 831 del Ministerio de Salud de fecha 1 de octubre de 2020 que dispuso que los habitantes de la comuna de Lautaro deberán permanecer en cuarentena o aislamiento los días sábados, domingos y festivos, infringiendo además la Resolución Exenta N° 202 del Ministerio de Salud. El requerido con su accionar pusieron en peligro la salud pública al aumentar -con su desplazamiento en la vía pública- el riesgo de propagación del virus COVID 19. Resoluciones exentas que fueron publicadas en el Diario Oficial y que se fundan en el decreto Nº 4, del Ministerio de Salud, que con fecha 5 de febrero de 2020, decreto Alerta Sanitaria por Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional (ESPII) por brote del nuevo coronavirus (2019-NCOV). A su vez el Ministerio del Interior por decreto número 104, de fecha 18 de marzo de 2020, declaró estado de excepción constitucional de catástrofe, por calamidad pública, en el territorio de Chile, resolución renovada de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 400 publicado en el Diario Oficial el día 12 de septiembre de 2020.” Los hechos precedentemente descritos, en concepto del Ministerio Público, y previa recalificación jurídica, constituyen delito CONTRA SALUD PUBLICA, prescrito y sancionado en el artículo 318 del Código Penal, que sanciona al que pusiere en peligro la salud pública por infracción de las reglas higiénicas o de salubridad, debidamente publicadas por la autoridad, en tiempo de catástrofe, epidemia o contagio, en grado de CONSUMADO

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, se presentó requerimiento en procedimiento simplificado en esta causa en contra de don JAIME ANDRES JOFRE JOFRE, cédula de identidad N°13.503.022-8, 42 años, soltero, cesante, domiciliado en calle Alberto Blest Gana N° 578, Villa Aviación, Lautaro, Fono 958045103. SEGUNDO: Que, el fiscal fundó el requerimiento en los siguientes hechos: “Que el día sábado 3 de octubre de 2020, alrededor de las 14:45 horas, el requerido JAIME ANDRES JOFRE JOFRE, fue fiscalizado por personal de Carabineros de Chile, mientras transitaba en la vía pública por Calle Baquedano esquina Raussen de la ciudad de Lautaro. El requerido no contaban con permiso temporal de desplazamiento o autorización que los habilitase a transitar a esa hora por la ciudad de Lautaro, rigiendo en la Comuna la Fase Nº 2, infringiendo la Resolución exenta N° 831 del Ministerio de Salud de fecha 1 de octubre de 2020 que dispuso que los habitantes de la comuna de Lautaro deberán permanecer en cuarentena o aislamiento los días sábados, domingos y festivos, infringiendo además la Resolución Exenta N° 202 del Ministerio de Salud. El requerido con su accionar pusieron en peligro la salud pública al aumentar -con su desplazamiento en la vía pública- el riesgo de propagación del virus COVID 19. Resoluciones exentas que fueron publicadas en el Diario Oficial y que se fundan en el decreto Nº 4, del Ministerio de Salud, que con fecha 5 de febrero de 2020, decreto Alerta Sanitaria por Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional (ESPII) por brote del nuevo coronavirus (2019-NCOV). A su vez el Ministerio del Interior por decreto número 104, de fecha 18 de marzo de 2020, declaró estado de excepción constitucional de catástrofe, por calamidad pública, en el territorio de Chile, resolución renovada de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 400 publicado en el Diario Oficial el día 12 de septiembre de 2020.” Los hechos precedentemente descritos, en concepto del Ministerio Público, y previa recalificación jurídica, constituyen delito CONTRA SALUD PUBLICA, prescrito y sancionado en el artículo 318 del Código Penal, que sanciona al que pusiere en peligro la salud pública por infracción de las reglas higiénicas o de salubridad, debidamente publicadas por la autoridad, en tiempo de catástrofe, epidemia o contagio, en grado de CONSUMADO, atribuyendo al imputado participación de AUTOR en los mismos. TERCERO: Que, habiendo sido consultado el imputado respecto de estos hechos y habiendo sido advertido previamente, admitió libre y espontáneamente su responsabilidad en ellos, por lo que el tribunal tiene como hecho de la causa a considerar lo señalado en el requerimiento, dado que con dicha aceptación se ha liberado al Ministerio Público de desvirtuar la presunción de inocencia y al Tribunal de ponderar antecedentes o una prueba que no se rinda en esta audiencia. CUARTO: Que, se coincide con el grado de desarrollo y de participación atribuidos al requerido, y con la c

Fallo

se declara: I.- Que, se condena a JAIME ANDRES JOFRE JOFRE, ya individualizado, en su calidad de AUTOR del delito de PONER EN PELIGRO SALUD PUBLICA (ART 318 CP), en grado de CONSUMADO, perpetrado el día 03 de octubre de 2020, en la comuna de Lautaro, a la pena de multa de un TERCIO (1/3) de unidad tributaria mensual; y se le exime del pago de las costas de la causa. II.- Que, para el pago de la multa, se conceden al sentenciado parcialidades, consistentes dos cuotas, iguales, mensuales y sucesivas de un sexto (1/6) de unidad tributaria mensual cada una, pagaderas los días 05 de cada mes, a contar del mes de abril de 2021, bajo apercibimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y siguientes del Código penal. El no pago de la primera cuota hará exigible el total de la multa III.- Que el condenado no tiene abonos que considerar a su favor en razón de la presente causa. Quedan en este acto notificados los intervinientes presentes en la audiencia Regístrese y archívese en su oportunidad. RUC: 2001013232-1 RIT : 2164 - 2020 Sentencia pronunciada por don EDUARDO ANTONIO PEREZ YAÑEZ, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Lautaro. KGXXTXXYNX Eduardo Antonio Perez Yanez Juez de garantía Fecha: 23/03/2021 01:38:10 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile

Texto Completo (Preview)

RUC : 2001013232-1 RIT : 2164 - 2020 MATERIA : PONER EN PELIGRO SALUD PUBLICA ART 318 CP IMPUTADO : JAIME ANDRES JOFRE JOFRE RESOLUCIÓN : SENTENCIA DEFINITIVA PROCEDIMIENTO : SIMPLIFICADO Lautaro., diecisiete de marzo de dos mil veintiuno OÍDOS LOS INTERVINIENTES Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, se presentó requerimiento en procedimiento simplificado en esta causa en contra de don JAIME ANDRES JOFRE

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