MARIA ANTONIETA BRUZZONE GALEB C/ VÍCTOR HUGO CÁRDENAS DONOSO
Rol
O-86-2018
Fecha
17 de marzo de 2021
Materia
INFRACCION AL ART. 9 DEL DECRETO LEY 2.695.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: “1° Que soy propietaria del predio agrícola denominado María Antonieta Tercera, antes Pereira, ubicado en el lugar de Los Loros en la Comuna de Freirina, Provincia de Huasco, que tiene los siguientes deslindes: AL NORTE, con cerros, hoy bosques del Fundo San Juan, camino público de por medio; AL SUR, con propiedad de don Ramón Cárdenas, hoy de su sucesión; AL NACIENTE, con propiedad del mismo Ramón Cárdenas; AL PONIENTE, con propiedad de Faustino Araya, hoy de la sucesión de Luis Astudillo. Adquirí el dominio de este predio por compra que me hizo don Juan Humberto Bruzzone Bruzzone, según consta de la escritura pública otorgada ante el Notario Interino de Freirina, doña María Yolanda Alvarez Alvarez de fecha trece de septiembre de mil novecientos ochenta y nueve. Se encuentra enrolado para el pago de impuesto territorial bajo el Rol N°00102-00009 de la Comuna de Freirina. El dominio se encuentra inscrito a mi nombre a fojas 261 N°226 de fecha 26 de Octubre de 1989 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Freirina. Mi terreno tiene árboles tales como membrillos y olivos, he vivido preocupada del terreno, visitándole frecuentemente, ordenando limpieza y manteniendo cercos, los cuales se deterioraron con el tiempo. 2° Ocurre que a mediado del 2016 aparecen en la planicie ciertas mediciones, hasta que por terceros supe que don Víctor Hugo Cárdenas Donoso, había obtenido maliciosamente la regularización a través de Bienes Nacionales de la posesión de parte del inmueble individualizado en la cláusula primera, pese a no haber vivido nunca en dicha porción de terreno y a sabiendas que KRXXTWXNHB GIANNI PAOLO POZZI ANILIO Juez de garantía Fecha: 26/03/2021 10:06:58 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O cci
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que ante este Juzgado de Letras y Garantía, se desarrolló las audiencias de juicio oral en esta causa RIT N°86- 2018, seguida en contra de VÍCTOR HUGO CÁRDENAS DONOSO, Cédula Nacional de Identidad N' 7139578-2, domiciliado en parcela San Ramón, Los Loros, comuna de Freirina legalmente representado por el Defensor Penal Privado don Luis Escobar Moore. En representación del Ministerio Público, como parte acusadora, compareció el Fiscal don Jorge Hernández Ángel y como abogado de la querellante MARIA ANTONIETA BRUZZONE GALEB, Profesora de Estado, cédula nacional de identidad y rol único tributario N°6.779.547-4, domiciliada en Avenida Costanera N°516, Quinta Valle de la ciudad de Vallenar, la abogado Saida Bonett Simon. SEGUNDO: Acusación y querella. Que el Ministerio Público fundó la acusación en que: “A partir del año 2014, VICTOR HUGO CARDENAS DONOSO comenzó a realizar maliciosamente los trámites pertinentes destinados a regularizar la propiedad y obtener su título de dominio sobre la superficie del bien inmueble ubicado en Sector Los Loros de la comuna de Freirina, a sabiendas que tenía como legítimo dueño a MARIA ANTONIETA BRUZZONE GALEB. Así, dicho procedimiento administrativo finalizó con la dictación de la resolución exenta Ns E-8720 de 07 de septiembre de 2015 de la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales de la Región de Atacama, dictada con ocasión del expediente administrativo Ns KRXXTWXNHB GIANNI PAOLO POZZI ANILIO Juez de garantía Fecha: 26/03/2021 10:06:58 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 28059, de conformidad a lo establecido en el Decreto Ley Ns 2.695 de 1979 y su reglamento, la cual se regulariza a nombre de VICTOR HUGO CARDENAS DONOSO la propiedad raíz ubicada en Sector Los Loros de la comuna de Freirina, de una superficie aproximada de 0.63 Has, cuyos deslindes particulares son los siguientes: Norte: Ruta C-462 en línea quebrada comprendida entre los vértices AB en coordenadas WGS 84 vértice A Norte 6845983,14 Este 295159,78 y vértice B Norte 6845983,52 Este 295270,63; Este: Sucesión Cárdenas Valderrama, en línea recta comprendida entre los vértices BC separado por cerco, en coordenadas WGS 84 vértice B Norte 6845983,52 Este 295270,63 y vértice C 6845908,48 Este 295258,13; Sur: María Antonieta Bruzones, en línea quebrada comprendida entre los vértices CD separado por cerco en coordenadas WGS 84 vértice Norte 6845908,48 Este 295258,13 y vértice D Norte 6845955,88 este 295152,03; Oeste: Waldino Seura Álvarez, en línea recta comprendida entre los vértices DA, separado por cerco, en coordenadas WGS 84 vértice D Norte 6845955,88 Es
Fallo
por tanto no son suficientes para tener por acreditados los hechos que en ellas se afirman. Que se debilitan entonces las afirmaciones del acusador y querellante referidas a la obtención maliciosa de la calidad de poseedor regular del terreno regularizado, desde que un supuesto que finalmente aparece revestido de legalidad, pues no debemos olvidar que es el propio Estado a través de su Ministerio de Bienes Nacionales, quien finalmente regulariza el predio. A la luz de lo expuesto, las afirmaciones de los testigos, la poca claridad de las fotografías incorporadas y los antecedentes habidos en la carpeta administrativa de regularización, no aportan KRXXTWXNHB GIANNI PAOLO POZZI ANILIO Juez de garantía Fecha: 26/03/2021 10:06:58 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl antecedentes suficientes para entender acreditado el tipo penal por el cual se ha acusado. DECIMO: Decisión absolutoria. Que de esta manera, no logrando el Ministerio Público vencer el mencionado estándar de convicción impuesto por el legislador en el precepto ya citado y existiendo dudas respecto de la concurrencia de los elementos del tipo penal por e
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Freirina, veintidós de marzo de dos mil veintiuno. VISTOS, OIDOS LOS INTERVINIENTES Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que ante este Juzgado de Letras y Garantía, se desarrolló las audiencias de juicio oral en esta causa RIT N°86- 2018, seguida en contra de VÍCTOR HUGO CÁRDENAS DONOSO, Cédula Nacional de Identidad N' 7139578-2, domiciliado en parcela San Ramón, Los Loros, comuna de Freirina legalmente repr
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