Juzgado de Garantía de Valparaíso.

MP C/ DIEGO ALDRIN LORCA TORRES

Rol

O-10675-2020

Fecha

18 de marzo de 2021

Materia

CONTRA SALUD PÚBLICA. ARTS. 313 D AL 315 Y ART. 317.

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: El día 14 de septiembre del año 2020, aproximadamente a las 15:440 horas, los imputados fueron sorprendidos por personal de carabineros en la vía pública, específicamente en calle Sauce esquina Décima, Placilla de Peñuelas, Valparaíso, transitando por dicho lugar, sin contar con los permisos pertinentes, vulnerando con ello la cuarentena decretada para la comuna de Valparaíso en virtud de entre otras normas, resolución exenta 742/2020 del MINSAL, que decreta la cuarentena para dicha comuna, atendida la pandemia Covid 19, poniendo con ello en grave riesgo la salud pública de las personas que transitaban por dicho lugar. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, y la resolutiva es del siguiente tenor: Valparaíso, dieciocho de marzo de dos mil veintiuno. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 11 n°6, 11 n° 9, 70, 318 del Código Penal, artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal se declara: I. Se condena a DIEGO ALDRIN LORCA TORRES y CHRISTOFER ALEXANDER LORCA SEPÚLVEDA, ambos ya individualizados a la pena de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL por su responsabilidad como autores del delito del artículo 318 del Código Penal en grado de XVYWTXVNTG Miguel Enrique Saez Navarrete Juez de garantía Fecha: 22/03/2021 19:08:06 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl desarrollo consumado en la jurisdicción de este tribunal el día 14 de septiembre del año 2020. II. Que respecto de CHRISTOFER ALEXANDER LORCA SEPÚLVEDA la pena de un tercio de unidad tributaria mensual por cumplida por el tiempo que el sentenciad

Fallo

se declara: I. Se condena a DIEGO ALDRIN LORCA TORRES y CHRISTOFER ALEXANDER LORCA SEPÚLVEDA, ambos ya individualizados a la pena de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL por su responsabilidad como autores del delito del artículo 318 del Código Penal en grado de XVYWTXVNTG Miguel Enrique Saez Navarrete Juez de garantía Fecha: 22/03/2021 19:08:06 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl desarrollo consumado en la jurisdicción de este tribunal el día 14 de septiembre del año 2020. II. Que respecto de CHRISTOFER ALEXANDER LORCA SEPÚLVEDA la pena de un tercio de unidad tributaria mensual por cumplida por el tiempo que el sentenciado estuvo privado de libertad en esta causa, el día de control de detención, correspondiente al 15 de septiembre de 2020. III. Que respecto de DIEGO ALDRIN LORCA TORRES se suspende la sentencia conforme lo dispuesto en el artículo 398 del Código Procesal Penal, en el evento que el imputado sea objeto de una formalización o un nuevo requerimiento la sentencia deberá ser archivada y en definitiva se decretara el sobreseimiento definitivo de la causa. IV. Que no se condena en costas a los imput

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RUC 2000943154-4 RIT 10675-2020 IMPUTADO: DIEGO ALDRIN LORCA TORRES, cédula de identidad 0020917053-1 con domicilio en Calle Población Central pasaje Olivillo casa 55 Placilla, Valparaíso y CHRISTOFER ALEXANDER LORCA SEPÚLVEDA, cédula de identidad 0018565371-4 con domicilio en Calle Población Baquedano segunda Norte casa 29, Valparaíso. HECHOS: El día 14 de septiembre del año 2020, aproximadament

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