Juzgado de Letras del Trabajo de Calama

RODRIGUEZ/LY&LY LIMITADA

Rol

O-330-2020

Fecha

30 de diciembre de 2020

Materia

Despido indirecto, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Prestaciones, Remuneraciones

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS SUSTANCIALES, PERTINENTES NI CONTROVERTIDOS X · SE OMITE RECPECIÓN DE LA CAUSA A PRUEBA X · DICTACION DE SENTENCIA EN AUDIENCIA X Calama, veintinueve de diciembre de dos mil veinte. Al inicio de la audiencia, se deja constancia que la parte demandada no ha contestado la demanda estando válidamente notificada, esto es, Ly & Ly Ltda., representada por don Cristóbal Ignacio Ly Valloton, y consta en la carpeta digital acta de notificación de fecha 18 de noviembre de 2020 en la que se procede a notificar en virtud del artículo 437 del Código del Trabajo. También existe en la causa el link de ingreso a la presente causa y tampoco se ha conectado, por lo que se tiene por contestada la demanda en su rebeldía. Igualmente se entenderá frustrado el llamado a conciliación atendida la inasistencia de la parte demandada. Relación somera: Breve relación de los hechos contenidos en la demanda. No existiendo hechos sustanciales, pertinentes ni controvertidos en la presente causa, el tribunal omite la recepción de la causa a prueba y procede a dictar sentencia de inmediato. Calama, veintinueve de diciembre de dos mil veinte. VISTOS, OIDO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO:

Fallo

Por estas consideraciones, y conforme a las normas legales analizadas, sumando además que se aprecia el cumplimiento de los presupuestos legales de lo dispuesto en el artículo 162, en cuanto a la configuración de la nulidad del despido, y lo dispuesto en los artículos 1, 2, 3, 5 a 11 y artículos 160 N° 7, 162, 168, 171, 453 y siguientes y demás pertinentes del Código del Trabajo, se resuelve: 1. Que se acoge la demanda de despido indirecto y cobro de prestaciones y nulidad de despido interpuesta por doña Gricelda Rodríguez Garnica en contra de Ly & Ly Ltda., representada por Cristóbal Ly Valloton, ambos ya individualizados, y en consecuencia se ordena el pago de las siguientes sumas y conceptos: a) Al pago de la suma de $1.812.000.- por cuatro años de servicio. b) Al pago de la suma de $906.000.- por el recargo legal del 50%, conforme a lo dispuesto en el artículo 171 del Código del Trabajo. c) Al pago de la suma de $453.000.- por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo. d) Al pago de la suma de $362.400.- por concepto de feriado proporcional, y la suma de $332.200.- por concepto de feriado legal. e) Al pago de suma de $317.100.- por 21 días trabajados del mes de octubre de 2020. f) Al pago de la suma de $25.000.- por reintegro de descuentos improcedentes del seguro de cesantía g) Al pago de las cotizaciones previsionales adeudadas en AFP Planvital por todos los periodos adeudados, asimismo Fonasa, Caja de Compensación Los Andes y Mutual de Seguridad por t

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA PREPARATORIA PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 29/12/2020 RUC 20-4-02300559-3 RIT O-330-2020 MAGISTRADO Johanna Carola Pizarro Veliz ADMINISTRATIVO DE ACTAS Gloria del Carmen Díaz Vallejos HORA DE INICIO 10:04 HORA DE TERMINO 10:34 Nº REGISTRO DE AUDIO 20402300559-3-1357 PARTE DEMANDANTE Gricelda Marza Rodríguez Garnica ABOGADO Juan Carlos Ugalde Tapia FORMA DE N

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