1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

JOFRÉ/LATAM AIRLINES GROUP S.A.

Rol

O-4461-2020

Fecha

30 de diciembre de 2020

Materia

Despido injustificado, Prestaciones

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos expuestos en la demanda, justifica la causal de despido. Y en definitiva solicita, tener por contestada las demandas, en los términos expuestos y rechazarla en todas sus partes, con costa. TERCERO: De los hechos pacíficos o no controvertidos “: Llamadas las partes a conciliación esta no se produce, fijándose los siguientes hechos pacíficos y controvertidos: CONVENCION PROBATORIA 1. Monto del descuento de $ 3.658.237 Por AFC 2. 2008 cartas de despido presentadas por el grupo LATAM a trabajadores, invocando la causal necesidades de la empresa, fundado en la Pandemia por COVID-19. 3. 1046 anexos de rebaja del 50% de las remuneraciones firmados por trabajadores del grupo LATAM. HECHOS NO CONTROVERTIDOS: 1. Fecha de inicio de la relación laboral entre el 02 de mayo de 2001 y el 22 de mayo de 2020, funciones de supervisor de plataforma y estiva con una remuneración de $1.821.101 HECHOS CONTROVERTIDOS: 1. Hechos en virtud de los cuales se puso término de la relación laboral 2. Cumplimiento de las formalidades legales CUARTO: “De la prueba del demandado”. Con el objeto de probar sus asertos, la parte demandada se valió en la audiencia única de la siguiente prueba: Documental: 1. Finiquito laboral entre el actor y la empresa Latam Airlines S.A., de fecha 22 de mayo d 2020. 2. Carta de despido del demandante, de fecha 22 de mayo de 2020. 3. Comprobante de envió de carta certificada por correos de chile de fecha 23 de mayo de 2020. 4. Comprobante de envío de carta de aviso para la terminación del trabajo enviada a la Dirección del Trabajo de fecha. 5. Comunicado interno enviado por LATAM, denominado “Plan de retiro voluntario”. 6. Comunicado interno enviado por LATAM, denominado “Permiso sin sueldo Preguntas Frecuentes”. 7. Comunicado interno enviado por LATAM, denominado “Cambio en las condiciones laborales para mitigar impacto coronavirus-Preguntas frecuentes”. 8. Documento interno denominado “Opciones plan retiro voluntario y permiso sin sueldo para empleados grupo L

Fundamentos

considerando cuarto, en particular, Carta de despido del demandante, de fecha 22 de mayo de 2020, Comunicado Operación en Chile sobre vuelos domésticos realizados en el mes de junio 2020, Informe sobre Operaciones del Grupo LATAM del periodo junio 2018 a mayo 2020, Estados financieros intermedios consolidados al 31 de marzo de 2020, del grupo LATAM, Indicadores Financieros y Noticias LATAM, de fecha 30 de junio de 2020, Listado de trabajadores desvinculados invocando la causal necesidades de la empresa, y que firmaron el anexo de rebaja del 50% de las remuneraciones, Registro de desvinculaciones por proceso Covid-19 en Perú, Registro de desvinculaciones por proceso Covid-19 en México, Solicitud de proceso de reorganización presentado por el Grupo Latam en Estados Unidos, acogiéndose al capítulo 11 de la Ley de Quiebra de dicho país, Solicitud de Reconocimiento de procedimiento concursal extranjero principal Ley 20.720, presentado por el Grupo Latam en Chile, de ROL C-8553-2020 del 2º Juzgado Civil de Santiago, Sentencia causa ROL C-8553-2020, del 2º Juzgado Civil de Santiago, Registro de desvinculaciones por proceso Covid-19 en Perú, Registro de desvinculaciones por proceso Covid-19 en México, Registro de desvinculaciones por proceso Covid-19 en Estados Unidos. Aparece que la empresa se acogió al Capítulo 11 de la Ley de Quiebras de Estados Unidos, lo que ha reconocido el Segundo Juzgado Civil de Santiago en la causa ROL C-8553-2020, de fecha 4 de junio de 2020. Que la actividad que desarrolla la empresa se ha visto reducida en un 95% en los países en que opera y que la operación de LATAM Airlines Chile, hasta antes de la pandemia por COVID, transportaban en promedio más de 700.000 pasajeros domésticos al mes (período enero 2018 - febrero 2020), mientras que, en marzo 2020, bajó a 490.000 pasajeros y cayó más bruscamente para Abril y Mayo 2020 donde transportaron aproximadamente 50.000 pasajeros mensuales, un 7% de un mes normal. Por el lado internacional, LATAM Airlines Chile pasó de transportar en promedio 460.000 pasajeros al mes (período enero 2018 - febrero 2020) a 250.000 en marzo 2020 y a sólo 8.000 pasajeros por mes en abril y mayo 2020, un 2% de un mes normal. Que durante la pandemia las acciones de LATAM han caído en un 81%. Que han sido despedidos por la causal de necesidades de la empresa más de dos mil trabajadores y se redujeron sueldos de una gran cantidad de trabajadores al 50%. De esta manera, se puede concluir que la demandada este año, ha tenido una considerable baja en relación con sus ganancias pretéritas, lo que ha obligado a realizar un proceso de ajustes, entre ellos, acogerse a reorganización, rebajar sueldos y despedir aproximadamente dos mil trabajadores. Lo anterior, es de la gravedad necesaria para poner en peligro la subsistencia de la empresa, atendido las perdidas arrojadas en el presente año, debido al escenario económico e incierto que enfrenta el transporte aéreo, producto de la pandemia por COVID. De este modo,

Fallo

Por estas consideraciones, y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 1, 5, 10, 46,47,18,49,50,51,52,161, 420, 425, 446 y siguientes, 456, 459 y del Código del Trabajo, 1560 y siguientes del Código Civil; SE DECLARA: I. Que SE RECHAZA en todas sus partes la demanda interpuesta por ALEJANDRO JOFRÉ RODRÍGUEZ, en contra LATAM AIRLINES GROUP S.A. II. Que no se condena en costas al demandante por estimarse que ha tenido motivo plausible para litigar. Regístrese y comuníquese RIT : O-4461-2020 RUC : 20- 4-0282001-3 Pronunciada por doña VIOLETA ELIZABETH DIAZ SILVA, Juez Suplente del Primer Juzgado de Letras del Trabajo. 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago San Martín #950 Santiago – Fono 02-9157000 Correo Electrónico jlabsantiago1@pjud.cl San Martín #950 Santiago – Fono 02-9157000 Correo Electrónico jlabsantiago1@pjud.cl

Texto Completo (Preview)

1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Santiago, treinta de diciembre de dos mil veinte. VISTOS, PRIMERO: De la individualización de las partes y la pretensión deducida”. Que compareció ante este Primer Juzgado de Letras del Trabajo don Alejandro Jofré Rodríguez, Chileno, cesante, cédula de identidad número 8.866.725-5, domiciliado en Los Pintores N° 10.226, de la Comuna de La Florida, Reg

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