Juzgado de Garantía de San Carlos.

MINISTERIO PUBLICO C/ ROMINA ANTONELLA REYES OYARCE

Rol

O-865-2018

Fecha

5 de marzo de 2021

Materia

FALSIFICACION O USO MALICIOSO DE DOCUMENTOS PRIVADOS.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Que, ante este Juzgado de Garantía de San Carlos, con fecha 1 de marzo de 2021, el ministerio público, representado por la fiscal adjunto, doña Claudia Zárate Rojas, de conformidad a lo previsto en el artículo 407 del Código Procesal Penal, presentó acusación verbal en contra de ROMINA ANTONELLA REYES OYARCE, cédula nacional del identidad N° 19937043-K, domiciliada en calle Los Mirasoles 6360, comuna de Pedro Aguirre Cerda y en contra de YANKA RAYEN JARAMILLO ROJAS, cédula nacional del identidad N° 17873067-3, domiciliados en Calle NAVIDAD Nº 2768, comuna de Pedro Aguirre Cerda, Santiago, por su presunta responsabilidad en calidad de autoras, en los siguientes hechos: Con fecha 19 abril de 2018 la víctima Luis Antonio Roudergue Muñoz se percata que individuos desconocidos le hurtaron en fecha indeterminada seis cheques pertenecientes a su cuenta corriente N° 641-0- 003063-1 del Banco Estado, entre los cuales estaban los cheques números 8516900, 8516896 y 8516893. Con fecha 13 abril de 2018 la imputada Romina Reyes Oyarce concurre a la sucursal del Banco Estado de la Comuna de San Carlos ubicada en calle Serrano en poder de los cheques números 8516900 y 8516893 procediendo a cobrar por caja estos documentos en forma nominativa por la suma de $1.480.000 cada uno, haciendo presente que los citados cheques tanto su llenado como la firma del titular no correspondían a los de la víctima siendo por tanto falsificados, utilizándolos maliciosamente, apropiándose de la suma total de $2.960.000 y perjudicando a la víctima en esa suma de dinero. También con fecha 13 de abril de 2018 la imputada Yanka Jaramillo Rojas concurre a la sucursal del Banco Estado de San Carlos ubicada en calle Serrano en poder del documento número 8516896, procediendo a cobrar por caja este cheque en forma nominativa por la suma de $1420.000 haciendo presente que el citado documento tanto su llenado como firma del titular no corresponden a los de la víctima siendo por tanto falsificado, utilizá

Fundamentos

CONSIDERANDO: 1°.- Que en la audiencia de juicio abreviado de fecha 1 de marzo de 2021, las acusadas en conocimiento de los hechos materia de la acusación y de los antecedentes de la investigación en que ellos se fundan, los aceptaron expresamente y estuvieron de acuerdo en la aplicación del procedimiento abreviado, habiéndoseles advertido previamente por el Tribunal acerca de sus derechos y de las consecuencias de su decisión. 2°.-- Que sobre la base de la aceptación de los hechos que los acusados manifestaron respecto de los antecedentes de la investigación, así como del mérito de estos, valorados con libertad y sin contradecir los principios de la lógica, las máximas MZJMTXDPXK Ivan Rodrigo Santibañez Torres Juez de garantía Fecha: 23/03/2021 09:35:00 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl de la experiencia y los conocimientos científicamente afianzados, se tienen por probados los siguientes hechos: Con fecha 19 abril de 2018 la víctima Luis Antonio Roudergue Muñoz se percata que individuos desconocidos le hurtaron en fecha indeterminada seis cheques pertenecientes a su cuenta corriente N° 641-0- 003063-1 del Banco Estado, entre los cuales estaban los cheques números 8516900, 8516896 y 8516893. Con fecha 13 abril de 2018 la imputada Romina Reyes Oyarce concurre a la sucursal del Banco Estado de la Comuna de San Carlos ubicada en calle Serrano en poder de los cheques números 8516900 y 8516893 procediendo a cobrar por caja estos documentos en forma nominativa por la suma de $1.480.000 cada uno, haciendo presente que los citados cheques tanto su llenado como la firma del titular no correspondían a los de la víctima siendo

Fallo

por tanto falsificados, utilizándolos maliciosamente, apropiándose de la suma total de $2.960.000 y perjudicando a la víctima en esa suma de dinero. También con fecha 13 de abril de 2018 la imputada Yanka Jaramillo Rojas concurre a la sucursal del Banco Estado de San Carlos ubicada en calle Serrano en poder del documento número 8516896, procediendo a cobrar por caja este cheque en forma nominativa por la suma de $1420.000 haciendo presente que el citado documento tanto su llenado como firma del titular no corresponden a los de la víctima siendo por tanto falsificado, utilizándolo maliciosamente, apropiándose de la suma ya señalada precedentemente y perjudicando a la víctima en la suma $1.420.000. Los hechos anteriormente descritos, se estimaron por el ministerio público como constitutivo del ilícito de uso malicioso de instrumento privado mercantil falso, ilícito, previsto y sancionado, en el artículos 198, del Código Penal, y atribuyendo a las acusadas una participación de autoras y un grado de desarrollo del ilícito de consumado. En atención a lo anterior, solicitó la pena de 541 días de presidio menor en su grado medio, multa de 16 UTM, por cada una, accesorias legales, sin costas, respecto ambas imputadas, estimando concurrentes respecto de la acusadas, las circunstancias atenuantes de responsabilidad penal previstas en el artículo 11 N° 6 y la prevista en el numeral 9° del mismo cuerpo legal , para el evento que aceptaran la tramitación del juicio conforme a las reglas d

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Individualización de Audiencia de lectura de sentencia. Fecha San Carlos., cinco de marzo de dos mil veintiuno Magistrado IVAN SANTIBAÑEZ TORRES Fiscal CLAUDIA ZARATE ROJAS Defensor CARLOS ANDRÉS REYES GUTIÉRREZ Hora inicio 11:55AM Hora termino 11:58AM Sala Sala 1 Tribunal Juzgado de Garantía de San Carlos. Acta AOV RUC 1800399333-3 RIT 865 – 2018 Registro de Audio 1800399333-3-1074 Actuaciones e

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