ROMERO/CONSTRUCTORA ALAMO SPA
Rol
M-447-2019
Fecha
29 de diciembre de 2020
Materia
Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Feriado proporcional, Prestaciones, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
hechos indicados en la demanda, se omita el trámite de recepción de la causa a prueba, se dicte sentencia definitiva.
Fundamentos
fundamentos de hecho ni de derecho de la demanda, y con el solo objeto de poner término al juicio, se compromete a pagar al actor don Hernán Artemio Romero Álvarez, la cifra única y total de $300.000.-, monto que será pagado mediante transferencia electrónica bancaria o depósito en la Cuenta corriente del Banco Estado N°24700007207, cuyo titular es el Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso, Rut 61979260-2, a más tardar, el día 20 de enero de 2021. 2. La parte demandante acepta el ofrecimiento de la demandada y la modalidad de pago. 3. Se establece que para el evento de incumplimiento en cuanto al pago indicado operará una cláusula penal del 50% de lo adeudado. 4. Que las partes finiquitan ampliamente la relación que los vinculó, de la naturaleza que fuera y que nada se adeudan por ningún concepto, más allá de los montos de los que da cuenta el actual avenimiento. 5. Que la parte demandada se reserva el derecho a repetir en relación a los montos pagados respecto a la demandada principal, Constructora Alamo SpA. 6. La demandante continuara con la causa, respecto de la demandada principal. 7. Cada parte pagará sus costas. El Tribunal tiene por aprobada la conciliación a la que han arribado las partes, en audiencia mediante videoconferencia, estimándose como sentencia definitiva y ejecutoriada para todos los efectos legales. Téngase a las partes por notificadas de las resoluciones precedentemente dictadas. CONTINUACIÓN AUDIENCIA CON CONSTRUCTORA ALAMO SPA. Contestación demanda. - El Tribunal resuelve. - Téngase por evacuado trámite de contestación, en rebeldía de la demandada principal. Conciliación. - El Tribunal resuelve. - La conciliación no se produce, atendida la rebeldía de la demandada principal. Solicitud Abogado Demandante. – Atendida la falta de contestación de la demanda solicita se tengan por tácitamente admitidos los hechos indicados en la demanda, se omita el trámite de recepción de la causa a prueba, se dicte sentencia definitiva. Fundamentos constan en registro de audio. - El Tribunal Resuelve. – Se da lugar a la solicitud, se omite la recepción de la causa a prueba, el Tribunal procederá a dictar y notificar la sentencia definitiva en forma inmediata, sin perjuicio de descontar de los montos ordenados a pagar, los montos por concepto de acuerdo con la demandada solidaria. Dictación y Notificación de la Sentencia. Se deja constancia que el registro íntegro de la sentencia se encuentra grabado en audio, transcribiéndose sólo su parte resolutiva, en razón de lo dispuesto en Acta 71-2016 del Tribunal Pleno de la Excelentísima Corte Suprema. Valparaíso, a veintinueve de diciembre de dos mil veinte VISTOS, OÍDOS Y CONSIDERANDO:
Fallo
Por estas consideraciones, vistos lo dispuesto en los artículos 1.698 del Código Civil, 1, 7, 63, 73, 173, 420 y siguientes, 453 y siguientes, del Código del Trabajo, SE RESUELVE: I. Que, se acoge la demanda interpuesta por don HERNÁN ARTEMIO ROMERO ÁLVAREZ, en contra de CONSTRUCTORA ALAMO SPA, ambos ya individualizados en la parte dispositiva del presente fallo y en consecuencia se condena a la demandada al pago de los siguientes montos: a. Remuneración pendiente de pago del periodo comprendido entre 15 de octubre de 2018 al 29 de noviembre de 2018, $880.000.- b. Feriado proporcional, $40.000.- c. Cotizaciones previsionales de salud y cesantía del periodo trabajado, desde el 15 de octubre de 2018 hasta el 29 de noviembre de 2018, en base a una remuneración mensual bruta de $880.000.- II. Que, de las sumas indicadas a pagar se le deberán descontar los $300.000.- por concepto de acuerdo por Icafal Ingeniería y Construcción S.A III. Que las sumas ordenadas pagar por esta sentencia, deberán serlo con más intereses y reajustes a que se refieren los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. IV. Que se condena en costas a la demandada, regulándose en el 10% de las sumas por las que fue condenada en el actual fallo. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad, quedando las partes notificadas en esta audiencia. RIT: M-447-2019 RUC: 19-4-0183769-0 Dictada en audiencia por doña MARÍA PAZ BARTOLUCCI KONGA, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso. Sien
Texto Completo (Preview)
ACTA DE AUDIENCIA UNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO MONITORIO POR VIDEO CONFERENCIA FECHA Valparaíso, 29 de diciembre de 2020. RUC 19-4-0183769-0 RIT M-447-2019 MAGISTRADO MARÍA PAZ BARTOLUCCI KONGA ADMINISTRATIVO DE ACTAS Loreto Vera González SALA 4 HORA DE INICIO 11:38 horas. HORA DE TÉRMINO 12:09 horas. N° REGISTRO DE AUDIO 19-4-0183769-0-1338 PARTE DEMANDANT
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