MP C/ FERNANDO ANTONIO DELGADO PAILLACAR
Rol
O-305-2021
Fecha
13 de marzo de 2021
Materia
ALTERACIÓN ORDEN PÚBLICO
Resultado
No especificado
Hechos
visto además lo dispuesto en los artículos 7°, 11 N°9, 15 N°1, 70, 495 N°1 del Código Penal, artículo 388 y siguientes del Código Procesal Penal, SE DECLARA: I.- Que, SE CONDENA a FERNANDO ANTONIO DELGADO PAILLACAR, cédula de identidad 20.950.980-6, ya individualizado, como autor de la falta prevista y sancionada en el artículo 495 N° 1 del Código Penal, en grado de desarrollo consumado, por el hecho ocurrido el día 13 de marzo de 2021, a la multa de UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, concediendo al sentenciado, dos cuotas de media Unidad Tributaria Mensual para el pago de la misma, mensual, igual y sucesiva, debiendo pagar la primera, en el curso del mes siguiente a aquel en que quede ejecutoriada la presente sentencia, y la cuota siguiente en el mes posterior. Si el sentenciado no pagare la multa impuesta sufrirá por vía de sustitución y apremio la pena de tres días de reclusión. RVPVTRKZVH Rodrigo Alfredo Grez Fuenzalida Juez de garantía Fecha: 14/03/2021 12:31:11 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem bre de 2020, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl II.- Que se le exime del pago de las costas por haber renunciado a su derecho a juicio. Las partes quedan notificadas en este acto de la sentencia antes dictada. ANÓTESE, REGÍSTRESE, DESE CUENTA EN LAS ESTADÍSTICAS MENSUALES Y ARCHÍVESE EN SU OPORTUNIDAD. Dictada por RODRIGO ALFREDO GREZ FUENZALIDA, Juez Titular del Juzgado de Letras, Garantía y Familia de Aysén. RVPVTRKZVH Rodrigo Alfredo Grez Fuenzalida Juez de garantía Fecha: 14/03/2021 12:31:11 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 6 de septiem
Fallo
Se declara legal la detención del imputado. Ofíciese a Carabineros a fin de que indique el motivo por el cual no se le procedió a dar lectura de derechos al detenido. OF. 231-G Fiscal realiza requerimiento verbal simplificado. Imputado admite responsabilidad en los hechos. Sentencia.: El tribunal dicta sentencia, la cual se encuentra íntegra en el registro de audio, ordenando transcribir sólo lo resolutivo de la misma: Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 7°, 11 N°9, 15 N°1, 70, 495 N°1 del Código Penal, artículo 388 y siguientes del Código Procesal Penal, SE DECLARA: I.- Que, SE CONDENA a FERNANDO ANTONIO DELGADO PAILLACAR, cédula de identidad 20.950.980-6, ya individualizado, como autor de la falta prevista y sancionada en el artículo 495 N° 1 del Código Penal, en grado de desarrollo consumado, por el hecho ocurrido el día 13 de marzo de 2021, a la multa de UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, concediendo al sentenciado, dos cuotas de media Unidad Tributaria Mensual para el pago de la misma, mensual, igual y sucesiva, debiendo pagar la primera, en el curso del mes siguiente a aquel en que quede ejecutoriada la presente sentencia, y la cuota siguiente en el mes posterior. Si el sentenciado no pagare la multa impuesta sufrirá por vía de sustitución y apremio la pena de tres días de reclusión. RVPVTRKZVH Rodrigo Alfredo Grez Fuenzalida Juez de garantía Fecha: 14/03/2021 12:31:11 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALID
Texto Completo (Preview)
Unidad Garantía Individualización de Audiencia de control de la detención. Fecha Puerto Aisén, trece de marzo de dos mil veintiuno Magistrado RODRIGO ALFREDO GREZ FUENZALIDA Fiscal MARCELA VALDES PARADA Defensor ROBERTO CÉSAR SILVA JARA Hora inicio 10:42AM Hora termino 10:53AM Sala Sala 1 Tribunal Juzgado de Letras y Garantía de Puerto Aysen. Acta jma RUC 2100238907-7 RIT 305 - 2021 NOMBRE IMPUTA
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