Juzgado de Garantía de Pitrufquen.

JORGE IVAN MANRIQUEZ FIGUEROA C/ ALEX YORDAN PARRA PEREZ

Rol

O-1545-2020

Fecha

19 de marzo de 2021

Materia

INFRINGIR NORMAS HIGIÉNICAS Y DE SALUBRIDAD

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

hechos: “El día 13 de agosto de 2020, alrededor de las 01:30 horas, personal de Carabineros de Chile fiscalizaron en dependencias del Hospital de Pitrufquén al requerido ALEX JORDAN PARRA PEREZ, quien momentos antes había sido agredido en la vía pública por terceros con un arma blanca, específicamente en calle 5 de Abril N° 1068 de la comuna de Pitrufquén, por lo que el requerido concurrió a la urgencia del Hospital de Pitrufquén, lugar donde los funcionarios de Carabineros se percataron que el requerido circulaba sin contar con salvoconducto o autorización que le permitiera circular en el horario de aislamiento sanitario comprendido entre las 22:00 horas y 05:00 horas, incumpliendo de esta manera las normas de salubridad impuestas por la Autoridad sanitaria en pos de la epidemia y de catástrofe derivadas del virus COVID-19, poniendo de esta manera en peligro la salud pública.” II. La fiscalía representada por el Fiscal Adjunto Sr. MAURICIO SAN MARTIN LARA, para efectos del artículo 395 del Código Procesal Penal tuvo los hechos como un DELITO DE INFRACCIÓN DE LAS REGLAS HIGIÉNICAS O DE SALUBRIDAD, previsto y sancionado en el artículo 318 del Código Penal, en relación a la Resolución Exenta 202/2020 confirmadas por las Resoluciones Exentas 203/2020, 341/2020, DS 003, de fecha 16 de marzo de 2020 y Decreto N° 4-2020 del Ministerio de Salud y Decreto supremo N° 104 de fecha 18 de marzo de 2020, cometida por el requerido en calidad de AUTOR DIRECTO de acuerdo al artículo 15 Nº1 del Código Penal y en grado MVEFTXXFTC Mauricio Alejandro Torres Contreras Juez de garantía Fecha: 22/03/2021 13:11:31 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte

Fallo

Por lo expuesto y atendido a lo dispuesto en el artículo 297 en relación con el 340, 348, 388, 389, 390, 393, 395 y 398 del Código Procesal Penal, ley 20.066, artículos 1º, 7°, 11 N° 9, 14 N° 1, 15 Nº 1, 30, 49, 67, 70, 494 N° 16 y 318 del Código Penal y Resolución Exenta 202/2020 confirmadas por las Resoluciones Exentas 203/2020, 341/2020, DS 003, de fecha 16 de marzo de 2020 y Decreto N° 4-2020 del Ministerio de Salud y Decreto supremo N° 104 de fecha 18 de marzo de 2020, y demás dictadas conforme a ellas, RESUELVO: I. Que se condena a ALEX YORDAN PARRA PEREZ, RUN 19.324.498-K, ya individualizado, a la pena de MULTA ASCENDENTE A UN TERCIO (1/3) DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, como AUTORA de un DELITO CONSUMADO DE PONER EN PELIGRO LA SALUD PUBLICA POR INFRACCIÓN DE LAS REGLAS HIGIÉNICAS O DE SALUBRIDAD PUBLICADAS POR LA AUTORIDAD EN TIEMPO DE CATASTROFE, MVEFTXXFTC Mauricio Alejandro Torres Contreras Juez de garantía Fecha: 22/03/2021 13:11:31 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl PODER JUDICIAL JUZGADO DE GARANTIA PITRUFQUEN JUZGADO DE GARANTÍA DE PITRFUQUÈN infracción al artículo 318 del Código Penal, cometido en

Texto Completo (Preview)

PODER JUDICIAL JUZGADO DE GARANTIA PITRUFQUEN JUZGADO DE GARANTÍA DE PITRFUQUÈN SENTENCIA DEFINITIVA: Pitrufquén, diecinueve de marzo de dos mil veintiuno.- I. La Fiscalía Local de Pitrufquén formuló requerimiento en procedimiento monitorio en contra de ALEX YORDAN PARRA PEREZ, RUN 19.324.498-K, nacido el 16 de enero de 1997, obrero, domiciliado en calle Gastón Lobos N° 685, de la comuna de Pitruf

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica